Acerca del derecho para jubilarse

Acerca del derecho para jubilarse

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Ulises Padilla Sánchez, del Departa­mento de Asuntos Laborales y Socia­les de la Central de Trabajadores de Cuba, responde a la lectora Zaida Puig López, preocupada acerca de su jubi­lación.

carta“Una vez cumplidos los 60 años, us­ted tiene el derecho a presentar su soli­citud, a partir de lo dispuesto en el Ar­tículo 23, incisos a), b) y c) de la Ley no. 105 de 2008, De Seguridad Social.

“En ellos se disponen los requisitos exigidos para tener derecho a solicitar la pensión extraordinaria la mujer con 60 años y que ha prestado no menos de 20 de servicio, así como estar vincula­da laboralmente, requisitos que usted cumplirá en noviembre.

“Le recordamos, a tenor de lo es­tablecido en el Decreto Ley no. 18 de 2020, el cual puso en vigor el Procedi­miento Transitorio para el cálculo de pensiones y subsidios de seguridad lo siguiente:

“Usted debe solicitar su jubilación en el 2022 para que le sea aplicable lo regulado en su artículo 4, inciso a) y su pensión por edad tenga como base de cálculo el salario devengado en los 12 meses inmediatos anteriores del 2021, los que se corresponden con la reforma salarial aplicada a finales de 2020”.

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19 comentarios en Acerca del derecho para jubilarse

  1. Me llamo Emilia Virgen Tamayo cabrera, fui trabajadora de la Empresa THABA por 30 años, ya cumplí 60 años y me presente al INASS para la entrevista de la jubilación donde se determinó por la quinta que sería de 2380.00 CUP y estuve de acuerdo. Hasta hoy han transcurrido 8 meses y 1 día y me plantean que debo reincorporarme, algo que no entiendo pues reúno los requisitos para la pensión que son 30 años de servicio y 60 años de edad. La última información dada es que debo esperar por la firma de la ministra. Hasta cuando tengo que esperar?

  2. Buenas tardes. Tengo a mi mamá viejita que necesita que la cuiden. Fui a ver a mi trabajadora social y me dijo que tenía que dejar de trabajar para cuidarla. Tengo 58 años y 34 de trabajo. Existe alguna posibilidad de jubilarme. Necesito que me expliquen. Gracias. rayzasuarez564@gmail.com

  3. Necesito me informen me jubilo con 60 años y 41 años de trabajo este año y quiero recontratarme en el mismo puesto y me dicen q no los 41 años de trabajo son en el propio hospital hermanos ameijeiras en la misma plaza quiero me digan si es posible la contratación gracias.

  4. Cómo es posible que yo habiendo trabajado en la etapa difícil de la educación me jubile y compañeros míos se jubilen al año siguiente y ganen una pensión dos y tres veces mayor que la mía.

  5. Mi madre cumple 60 años en octubre de 2022 ¿Puede ella pedir la jubilación desde abril 2022 o eso afecta la cuantía que debería recibir? ¿Puede ella jubilarse y recontratratarse?

  6. No les esta muy claro las leyes o no estan bien preparadas hay veces las compañeras en los INAS municipales por q vemos tantas quejas de personas que están en edad de jubilación y ya muy bulnerables y sensibles por su edad y no pueden jubilarse o se les prolonga el tiempo de jubilación no se les esta dando el tratamiento adecuado en algunos casos a algunos compañeros .

