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La utilidad de las utilidades

Una anécdota del líder azucarero Jesús Menéndez ilustra la nece­sidad de la preparación de los sindicalistas para poder asumir con eficacia su papel de representante de los trabajadores.

La narró un trabajador de la oficina central de la Atlántica del Golfo, la mayor de las compañías azucareras estadounidenses en Cuba en ese entonces. Jesús había acudido allí para sostener un diálogo con Miller, jefe de la Atlántica, y en el despacho del yanqui estaba un ejecutivo de la empresa recién llegado de Nueva York. Después de ser testigo de la soltura con que Menéndez se había comportado en la conversación, el ejecutivo le preguntó intrigado a Miller quién era aquel hombre, y cuando le informaron que era el jefe de los trabajadores azucareros, comentó: “Es un negro muy inteligente”.

La inteligencia distinguió siempre al General de las Cañas, pero la ca­pacidad que adquirió de discutir de tú a tú con los representantes del dominio neocolonial en Cuba, y de enfrentarse al entreguismo de los hacendados hasta lograr que los trabajadores cubanos fueran incluidos en las negociaciones azucareras con Estados Unidos, entre otras con­quistas, las logró por su compromiso incondicional con los suyos y por haberse sabido pertrechar con todos los hierros para la pelea sindical.

Son cualidades que resisten la prueba de los años y tienen validez para los sindicalistas que hoy enfrentan los desafíos derivados de las profundas transformaciones que se operan en el ámbito laboral.

Se conoce que las insatisfacciones en torno al salario fueron tema recurrente durante todo el proceso del XXI Congreso de la CTC.

Un avance en este sentido fue la nueva reforma salarial, que eli­minó los sistemas de pago por resultados en el cumplimiento de los indicadores directivos, mantuvo el destajo e incorporó, como forma de incrementar el ingreso móvil de los trabajadores, la distri­bución de utilidades.

El Ministerio de Finanzas y Precios emitió la Resolución 375 del 2020, en la que se establece el procedimiento y los requisitos para hacerlo en las empresas de capital cien por ciento cubano. Es com­plementaria de la anterior Resolución 39 del propio año de dicho organismo y la diferencia entre ambas radica en que la última con­cebía la distribución de utilidades al concluir el año, el llamado mes 13, mientras que la primera las autoriza como un anticipo del resul­tado anual de la empresa a pagar al finalizar el primero, segundo y tercer trimestres, y mantiene el cuarto trimestre como el proceso de creación de utilidades en el año.

Estamos en el mes de marzo y urge preparar condiciones para iniciar este proceso en abril. Se mantienen como requisito para su distribución no tener deudas con el fisco ni haber recibido audito­rías con calificación de deficiente o mal.

Es indispensable contar con un reglamento de distribución de uti­lidades, al que no se le ha dado la prioridad que requiere y se ha abordado en ocasiones de manera formal por insuficiente prepara­ción y conocimientos de los encargados de elaborarlo.

Ello le corresponde a una comisión elegida en asamblea de trabajadores, que ya existe en las empresas que hasta ahora han pagado el mes 13, integrada por la administración, la orga­nización sindical y de tres a cinco trabajadores. Dentro de esta, según me comentó una sindicalista con experiencia, el sindica­to además de conocimientos necesita agallas —como las tuvo Menéndez en su tiempo—, para garantizar que la repartición se realice con justeza.

Dicho reglamento, que es aprobado también en asamblea, deter­mina los parámetros a que se van a ajustar los miembros de la co­misión, de acuerdo con las características de la empresa: quiénes tienen o no derecho a recibir este beneficio, qué tiempo de trabajo mínimo dentro del trimestre deben acumular para merecerlo y en qué cuantía se distribuirán las utilidades a cada integrante de la entidad, teniendo en cuenta sus desempeños. Finalmente se ela­bora una nómina firmada por la máxima autoridad administrativa.

El sindicato tiene además la responsabilidad de exigirle a la admi­nistración que tanto la composición de la comisión como los prin­cipios generales del reglamento se anexen al documento legal más importante del centro: el Convenio Colectivo de Trabajo.

Dada la contracción de la economía en el actual contexto, no serán muchas las empresas con utilidades, pero las que las obtengan logra­rán como beneficios una mayor motivación del colectivo por elevar los resultados y la eficiencia de la entidad; para los que laboran en ella la posibilidad de mejorar sus ingresos y que los de mayor aporte sean los que más ganen. Además, al involucrarse de lleno en este proceso, la organización sindical estará cumpliendo su papel de representación y ganará en reconocimiento ante los afiliados.

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