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Los riesgos de la camarera (+ PDF)

Por más cuidados propios, el ciclo se repite una y otra vez. Tos frecuente, un catarro resistido a irse, tendinitis, la bursitis que vuelve, los malestares de la inflamación pélvica, son dolencias descritas por mi vecina, una mujer de 52 años que a los 20 comenzó su vida laboral como camarera de piso en Varadero.

 

Foto: Tomada de Internet

Cuando la embullaron a trabajar en el principal balneario del país no imaginó el desgaste físico común a un puesto considerado el más duro de la industria de ocio y causante de dolencias que poco a poco han ido minándole el cuerpo.  Han sido 32 años de limpiar habitaciones, de correr o levantar camas, mover pesados colchones, cargar ropas, manipular desengrasantes, utilizar lejía.

Por más agotamiento, por más que quisiera, mi vecina aún deberá esperar ochos años para poder solicitar la jubilación, un tiempo con el que ella bromea. “Si llego al retiro, no me quedarán fuerzas ni para pintarme los labios”, jaranea.  Para nada es bonche ni mucho menos un juego. El fenómeno de las afecciones vinculadas a quienes ocupan el imprescindible cargo no es asunto privativo de la Mayor de las Antillas. En un destino de tanta referencia como el de España son conocidas las incansables demandas  de las Kellys (viene del juego de palabras “las que limpian”), una asociación abanderada en la lucha por el reconocimiento como enfermedades profesionales de determinadas dolencias  asociadas al desgaste propio de este oficio de camarera.

No es de ahora que empleadas cubanas hacen igual planteamiento en asambleas de afiliados, lo cual sería un paso esencial para escalar el peldaño del anhelo mayor: ser jubiladas antes de las seis décadas, la edad estipulada para las mujeres en la Ley de Seguridad Social.

Se trata, ha insistido el Sindicato Nacional de Trabajadores de Hotelería y el Turismo (SNTHT), de hacerle justicia a este cargo reconociendo el sobreesfuerzo de estas mujeres en su quehacer diario, y su contacto con productos químicos, argumentos planteados en la primera y segunda conferencias de la organización, y también en el proceso asambleario previo al XXI Congreso de la Central de Trabajadores de Cuba.

Según las letras de la Ley 105 de Seguridad Social, en su Artículo 21, a los efectos de fijar la edad para obtener el derecho a la pensión ordinaria, los trabajos se clasifican en dos categorías, en la segunda, merecen estar las camareras de piso. Eso al menos sostiene el SNTHT.

¿Qué plantea la Categoría II? Pues se refiere a “Trabajos realizados en condiciones en que el gasto de energías físicas, mentales, o ambas, son de tal naturaleza que originan una reducción de la capacidad laboral en el tiempo, al producirse un desgaste en el organismo no acorde con el que corresponde a la edad del trabajador”. Cualquier parecido con la realidad de las camareras de piso es ¿mera coincidencia?

Para quienes ocupan el puesto, en su mayoría mujeres, pareciera justa la exigencia de pasar a la Categoría II y recibir sus beneficios. Ellas podrían retirarse con 55 años, siempre y cuando hayan prestado no menos de 30 años de servicios.

Aunque el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, queda facultado para establecer o variar la relación de trabajos comprendidos en la Categoría II, los primeros interesados en proponer soluciones debieran ser las Osde hoteleras, organizaciones superiores del Estado a las que mucho resta por hacer en pos de elevar la calidad de vida laboral de un puesto tan estratégico.

Orquestar una eficaz organización del trabajo que evite la sobrecarga laboral, duplicada cuando falta una camarera y no existe la cubrefranco, debieran ser pasos iniciales en el camino de “limpiar” los riesgos que hoy contaminan el oficio más duro del turismo.

Puede descargar aquí: Separata Lunes 9 de diciembre de 2019 Economia (10506 descargas)

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