Redistribución del fondo de salarios: Solución parcial, más ingreso

Redistribución del fondo de salarios: Solución parcial, más ingreso

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Foto: Vladimir Molina

Las organizaciones sindicales de base desempeñarán un decisi­vo papel en la redistribución del fondo de salarios no ejecutado de las unidades presupuestadas, como incentivo a la estabilidad de la fuerza de trabajo, según lo dispuesto por el Consejo de Mi­nistros de la República de Cuba en su Acuerdo 10199, publicado en la Gaceta Oficial Extraordi­naria no. 45 publicada el pasado 11 de agosto.

Tal disposición establece la participación del Sindicato en va­rios momentos clave, explicó José Antonio Pérez Pérez, integran­te de la Comisión Organizadora del 22 Congreso de la CTC, en la conferencia de prensa en la que se ofrecieron detalles acerca de los pasos a seguir para aplicar la me­dida.

La organización sindical tiene que intervenir en la elaboración del Reglamento interno que ade­cuará ese Acuerdo a cada unidad presupuestada; analizar su con­tenido en la asamblea general de afiliados y trabajadores, e incor­porarlo al Convenio Colectivo de Trabajo.

Ya en el momento en que proceda la aprobación de ese pago adicional con la frecuencia que los titulares de presupuesto establezcan, el monto a redis­tribuir y la cuantía a otorgar a cada trabajador tienen que ser aprobados por el consejo de di­rección de la unidad presupues­tada, de común acuerdo con la organización sindical. Esa deci­sión también debe ser informada a la asamblea general de afilia­dos y trabajadores.

Maritza Cruz García, vice mi­nistra primera de Finanzas y Pre­cios, valoró que este Acuerdo del Consejo de Ministros es una medi­da parcial, que no resuelve todos los problemas del sector, pero que debe ayudar a retener y estabili­zar su fuerza laboral.

La redistribución del fondo de salarios sin utilizar en las unida­des presupuestadas, precisó Ariel Fonseca Quesada, viceministro de Trabajo y Seguridad Social, se considera salario a efectos le­gales.

Los funcionarios insistieron en que este pago se aplicará a los tra­bajadores de todas las categorías ocupacionales en el sector presu­puestado, incluidas las unidades presupuestadas con tratamiento especial. La excepción serán los órganos y organismos de la Ad­ministración Central del Estado y entidades nacionales que ya tengan aprobados tratamientos salaria­les diferenciados de incrementos de salario; así como las unidades asistenciales e instituciones educa­cionales cuyos profesionales de la salud y personal docente reciben el beneficio de máximo esfuerzo y el de sobrecarga de trabajo educativo, aplicados con anterioridad.

No obstante, para estos dos sectores, el Acuerdo 10199 especi­fica que los trabajadores que solo recibieron el beneficio del pago adicional mensual por años de servicios prestados, sí tienen dere­cho al pago por la redistribución del fondo de salarios.

Los titulares de presupuesto deberán evaluar que la inejecución de gastos de personal, en el órgano central y en sus unidades presu­puestadas, sea objetiva, para garan­tizar que la redistribución se avenga al plan de gastos de salario.

La fuente para la redistribu­ción del fondo de salarios será la existencia de trabajadores con subsidios, prestaciones de la ma­ternidad, licencias no retribuidas u otras situaciones en que no se abona salario, más el no comple­tamiento de la plantilla.

Estos pagos podrán ser otorga­dos por única vez o por el período de tiempo que se determine, de acuer­do con el trabajo o el resultado que se estimula, sin que tengan carácter permanente ni masivo.

Para el otorgamiento a cada trabajador es necesario, además, valorar los criterios de alto desem­peño, las diferencias que permitan un mayor reconocimiento del per­sonal altamente calificado, la ocu­pación de cargos de mayor respon­sabilidad, el enfoque de gestión por competencias y el mecanismo de distribución individual.

“No es una redistribución lineal ni homogénea, es para quienes tie­nen una sobrecarga laboral como resultado de los cargos sin cubrir”, precisaron las autoridades, al ad­vertir que los jefes de las entidades siguen respondiendo por un adecua­do completamiento de las plantillas que garantice el cumplimiento de sus funciones.

A partir de la publicación del Acuerdo, las entidades involucradas en la medida tienen 30 días como mínimo para crear las condiciones que permitan iniciar su aplicación, por lo que los primeros trabajadores beneficiados podrían recibir tales pagos cuando perciban el salario de septiembre en octubre próximo.