  7. En el mes de marzo del presente año cumplo 68 años de edad de los cuales he trabajado ininterrumpidamente 46 en el mismo sector (Educación) con calificaciones destacadas en mi desempeño. He cumplido en lo posible con mi deber como trabajador revolucionario e incluso tengo energía para continuar trabajando pero situaciones personales y familiares me obligan a acogerme a la jubilación, a lo que tengo derecho.
    Presenté en mi entidad en el mes de enero de 2022 la intención de jubilarme, la documentación está lista para ser procesada por el INASS del municipio pero hasta la fecha este organismo no ha solicitado ni siquiera un expediente, alegando que quizás en el mes de marzo reciban 15 expedientes de los alrededor de 200 que solicitan jubilarse en el mes de enero.
    Al solicitar información en el INASS municipal de Bayamo y de la provincia, consultados por varios colegas; las respuestas no tienen fundamentos legales ni convincentes.
    Me pregunto: ¿Tengo derecho a que se jubile en el período solicitado?
    ¿Es justo que después de tantos años tenga que esperar, quién sabe qué tiempo porque a ritmo de 15 jubilaciones por meses los últimos saldrían en el febrero de 2023.
    Igual situación presentan otros compañeros como Rafael Enrique Socarras Amaya, Nelson Domingo y quien remite.
    Rolando Llanes Montero residente el Calle 8 No 132 / calle 13 y calle 19 Rpto Siboney Bayamo. Granma. Teléfono 23416070.
    Esperamos respuesta.

  8. Saludos, solicite licencia sin sueldo en septiembre del 2021 y me jubilo en octubre del 2022 la licencia es para atender a mi madre una anciana de 82 años con padecimientos de Parkinson, Diabética y Presión.
    Cuál sería el tratamiento laboral si la situación de mi madre persiste y solo según me dicen en DMSS La Lisa puedo extender la licencia por tres meses prorrogable por otros tres.
    Debo añadir que mi empresa accedió a la licencia sin sueldo, aunque pudo aplicarme trabajo a distancia pues mi trabajo fundamentalmente lo realizo con una PC.

  9. Me sumo a esa publicación de la ciudadana Mireilys Rollan Pino, pq no se estudia con seriedad como se hace en nuestro país, ya q hay personas q por problemas familiares (madre) no pueden trabajar ya q padecen de enfermedades propias de la,edad y no tienen quien asuma su cuidado, y tenido 3 cuidadoras pero ya mi mamá en las condiciones q se encuentra me es imposible q alguien quiera , ya q le dio hace 1 año un infarto cerebral, diabética dependiente de indulina,…..soy una más de ellas, me faltan casi 1año y medio para poder retirarme y voy a perder mi jubilación sólo pido q se escuche está petición gracias

  10. Una vez presentada la documentacion, realizada la entrevista y conocer cuánto voy a ganar , que tiempo puede tardar la documentación para adquirir la chequera. Presente en enero, me comunicaron que debía trabajar hasta el 31 de enero y ahora me informan que hasta el 28 de febrero, me puedo ir para mi casa pero no tengo respaldo económico y no tiene carácter retroactivo

  11. Bueno y ahora que están revisando las leyes, por qué no vuelve la ley para las mujeres a los 55 y los hombres a los 60? En estos momentos hay muchísimos jóvenes recién graduados deseosos de trabajar, ahora hay flexibilidad con el asunto de la reincorporación. Si la persona quiere se queda y si no le cede el paso a un joven. Yo por ejemplo no me quiero reincorporar, estoy enferma y no me permitan por la edad. Quizás si es trabajo a distancia me quede.

  12. Si un trabajador de educación cumple 65 años de edad en abril y desea presentar su jubilación ese mismo mes ¿hasta cuándo tiene que seguir trabajando?

    • Mi hermano cumplió 65 años en Abril y es la fecha que no lo han querido jubilar, pues la Empresa se fracturò, y en la parte que el calló no hay Técnico que haga ese proceso, 4 meses y medio y ahora le salen con que están paralizadas esas gestiones en el INASS debido a la Pandemia,tiempo que tampoco ha cobrado salario alguno,esto es un absurdo, un hombre deteriorado del trabajo en el campo, agotado, enfermo ya, y le salen con esto.
      Su Nombre es Raúl Guillermo Cutiño Zaldívar
      Su Dirección particular es en
      Calle 17 # 10/14 y C
      Reparto Aguilera
      Municipio Las Tunas
      Provincia Las Tunas
      Teléfono: 31394956

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