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Incrementan casas comisionistas en red de comercio minorista del país

El incremento a 210 del número de Casas Comisionistas abiertas en todo el país, respecto a las 62 existentes a principios de año, demuestra el nivel de aceptación que alcanza ya esa modalidad de comercio minorista con participación de la propia población, afirmó en la capital una funcionaria del Ministerio del Comercio Interior (Mincin).

 

Foto: ACN

En tales unidades se venden productos ociosos y de lento movimiento de entidades del Estado y artículos nuevos o de uso de personas naturales, y la entrada en vigor en julio último de la Resolución 83, de la Ministra del ramo, le dio un impulso a la actividad al actualizar principios y regulaciones con vistas a su mejor funcionamiento, declaró a la Agencia Cubana de Noticias Marpesa Portal de Villiers, subdirectora general de Ventas de Mercancías del organismo.

Precisó que en todos los territorios, incluido el Municipio Especial Isla de la Juventud, ya hay Casas Comisionistas, que pueden ser una tienda, un área o departamento de un establecimiento, donde se brinda el servicio de gestión de ventas a partir de un contrato o convenio en el que las partes acuerdan precios, formas de pago -incluida una comisión-, tiempo máximo de la oferta, el depósito en consignación y se esclarecen deberes y derechos.

En 101 de esas unidades se ha habilitado el comercio electrónico mediante el código QR, de la plataforma Enzona, y esto facilita la compra-venta y el pago al propietario del bien ofertado, subrayó.

Destacó el impacto de esa modalidad de comercio minorista al ampliar la gama de productos a disposición de la población, sobre todo los considerados ociosos o de lento movimiento por las empresas pero de utilidad para muchas personas, entre ellos trabajadores por cuenta propia, quienes por esa vía han encontrado allí materias primas, equipos y piezas con cierto valor agregado.

 

 

Tal cual recoge la normativa la cantidad de artículos a vender no está limitada, aunque el director de la Empresa de Comercio o quien este determine pueden regularla según la capacidad y condiciones de seguridad de la unidad, la cual también tiene la potestad para no aceptar precios inadmisibles o admitirlos con otras condiciones delimitadas.

A su vez la casa comisionista debe exhibir los productos con su precio, talla, medida, características o cualquier otra forma que defina su empleo; y dar a conocer las ventajas y argumentos de los servicios que ella presta a la población.

La subdirectora general de Ventas de Mercancías del Mincin recordó que allí se pueden ofertar artículos solo en perfecto estado higiénico y sanos como ropa interior y trajes de baño nuevos; relojes, efectos eléctricos, cámaras y accesorios fotográficos con funcionamiento, y efectos electrodomésticos con su certificado de propiedad al no ser que sean equipos antiguos que por la experiencia práctica se conoce que no se comercializaron hace mucho tiempo.

Portal de Villiers recordó que se prohíbe la comercialización de alimentos y bebidas; los que constituyan ventas reguladas por otros organismos; joyas y artículos de oro, plata o piedras preciosas; pieles de animales y maderas preciosas; moneda con valor numismático; sellos de correo con valor filatélico o postal; motores de vehículos automotores; y productos que solo puedan constituir propiedad estatal.

El comprador tiene derecho a ser indemnizado por el establecimiento en caso de que detecte que el bien por el adquirido es mal habido, por el propietario; y la Empresa de comercio minorista, como última instancia, asume toda la responsabilidad económica ante el usuario por daño o pérdida de los artículos, durante el tiempo en que los mismos permanezcan en la unidad.  (Tomado de ACN)

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