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Inscripción en el registro del Estado Civil: logro de la Revolución

La comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos analizó el estado de la inscripción en los Registros del Estado Civil. Este, se destacó, es un logro de la Revolución, hemos logrado un sistema que a partir de la información primaria del nacimiento del niño, se conforma el registro de identidad y el electoral, lo que contrasta con otros países del mundo donde hay seres que no existen porque no están inscriptos en el Registro del Estado Civil.

 

Foto: Heriberto González Brito.

 

Ha sido un estilo de trabajo de la comisión revisar este tema, y en la jornada matutina de este martes el diputado Joaquín Miguel Bernal Rodríguez, vicepresidente de la comisión y los diputados que fungieron como coordinadores para chequear la situación por los territorios, establecieron un fructífero intercambio en el cual afloraron aspectos positivos e insuficiencias.

Señaló Bernal que en los objetivos de desarrollo sostenible se plantea para el 2030 proporcionar acceso a la identidad jurídica para todos a partir del registro de nacimientos. En la Convención de los Derechos del Niño, Artículo 7, se señala que el niño deberá ser inscripto inmediatamente después de su nacimiento y Cuba es parte de esta Convención.

Para constatar la marcha de esta actividad se les indicó a los coordinadores visitar no solo los hospitales maternos, sino otros donde se producían nacimientos. Lo primero que hay que reafirmar es el logro de que en Cuba 99, 9 % de los nacidos se inscriben.

En general los compañeros que hicieron el trabajo detectaron que el registro de partos se lleva con mucha seriedad; esa es la base inicial del dato.

Entre las dificultades detectadas se ha comprobado que existen formas de o procedimientos diferentes para la inscripción del recién nacido, aun cuando hay normas generales. Otro elemento adverso es la falta de completamiento y estabilidad del personal del registro civil. Hay problemas también con el estado de conservación y protección de los libros de nacimientos, falta de privacidad de los locales y escasez de medios informáticos, y se presentaron, además, dificultades con la inscripción de menores, cuya madre tiene un lugar de procedencia diferente al lugar donde tuvo a su hijo. Esto se resolvió recientemente con una resolución nueva conjunta del MININT y el MINJUS que, sin quebrantar lo establecido, considera válido el comprobante de un recién nacido para adquirir su alimentación por un período provisional de SEIS meses, transcurrido ese plazo el registro da por concluida esa provisionalidad y los padres tienen que responsabilizarse con la inscripción.

Por todo lo anterior es preciso revisar las disposiciones normativas que existen y en lo que tiene que ver la inscripción del recién nacido homogeneizar los protocolos de actuación. Se requiere, de igual modo, avanzar en la digitalización de este sistema en el país, ejercer mayor control, incrementar las oficinas del registro civil en las unidades de asistencia médica, mejorar las condiciones de trabajo del personal e insistir en su capacitación sistemática. Se planteó que debe elevarse la importancia del acto de certificar el nacimiento, lo que tiene estrecha relación con la ciudadanía. La Ley electoral que vamos a aprobar, se comentó, tiene mucho que ver con este asunto, porque en el registro civil nace todo. Es preciso elevar la cultura jurídica de la madre y en general de la familia en este sentido.

Una práctica que debe rescatarse en todos los casos y que se logra en algunos hospitales y territorios es que el niño salga de la institución con la tarjeta del menor, bien inscripto porque un error trae innumerables dificultades.

Por otra parte, una diputada recordó que en el pasado reciente la inscripción del recién nacido se complementaba con un emotivo acto de recibimiento en la comunidad que organizaba el CDR y consideró que esta práctica debía rescatarse.

Oscar Silvera Martínez, titular de Justicia, subrayó en su intervención que este tema es responsabilidad del ministerio y los problemas hay que resolverlos.

Además de la falta de completamiento de la plantilla de registradores y de técnicos auxiliares, señaló, mencionó insuficientes condiciones de trabajo y de la preparación de esa fuerza. Al enumerar la complejidad de esta labor citó que hay 302 oficinas y 62 mil 282 libros, que inscriben nacimientos, matrimonios, defunciones, ciudadanía, capitulaciones matrimoniales, incapacidades, cambio de nombre y apellidos.

El 30 % de esos libros, especialmente los más recientes, están deteriorados, se confeccionan de forma manual, pero la calidad del papel no es buena. Hay problemas con su cuidado y manipulación, porque deben hojearse mucho.

Dijo que de solo de enero a mayo de este año las certificaciones expedidas ascendieron a 867 mil 60, y es que en el país se piden muchos documentos, cuando los responsables de tramitarlos son insuficientes, ya que de cada 10 faltan casi tres.

El Ministro se refirió al tema de la subsanación de errores y apuntó que el año pasado se radicaron 90 mil expedientes por este motivo. Esto paraliza a la persona en la gestión que quiere lograr y le hace perder tiempo; es un asunto que el ministerio está revisando y se va a resolver.

Se ha establecido por el Artículo 40 de la Ley 51 que el recién nacido se inscribe por declaración de la madre y el padre conjuntamente, o de uno de ellos, y que la declaración se haga dentro de las 72 horas posteriores al nacimiento, y en todo caso antes del egreso del recién nacido.

En cuanto a la existencia de oficinas del registro en las unidades de salud, hoy se cuenta con 23 de 45 instituciones, pero no es necesario cubrirlos todos, y citó como ejemplo que en Sandino el registro se encuentra al lado del hospital.

Explicó que, junto con las deficiencias apuntadas, se dan motivos que afectan la inscripción: a veces se producen fuera de término por decisión de las madres en espera de la decisión de los padres, y eso hay que respetarlo, por ejemplo, porque en ocasiones ellos están cumpliendo misión en el exterior. En otras ocasiones la madre pide que le pongan sus apellidos al bebé y después viene el padre y quiere registrarlo con el suyo; también ocurre que el estado de la madre impide la inscripción en el momento preciso.

El ministro de Salud, José Ángel Portal Miranda, señaló que la gran ventaja de este proceder es que en el país se conoce donde se van a hacer los partos, y debemos, por tanto, intencionar que allí existan locales para la inscripción y mejorar los que existen, establecer un convenio conjunto para establecer los procedimientos de ambas partes y sistemáticamente triangular la información entre los ministerios de Justicia, de Salud, y el Registro.

La comisión acordó constituir un grupo de diputados que les dará seguimiento a estos temas.

 

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