 

Descargue aquí: Acuerdo 10199 de la Gaceta Oficial de la República de Cuba (1793 descargas)

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16 comentarios en Redistribución del fondo de salarios: Solución parcial, más ingreso

  1. Buenos días sobre la aplicación dela Redistribución del presupuesto salarial en el sector presupuestada en Salud no se cuando se aplicará no hay respuesta efectiva solo cuando uno pregunta le refieren que no hay presupuesto, y me preguntó antes de salir la resolución no se tuvo en cuenta éste detalle.

  2. todavia no me han escrito,ni respondido,donde quedamos nosotros,los farmaceuticos,que no somos unidades presupuestadas,ni empresas,solo recibimos de ENCOMED y como se sabe,la realidad es muy poca y nosotros,tenemos reserva del presupuesto de salario y no podemos utilizarlo y somos trabajadores tambien y con las mismas newcesidades que los demas trabajadores,asi estan todas las empresas de Farmacia y Optica del pais,ademas las opticas tambien estan denigradas y el sueldo basico de la Empresa es 2500,pues las dependientas o dependientes gana 2600 y los custodios 2300.
    Alguien de Finanzas y Precios que explique,como quedamos los farmaceuticos,pues tambien pertenenecemos a salud,metodologicamente,pero salud,no le preocupa eso y con el gobierno administrativamente

  3. No es la solución al problema de la fluctuaciones laborales, en mi modesta opinión me parece que lo correcto sería bajar los precios a los alimentos.

  4. Estoy de acuerdo con la medida, pero comenzará aplicarse a partir de octubre o sea 9 mesas acumulando ese fondo de salario. Mi pregunta es en elnprimer pago se tendrá en cuenta el fondo de salario acumulado durante 9 meses. Mucha gracias.

  5. Por favor se que no viene al caso pero alguien me puede informar que va a pasar con el MLC??. Siguen desapareciendo las tiendas de esta moneda y apareciendo a pululu las de USD. Quiero recordarle al gobierno, al BNC y a todo el que tenga que ver con esto que el MLC son dólares y euros convertidos en una moneda ficticia que ahora quieren desaparecer sin dar una explicación convincente. Como yo, muchos no estaríamos de acuerdo con que le den al MLC (Euros y Dólares) el mismo camino que en su momento le dieron al cuc. Insto al gobierno que valore muy bien lo que piensa hacer con los dólares y euros depositados en las tarjetas mlc que hoy en día han perdido todo su valor.

  6. Recurrentes los desatinos letales en la gestión socioeconómica que resulta, si es posible, en el agravamiento de la grave crisis socioeconómica que nos destruye
    Erogar más dinero sin respaldo productivo es incrementar la hiperinflación que nos ahoga
    No atinamos en la gestión socioeconómica, es imperativo crucial producir, producir suficiente y eficientemente, recursos y gentes tenemos en demasía, se impone deshacernos de los ineptos, la desidia y las ambiciones personales de los estaticulares

    • no sé cómo escribir por eso me apoye por aquí no tiene q ver con la opinión de José ,sino q todavía no entiendo a q se refieren con el máximo esfuerzo q se paga en salud pública porq soy trabajadora Lic en rehabilitación y a los q se l paga eso es a los médicos de consultorios médicos si tienen 3 o 4 a su cargo así q especifiquen quienes son los q tienen derecho a eso porq no lo estamos viendo por ningún lado y el dinero a dónde va

  7. muy buena medida, lógica y justa, pero.. el consejo de ministros anteriormente aprobó la descentralización de los presupuestos y facultó a los CAP y CAM a manejar la distribución de los mismos, también se orientó la disminución de los gastos personales.. por lo que aún y cuando se aprobaron los Anexos 14 de las plantillas laborales, el CAM basó el presupuesto del 2025 en el real ejecutado del 2024, que lógicamente ya tenía la afectación del éxodo laboral, por lo que ha resultado que una entidad que tiene una plantilla de 100 trabajadores, cerró el 2024 con 50 plazas cubiertas, por lo que solo tiene respaldo presupuesto para salario de 50 trabajadores.. por lo que no deja presupuesto salarial sin ejecutar!!! por lo que entidades que están al 50% resultan en sobre giro en la ejecución de salario, y por lo tanto no tienen nada para redistribuir entre los pocos trabajadores que realizan acciones y labores de todos los que faltan…. No sé si sucede en todas las provincias… en la Isla de la Juventud es como les digo y ahora ha resultado que no se puede comenzar a aplicar la medida…se plantea que habrá que hacer un estudio…

    • Más corrupción para los socios y menos oportunidades para el que verdaderamente trabaja. Que sindicato,vsi ese no funciona y además defiende a la administración

