Regla cobrará su pensión… y atrasos

Regla cobrará su pensión… y atrasos

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cartaAdelaida Puente Aspillaga, directora gene­ral de Seguridad Social del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, responde a Re­gla Blanco Martínez, de Playa, La Habana, por la nota publicada en nuestra sección el 18 de enero con el título ¿Cuándo aproba­rán mi jubilación?

“Hemos atendido el escrito publicado en el periódico Trabajadores donde relata lo ocurrido desde el mes de abril del año pasado, cuando la Dirección de Recursos Humanos de la Empresa Militar Yuri Ga­garin presentó ante el departamento de se­guridad social de la Dirección Municipal de Trabajo en Playa, el expediente de pen­sión suyo y de otros compañeros.

“Entonces fue notificada que debía labo­rar hasta el 31 de mayo porque obtendría su jubilación en el mes de junio, lo cual no ocu­rrió y aunque ha procurado en diferentes ins­tancias una respuesta, no la ha recibido.

“Tenemos a bien informarle que revi­sados nuestros controles se comprueba que se entregó su documentación en la Direc­ción Municipal de Playa (responsable de su proceso de jubilación) y la notificación entregada a usted el 31 de mayo del 2025, por lo que le informamos que se le concedió derecho a pensión a partir de este mes de febrero de 2026.

“Siendo el importe del medio de pago de 14 mil 557 pesos mensuales, cantidad esta que la semana próxima será acreditada en su cuenta, pudiendo hacerla efectiva, utili­zando la tarjeta magnética de salario con la que cuenta en su poder a partir de los calendarios de pagos establecidos por los bancos.

“Se le abonará con carácter retroacti­vo lo que debía devengar desde el mes de junio de 2025 hasta la fecha y se efectuará de la siguiente manera, por el monto eleva­do a percibir, recibirá por tarjeta magné­tica el monto de la suma de cuatro meses y los otros cuatro se le efectuará a través del pago por cheque en el banco.

“Para la concesión de las pensiones, el reglamento de la Ley de Seguridad Social define las responsabilidades de las instan­cias administrativas a quienes corresponde la aplicación de lo relacionado en materia de seguridad social y define los términos establecidos para los diferentes trámites.

“Ni la falta de personal, ni de equipa­miento, ni otras cuestiones de la índole que sean, justifican en absoluto que cosas como estas sucedan, pues dañan la imagen de una institución que tiene entre sus funcio­nes la de brindar un servicio público con un alto compromiso en su actuación.

“Y la que viene llamada a resolver con agilidad los asuntos puestos a su conside­ración, de personas que merecen el respeto y la consideración de la sociedad, al haber dedicado gran parte de su vida al trabajo creador.

“En consecuencia, hemos impuesto a la Dirección Provincial de Trabajo y Seguri­dad Social que pertenece a la estructura administrativa del gobierno de La Habana, con vistas a que se tomen las medidas que se requieran, en aras de resolver el atraso de los trámites de pensiones en ese terri­torio.

“Por favor, Regla comuníquese con la Di­rección General de Seguridad Social Minis­terio de Trabajo y Seguridad Social. Teléfono 78380054”.

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