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Parlamento y Consejo de Estado con Ley de Organización y Funcionamiento

La sesión vespertina comenzó con la aprobación del Proyecto de Ley de Organización y Funcionamiento de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado, el cual fortalece la gestión de estos órganos, los adecua a las funciones que les son propias y a los fines de servir y ser expresión del interés general de la nación, sin alterar en lo más mínimo la esencia de nuestro sistema político.

José Luis Toledo Santander. Foto: Joaquín Hernández Mena

José Luis Toledo Santander, Presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos, al presentar el dictamen destacó que la normativa se proyecta, entre otros aspectos, en perfeccionar los procedimientos legislativos y acomete la posición en el ordenamiento jurídico de la ley y los decretos-leyes, lo que permitirá cesar la práctica de que muchas relaciones jurídicas, que por su alcance e importancia social y económica deberían ser objeto de una ley, hayan sido reguladas por decretos-leyes.

Más adelante significó que la Ley reserva en todos los casos a la Asamblea Nacional la facultad resolutiva, en correspondencia con las exigencias constitucionales. “Estamos conscientes del aporte que hacemos al perfeccionamiento institucional de nuestro Estado Revolucionario y a su democracia socialista”, afirmó.

Varios diputados intervinieron para enriquecer el debate, entre ellos Andrés Castro, quien saludó que en un solo cuerpo legal se recojan todas las funciones que en ella se establecen; mientras Raúl Alejandro Palmero señaló que “darle rango legal a lo que era un reglamento de la Asamblea Nacional del Poder Popular le da suficiente jerarquía al trabajo que estamos haciendo todos los días”.

Homero Acosta. Foto: Joaquín Hernández Mena

Homero Acosta, secretario del Parlamento y el Consejo de Estado, explicó que esta norma da respuesta a la disposición transitoria séptima, tal cual concedía el plazo de un año para aprobar este reglamento que adquiere el rango de ley.

Explicó elementos fundamentales como la ampliación y el desarrollo de contenidos constitucionales del presidente, vicepresidente y secretario de estos órganos. Asimismo, establece el papel de los diputados, cómo se ejerce la Iniciativa Legislativa, y se establece todas las rendiciones de cuenta que emergen de los órganos de la Asamblea Nacional.

“Igualmente hay un desarrollo de la participación popular en diferentes esferas y queda legislado cómo se realizan las consultas populares, cuándo se puede hacer un referendo y plesbicito, entre otros aspectos”, según Acosta.

Con anterioridad, Esteban Lazo, Presidente del Consejo de Estado,recordó que ahora se están proponiendo 11 comisiones de trabajo permanente en la Asamblea, pues surge la Comisión de Órganos Locales de Atención al Poder Popular, surgida a partir de los cambios aprobados en la Constitución y la elección de los Gobernadores, intendentes, así como la autonomía de los municipios y la desaparición de las Asambleas Provinciales.

Argumentó que se fortalece el papel de las Asambleas Municipales, pero al desaparecer las asambleas provinciales se crea como un vacío en ese aspecto, por las Asambleas comienzan a ser atendidas por la Asamblea Nacional, aunque el Consejo de Gobierno servirá de enlace y apoyo.

 

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