No apto para niños

No apto para niños

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Un pequeño posa para la cámara. Su rostro está sucio de carbón, las ropas están ajadas. Cerca, un montón de basura, una pala, una carretilla y un mazo de hierro. A pesar de eso, sonríe.

Imágenes como estas no son difíciles de hallar en la prensa internacional. Generalmente las acompañan textos que denuncian la pobreza y el trabajo infantil. La región de Asia y el Pacífico concentra el más alto número de niños en estas condiciones con 78 millones, casi el 9,3 % de los infantes del mundo; mientras que en América Latina y el Caribe la cifra ronda los 13 millones, según datos del año 2013 ofrecidos por la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

El sitio digital de esa institución también expone que la agricultura es el mayor receptor de esta fuerza de trabajo inmadura y barata con unos 98 millones de incipientes obreros agrícolas. Le siguen los servicios (54 millones) y la industria (12 millones), casi todos en la llamada “economía informal”, es decir, que sus nombres no figuran en los datos y estadísticas oficiales.

Esta realidad ha sido denunciada por la OIT. Desde 1930 los Estados miembros se pronunciaron contra el trabajo forzado a través del Convenio No. 29, y 27 años más tarde sancionaron otro texto reclamando su abolición (Convenio No. 105).

Durante la 87 Conferencia Internacional del Trabajo, en junio de 1999, se aprobó el Convenio No. 182 que demanda, específicamente, la erradicación de las peores formas de trabajo infantil. Su entrada en vigor ocurrió en noviembre del 2000.

El documento establece la necesidad de que cada nación prohíba y elimine esas prácticas, compromiso que debe ser asumido como la principal acción de las naciones firmantes.

En septiembre del 2015 Cuba integró la lista de los Estados que han firmado los ocho Convenios Fundamentales de la OIT al sumarse al No. 182 sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil.

La rúbrica es una muestra de la voluntad política de Cuba para la promoción y protección de todos los derechos de las niñas, niños y adolescentes, afirmó la nota de prensa publicada entonces por nuestra cancillería.

Pero la entrada al convenio podría parecerle a cualquier cubano un acto puramente simbólico, pues las normas nacionales aprobadas a lo largo de las últimas décadas por nuestro Gobierno protegen, amparan y defienden a los pequeños aun desde el vientre materno.

Las distintas normativas e instrumentos jurídicos promovidos durante 57 años avalan los derechos a la salud y a la asistencia necesaria de toda la familia; así como la educación universal, obligatoria y gratuita para todos los infantes hasta el nivel medio. Son aspectos recogidos en el Código de Familia que también legisla acerca de los Hogares de Menores sin Amparo Familiar, promovidos por el Decreto Ley No. 76 de 1984, y la Red Nacional de Círculos Infantiles Mixtos para la protección de los niños en desventaja social.

El Código Penal incluye parlamentos dedicados a la familia, la infancia y la juventud. Condena con rigor la corrupción de menores, el proxenetismo y la trata de infantes, no solo para fines de prostitución, sino también para comercio de órganos, trabajos forzados y las actividades vinculadas al narcotráfico o al consumo ilícito de drogas.

El Código de Trabajo, cuya más reciente versión entró en vigor en junio del 2014, recoge los principios que rigen el derecho al trabajo, establece el inicio de la edad laboral a los 17 años, y dispone acerca de la protección necesaria para los jóvenes trabajadores.

El cuidado y formación de las familias, y la responsabilidad de los padres en la atención de sus hijos son otras de las acciones que buscan cubrir las necesidades básicas de los menores y con ello cerrar la puerta al trabajo infantil.

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