  8. Estimada Maritza Cruz García, vice mi­nistra primera de Finanzas y Pre­cios, este Acuerdo del Consejo de Ministros es una medi­da parcial «que no resuelve todos los problemas del sector,
    pero sin embargo sí debe ayudar a retener y estabili­zar su fuerza laboral. La redistribución del fondo de salarios dejado sin utilizar en las unida­des presupuestadas,
    Estimada Laritza, además de estabilizar la fuerza de trabajo podríamos estar de acuerdo en que cualquier redistribución de fondos támbién debe estar en proporcionalid con la cuantía y calidad de la producción realizada antes de ser comercializada. Sobre lo cual mis ojos no expertos en esta materia no ven reflejada en el Acuerdo 10199; así como tampoco ven el análisis de rigor según el cual debería aplicar un descuento a quienes estén implicados en el no uso adecuado del presupuesto salarial asignado. Gracias.

  9. Cómo van a impedir que comiencen a buscar escusas para sacar personas de los trabajos, fundamentalmente adultos mayores, con el fin de tener cada vez más plazas vacías para que les quede más dinero a distribuir entre decisores y escogidos?

  10. No creo sea esta la solucion. Solo traera reticencia al completamento de la plantilla donde está correctamente confeccionada,y en otros casos a inflar más aún esas plantillas. El final es que no se dará el servicio para el que están creadas. Final,una barra asada.

  11. Redistribución de fondo de salarios.
    Muy bien por parte del gobierno de ingresar salarios aquellos que mantienen en sus puesto de trabajo con una mayor sobre carga de trabajo como en las entidades presupuestada como salud y educación.
    Desde mi punto de vista como profecionalsentido de la salud hace falta que se cumpla como lo estipula la Vic.Ministra de Finanzas y Precios y le den un cursos a los J.de Recibido.Humanos de las entidades presupuestadas y a los directivos de dichas entidades.
    Ejemplo:Lic Enfermería afectado salarialmente desde que se impuso el máximo esfuerzo en el sector salud se me paga por una plaza de técnico en enfermería y no como Lic.a tal punto que mi salario prácticamente es igual o con minimo salario a un recién graduado.
    Además la sobre carga de trabajo es muy repentina basada a la no disponibilidad de camas en los servicios de atención al grave así como por falta de camas en los otros servicios como medicina,cirugía Geriatría más los graves que cuando sumas al mes has trabajado con un mínimo de 5 Graves y solo pagan basado a 190 Horas.
    Y no puedes reclamar porque se nos hace muy difícil ya que no contamos con un Dpto de Rec.Humanos Óptimo solamente la Jefa.de Depto.no cuenta con un capital humano por lo que nos hace cada vez imposible.no contamos con un departamento calificado sino deficiente para el trato adecuado de su personal.

  12. Lic.Enfermeria.Carlos Valdés Vazquez.
    Hospital.Clinico Quirúrgico Julio Trigo López.
    Todo muy bien por parte de la Vivienda.Ministra de Finanzas y Precios a dar soluciones a las entidades y unidades Presupuestada sobre los salarios hace falta que se lleve bien y no se cometan fraudes por partes de las entidades y de los J Dptos de Recibido Humanos al no querer pagarle a los trabajadores como está estipulados.
    Ejemplo:Desde que se implantó el Máximo esfuerzo a los trabajadores de la salud en mi caso especial se me paga por una plaza de técnico de enfermería y no como licenciado algo que no acabo de entender,según el Dpto de Enfermería y Recursos.Humsnos ellos no pueden invertir la plaza o pagarme el máximo esfuerzo basado a una plaza de lic.porque la Dirección Provincial de salud no acepta .
    Si miramos bien estoy afectado salarialmente devengado un salario mensual igual al de un técnico que no lleva casi ni un año de graduado da pena y venguenza que un profecional con años de servicios gane un salario casi al técnico con solo una diferencia mínima.
    En cuanto a la plantilla de Enfermería la cual no está cubierta por la falta de personal tanto técnico como lic.
    Mi servicio de Geriatría cuenta con una plantilla insuficiente porque no se puede invertir una de esas plazas de técnico en una licenciado.no es mejor para lo a unidad presupuestada pagar menos que tener que pagar un salario más por encima.por esos son los motivos que el personal viejo o con años de servicios y profecional nos retiramos del sector de salud buscando mejoría de salario ya que no se ve el esfuerzo y profecionalismo de aquellos que sentido nuestra profecion porque nos enseñaron con amor a una salud digna de vocación y Revolucionaria..

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