Aclaración sobre horario de jornada laboral

Aclaración sobre horario de jornada laboral

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Una trabajadora de la Em­presa Cárnica Villa Clara pregunta si a su esposo, luego de una jornada de es­tiba y de calor en horno lo pueden obligar a trabajar 8 horas más cuando le toca descansar.

Remitida la consul­ta al Departamento de Asuntos Laborales y So­ciales de la Central de Trabajadores de Cuba, CTC, le responde Crecen­cio Hernández Escalona, especialista principal de esta organización.

 

Caricatura: Tomada del periódico Ahora

 

“Según lo establecido en el Código de Trabajo, en su capítulo IX Sección Segunda, artículo 87, la jornada de trabajo es de 8 horas diarias como mínimo durante cinco días a la se­mana.

“Atendiendo a las condiciones técnico-or­ganizativas existentes y las necesidades de la pro­ducción o los servicios, la jornada puede llegar en determinados días de la semana hasta una hora adicional, siempre que no exceda el límite de la jor­nada laboral.

“Como usted puede observar la ley es bien clara y solo se aceptan jornadas con horario ma­yor en casos especiales donde las condiciones lo requieran, como las agen­cias de seguridad y pro­tección (12 horas) y pues­tos de mando.

“Nunca en tareas de producción donde el des­gaste físico sea intenso como el que usted descri­be. En todos los casos debe estar pactado en los linea­mientos generales del or­ganismo con su sindicato nacional, para ser llevado a los convenios colectivos de las entidades.

“De acuerdo a lo que describe, el empleador está cometiendo una se­ria violación, por lo que le sugiero presentarse en la CTC de su provincia y contactar con el miem­bro del Secretariado que atiende los asuntos labo­rales, o con nuestra abo­gada, a los que le daremos indicaciones al respecto”.

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5 comentarios en Aclaración sobre horario de jornada laboral

  1. Hola en mi caso atiendo una brigada de trabajadores que trabajan máquinas de hacer tabacos en la cual no cumplimos el plan por afectación de electricidad y piesas de respuestos y el jefe de producción abilita algunos sábados y ahora está abilitando 2 horas más después de las 8 horas de trabajo de lunes a jueves serían 10 horas diarias. ¿Es legal hacer eso ?

  2. Soy una trabajadora cubana con la función de auxiliar general en un hogar de niños sin amparo filial y trabajo 24 horas cuantas horas debo descansar

  3. Yo soy trabajador de una cooperativa de la agricultura y mi pregunta es por q si se trabajan los días feriados no se les pagan .y por q las entidades laborales siempre les ponen freno a las fuerza de trabajo a las personas q ayan Sido sancionadas negandoles la oportunidad de q una ves pagada su sanción se reincorporen a la sociedad grasias y espero la respuesta de mi comentario

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