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Piden aclaración sobre pago

cartaTrabajadores del Sepsa solicitan que les aclaren una duda colectiva. Lo re­ferente al pago del trabajo extraordinario en su em­presa.

“Bien conocido es que nuestra área de trabajo se caracteriza por tener varios horarios irregulares. Los horarios de los trabajadores que más abundan son los turnos de 12, 24 y hasta 15 horas.

“Resulta que la duda radica en que el régimen de trabajo y descanso puede ocasionar que un trabaja­dor no cumpla los 16 tur­nos mensuales para hacer el cómputo de las 192 horas que se exigen cada mes.

“Un trabajador pue­de hacer 14 y 15 turnos, lo que serían 168 y 180 horas respectivamente. Nuestra empresa a través de nues­tro jefe inmediato nos exi­ge completar las horas fal­tantes utilizando nuestro tiempo de descanso.

“Preguntamos si es justo que el pago de las ho­ras que corresponden a la jornada laboral realizada en mi tiempo de descanso se debe hacer conforme al pago normal que percibi­mos por el plazo estable­cido o me corresponde el beneficio del 25 % del tra­bajo extraordinario.

“La pregunta viene por el hecho de que a nuestras manos llegó un documen­to emitido por un director regional en el cual él ad­mite que el turno 14 y 15 en exceso del régimen de trabajo y descanso debe ser considerado trabajo extraordinario y por con­siguiente recibir un 25 % adicional.

“Por favor, su respues­ta es muy importante para nuestro colectivo ya que estamos enfrascados en ese tema con nuestra em­presa y no han sido capa­ces de darnos una respues­ta clara y convincente”.

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