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Regulaciones para la venta minorista a plazos

El Ministerio de Comercio Interior de Cuba (Mincin) aprobó las disposiciones para la venta por plazos a personas naturales, de bienes cuyos precios superen los dos mil quinientos pesos, como muebles, colchones, bicicletas y equipos electrodomésticos.

La Resolución 98/2021 pública desde este martes en la Gaceta Oficial Extraordinaria número 66, establece entre los requisitos para adquirir estos artículos, ser ciudadano cubano con domicilio permanentemente en el país, residir en la provincia donde se solicite la venta, así como tener más de 18 años de edad, capacidad legal y de pago.

Asimismo, se deben tener ingresos demostrables, fijos y regulares avalados, y haber honrado o estar honrando otras deudas contraídas bajo esta modalidad de venta.

Para la solicitud de la venta a plazos y la comercialización, las personas naturales presentarán en el establecimiento minorista su documentos de identidad, datos personales y la certificación de la capacidad de pago de un fiador.

Se incluye una certificación del centro de trabajo con el salario devengado; o una declaración jurada de impuestos sobre ingresos personales, en el caso de los trabajadores por cuenta propia.

Los pensionados o beneficiarios de la asistencia social mostrarán una certificación de los ingresos por la Dirección de Trabajo o filial del Instituto Nacional de Seguridad Social, y los estudiantes en centros que reciban asignaciones de artículos, con pago a plazos, los datos personales y compromiso de la persona que los asiste para el pago.

El texto aclara que las personas contratadas en una entidad estatal pueden acceder a la venta a plazos mediante el descuento por nómina, previo convenio del establecimiento minorista con el centro laboral.

Según la Resolución, el establecimiento con modalidad de ventas a plazos dispone de hasta 10 días hábiles para corroborar la documentación presentada, firma un compromiso de tramitación de la solicitud e informa al cliente de su resultado.

En el contrato, que ha de suscribirse entre el cliente y el establecimiento minorista, se determinan el importe de la compra, tasa de recargo, forma de pago, cuotas, plazos de pago, y consecuencias del incumplimiento; así como la solución de conflictos, obligaciones, términos y condiciones de ambas partes.

La tasa máxima de interés será del 2,5 por ciento sobre el importe del artículo, y el cliente efectuará inicialmente un pago negociable no inferior al 20 por ciento del precio de venta del artículo, mediante el pago electrónico o en efectivo.

El importe restante se abonará en los plazos que se pacten, siempre en el término de hasta un año, indica el documento legal.

Durante el acto de la compra, agrega, el cliente recibe el vale de venta y el certificado de garantía; mientras que la certificación de propiedad se otorga, si corresponde, una vez que se haya abonado el importe total.

Aclara el texto que de incumplirse por el cliente los términos establecidos en el contrato y la renegociación, el establecimiento minorista está facultado para retirar el bien, sin devolución del efectivo abonado.

Consulte aquí la Gaceta Oficial

(Tomado de ACN)

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