Medidas para el ordenamiento de la comercialización de productos agrícolas

Medidas para el ordenamiento de la comercialización de productos agrícolas

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En el Informe Central al 7mo. Congreso del Partido, al abordar el comportamiento de los precios de los productos agropecuarios, se plantea: “Aunque comprendemos que el factor primordial en el crecimiento de los precios reside en un nivel de producción que no satisface la demanda y que el avance en esta materia está condicionado por factores objetivos y subjetivos, no podemos quedarnos con los brazos cruzados ante la irritación de los ciudadanos por el manejo inescrupuloso de los precios por parte de intermediarios que solo piensan en ganar cada vez más”.

En tal sentido, en correspondencia además con la información brindada a nuestro pueblo el pasado 22 de abril y dando continuidad al conjunto de medidas encaminadas, entre otros propósitos, a aumentar de manera gradual la capacidad de compra del peso cubano, se ha adoptado un conjunto de acciones para incrementar el acopio de productos agropecuarios de alta demanda y su comercialización a la población a precios máximos establecidos. Ello constituye una protección al consumidor y a los productores agropecuarios, pues asegura estabilidad en los niveles de precios.

Previo a estas decisiones, el Ministerio de la Agricultura desplegó un proceso de discusión con los productores, comercializadores y el sistema empresarial.

Los precios más bajos están en los mercados del EJT, pero por estos días casi no hay productos que comprar. Foto: René Pérez Massola
Foto: René Pérez Massola

 

Estas medidas surten efecto a partir de este martes 3 de mayo, para lo cual se han publicado en la Gaceta Oficial de la República de Cuba las Resoluciones 157-C y 162 del 2016, del Ministerio de Finanzas y Precios, que establecen entre otros aspectos:

  1. Precios máximos de venta a la población de productos agrícolas seleccionados.
  1. Los precios máximos se corresponden con los productos de primera calidad, de acuerdo con las regulaciones vigentes. A los de segunda se les aplica un descuento del 20 % y a los de tercera un 40 %.
  1. Los precios tienen en consideración las épocas de cada cultivo: la óptima, donde los rendimientos son superiores; y fuera de esta, en que disminuyen.
  1. Estos precios se establecen para todos los tipos de mercados agropecuarios, excepto los de Oferta y Demanda, y en el caso de la provincia de La Habana además para los Trabajadores por Cuenta Propia autorizados a ejercer esta actividad.
  2. De manera excepcional podrán mantenerse algunos mercados agropecuarios donde a la calidad del producto se le reconoce un valor agregado en su oferta.
  1. Para el resto de los productos agrícolas que se acopian por empresas estatales, con precios no centralizados, se fijan márgenes comerciales que no excedan el 40%, lo cual favorece que no se incrementen excesivamente los precios a la población.

 

MINISTERIO DE FINANZAS Y PRECIOS

 

PRECIOS MÁXIMOS DE VENTA A LA POBLACIÓN DE PRODUCTOS AGRÍCOLAS SELECCIONADOS, CEN-TRALIZADOS POR EL MINISTERIO DE FINANZAS Y PRECIOS.

 

DescripciónPrecios Máximos (CUP/Lb)
Viandas
Boniato
                         Junio a noviembre0.85
                         Diciembre a mayo1,00
Yuca
                         Noviembre a abril0.85
                         Mayo a octubre1,00
Plátano vianda
                         Mayo a septiembre2.10
                         Octubre a abril2.65
Plátano burro
                          Mayo a septiembre0.85
                          Octubre a abril1.10
Malanga xanthosoma
                           Abril a septiembre3.50
                           Octubre a marzo4.20
Malanga colocasia
                           Octubre a febrero1.80
                            Marzo a septiembre2.10
Hortalizas
Ajo
                            Febrero a mayo14,50
                            Junio a enero16,50

 

DescripciónPrecios Máximos
Acelga
                           Diciembre a abril1.10
                           Mayo a noviembre1.30
Cebolla seca
                            Marzo a mayo4.10
                            Junio a febrero4.70
Cebolla verde
                            Marzo a mayo3.50
                            Junio a febrero3.90
Calabaza
                             Junio a diciembre0.70
                             Enero a mayo1.10
Col
                             Febrero a mayo0.85
                             Junio a enero1.20
Lechuga 
                             Diciembre a abril2.00
                             Mayo a noviembre2.30
Pepino 
                              Junio a septiembre1.10
                              Octubre a mayo1.40
Pimiento
                              Febrero a abril2.50
                              Mayo a enero3.10
Tomate consumo
                              Enero a abril2.10
                              Mayo a diciembre4.20

 

 

DescripciónPrecios Máximos
Frutas
Plátano fruta
                              Mayo a septiembre1.10
                              Octubre a abril1.40
Guayaba
                              Julio a octubre1.55
                              Noviembre a junio1.95
Mango de clase
                                   Mayo a agosto1.55
                                   Septiembre a abril1.80
Piña
                                    Noviembre a julio1.55
                                    Agosto a octubre1.95
Papaya madura
                                     Todo el año1.70
Granos
Frijoles negros10.00
Frijoles colorados, blancos y bayos11.00

 

Nota:

Estos precios tienen contemplados el margen comercial aprobado por el Ministerio de Finanzas y Precios.

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2 comentarios en Medidas para el ordenamiento de la comercialización de productos agrícolas

  1. las medidas deben ser parejas para todos los vendedores, de no ser asi continuan los estafadores y con mas facilidades pues solo tienen que ir a los mercados estatales a comprar sus mercancias y revenderlas al precio que les paresca pues sabemos que todo esto sucede.
    el estado tiene que poner mano dura con esto y dejar la blandengueria, multen a todos los estafadores para que los trabajadores al menos mejoren un poco su plato de comida diario que tanto cuesta ponerlo sobre la mesa,hasta cuando sera esto?

  2. Es necesario que se aclare de manera oficial el punto 4, porque se deja a interpretación y eso ocasiona problemas…
    sito:
    4. Estos precios se establecen para todos los tipos de mercados agropecuarios, excepto los de Oferta y Demanda, y en el caso de la provincia de La Habana además para los Trabajadores por Cuenta Propia autorizados a ejercer esta actividad…
    Él además es que los trabajadores por Cuenta Propia autorizados a ejercer esta actividad (dígase quioscos, carretilleros) se ajustan a esta nueva medida y tienen que vender sus productos en esos precios topados o que son también exceptuados de la misma y siguen vendiendo a lo que les da la gana….
    Sin contar que no debieron exceptuar a nadie y estos precios deben ser establecidos para todos porque si no es así los carretilleros y quioscos de la habana desaparecen porque ellos no van a perder ni van a bajar sus precios y entonces el pueblo que compraba con ellos por estar más alcance de su mano, tendrá que morir en los mercados de oferta y demanda donde los precios estarán por las nubes como hasta ahora porque no se pude comprar en los agros estatales porque no hay nada que comprar o todo lo que hay de muy mala calidad.
    Pienso que la medida está muy buena pero deben esclarecer bien ese punto y deben establecerse para todo el mundo incluido oferta y demanda.
    Deberían además de estos productos incorporar otros como por ejemplo la carne de puerco que por el estado es muy difícil empatarse con ella y el particular u oferta y demanda siempre tienen pero muy caro….
    Aprovechar el marco y preguntar porque han desaparecido las ferias de los domingos. Deberían proponerse volver a realizarlas, igualmente con los precios topados.

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