El entorno empresarial cubano continúa en busca de elevar su eficiencia y aprovechar de manera más integral las capacidades productivas existentes, con la entrada en vigor del Decreto Ley 114, publicado en la Gaceta Oficial Ordinaria no. 24, de marzo del 2026.

Según reza en el cuerpo de esa norma legal sus objetivos son: “Propiciar la vinculación entre las entidades empresariales estatales y no estatales; delimitar los procedimientos para la aprobación, constitución y liquidación de sociedades de responsabilidad limitada mixta; regular los mecanismos para la fusión de dos o más entidades empresariales estatales y no estatales; y establecer los procedimientos para la aprobación y liquidación de contratos de asociación económica entre ese tipo de entidades”.
Precisa que las relaciones de trabajo con el personal contratado se rigen por lo establecido en la legislación laboral vigente, así como en lo relativo a la seguridad social.
En la metodología que se detalla, el Artículo 52 refiere que “la solicitud para la concertación de contratos de asociación económica se presenta al Ministerio de Economía y Planificación (MEP)por el representante de alguna de las partes”.
El MEP es el encargado de dirigir y controlar la política nacional para el desarrollo y funcionamiento de dichas asociaciones, cuya aprobación forma parte de las acciones gubernamentales para actualizar el modelo económico cubano.
El Artículo 29.1. expone que: “Las sociedades de responsabilidad limitada mixta cuentan con autonomía empresarial en el marco de la legislación vigente” y tienen, entre sus facultades: exportar e importar directamente, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la legislación vigente; gestionar y administrar su patrimonio; determinar el monto de distribución de utilidades, el cual es proporcional a la participación que corresponda a cada socio; operar cuentas bancarias, además de poder definir los productos y servicios a comercializar de conformidad con las actividades que realizan y sus precios, a partir de lo dispuesto por el Ministerio de Finanzas y Precios.
Asimismo, pueden “definir su estructura y la cantidad de trabajadores de su plantilla, así como determinar los ingresos de los empleados, contando con la participación de la organización sindical correspondiente”.
Lázara Mercedes López Acea, presidenta del Instituto Nacional de Actores Económicos No Estatales, ha subrayado que lo dispuesto en el Decreto Ley 114 permite aprovechar capacidades productivas ya instaladas sin necesidad de una inversión inmediata.
Sobre la factibilidad de su aplicación significó que hay experiencias en varias provincias y sectores, en función de producciones cooperadas en la avicultura, la actividad porcina, los lácteos y la elaboración de conservas, entre otras.


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