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Contratación de atletas: nuestros deportistas no son una mercancía

Alfredo Despaigne, uno de los tres peloteros cubanos contratados hoy en la Liga Profesional de Japón.
Alfredo Despaigne, uno de los tres peloteros cubanos contratados hoy en la Liga Profesional de Japón.

La espera por las respuestas a un tema tan necesitado de aclaraciones para la población y los implicados en cuestión concluyó esta semana, tras casi seis meses de intensa gestión periodística. Un grupo de trabajo del INDER accedió a evacuar las dudas de un cuestionario que intentó agrupar las preguntas más puntuales acerca de la política de contratación de atletas en el exterior, aplicada en el país desde finales del 2013.

¿Cuáles son las características principales que distinguen la contratación de nuestros deportistas en ligas o campeonatos profesionales en el exterior?

Como parte de la Política de Ingresos para atletas, entrenadores y especialistas del deporte, aprobada en el septiembre de 2013, se autorizó implementar la contratación de los atletas en el ámbito nacional y en el exterior. En este último caso con la protección de la federación del deporte correspondiente y del INDER, proceso en el que se ha venido trabajando y que no ha concluido.

A modo de ejemplo se pudiera mencionar que en 1980 se contrataron en Rusia a atletas de la selección masculina de baloncesto. En el año 1988 fueron contratados en Europa un grupo de deportistas y entrenadores del equipo de balonmano. Durante 1997 y 1998 se accedió a la contratación de voleibolistas de los equipos femenino y masculino, entre otras experiencias, además de las que existieron en equipos de béisbol de Japón.

En la actualidad el proceso ha sido conducido metodológicamente por un grupo de trabajo temporal del INDER, integrado por especialistas de diferentes áreas del organismo y de otras entidades. Las federaciones deportivas han desempeñado un papel protagónico en la negociación y firma de los contratos hasta ahora concertados.

Entre los principios básicos que rigen este proceso se puede mencionar el de evitar que nuestros deportistas sean tratados como una mercancía, cuestión que es normal hoy en el ámbito internacional. En consecuencia, lo fundamental es insertarlos en las Ligas o clubes internacionales con la intención de elevar su preparación técnica y maestría deportiva y con ellos obtener mejores resultados para el movimiento deportivo cubano, no para comercializar con ellos y obtener a cambio un beneficio económico determinado. Lo que no significa que si como consecuencia de la contratación el deportista obtiene beneficios económicos y mejora sus condiciones de vida y la de su familia, se le vaya a negar. También es práctica que los clubes reconozcan el derecho de formación de los atletas a la federación o equipo de orden.

¿Qué diferencia notables existen entre la metodología nuestra y la que se aplica internacionalmente para estos contratos?

Los contratados en el exterior dispondrán en todo momento de protección en los ámbitos de su federación y del INDER durante el cumplimiento de su contrato. Para nosotros lo fundamental es el deportista, su formación integral, su aporte o contribución a alcanzar los logros para el pueblo, su protección como ser humano, sus principios, sus valores y no el dinero.

¿Cuáles son los deportes con más interés o prioridad por parte del organismo o de los clubes extranjeras hoy?

La contratación no depende de nuestro interés, sino de la estrategia que tienen los equipos. Existen especificidades para cada deporte en particular y es un aspecto que debemos tener presente. Hay deportes que admiten en la nómina principal del equipo dos o hasta cuatro extranjeros. Hay otros como el fútbol en que la cifra es diferente. La intención es que todas las federaciones deportivas gestionen la inserción de los atletas que consideren, respetando los principios y normas legales establecidas.

¿Además de los deportistas qué otras figuras pueden ser contratadas bajo este sistema y no a través de Cubadeportes como hasta ahora?

Este es un tema que permanece en estudio y que consideramos tendrá una definición en el futuro. Lo determinante no podrá ser la vía o manera que se utilice para la contratación de entrenadores y especialistas, sino lo más beneficioso para el atleta y para el movimiento deportivo cubano.

¿A qué criterios obedecerían los porcientos acordados entre el INDER o Federación Deportiva y el atleta? ¿Cómo se regularía la disposición del por ciento ingresado por contrataciones para actividades y desarrollo propios de la disciplina?

En la Política de Ingreso aprobada y específicamente en las normas jurídicas, se establece que la totalidad del monto económico por los premios internacionales obtenido por los atletas se distribuye entre él, los entrenadores y los especialistas; y en consecuencia abonarán los tributos correspondientes, según lo regido para estos casos. El INDER no recibe ingresos por ese concepto.

La contratación en el exterior no constituye un premio, sino una relación jurídica que establece derechos y deberes para las partes y constituye una práctica internacional que se fije entre sus cláusulas un porciento determinado por la transferencia del jugador o por el derecho de formación e incluso una bonificación por el solo hecho de firmar el contrato. Este aspecto no es igual en todos los deportes, ni podrá ser igual para deportistas dentro de una misma disciplina. No obstante, consideramos justo que un atleta que se contrate en el exterior realice un determinado aporte a su federación para que se destine a mejorar las condiciones de la práctica de su deporte, según criterios de la federación.

En el caso del béisbol, ¿se ha contemplado la posibilidad de que el mercado norteamericano pueda realizar contrataciones? ¿Cómo se autoriza la presencia de scouts para valorar la calidad de posibles jugadores a contratar?

La limitación de que nuestros peloteros sean contratados en las Grandes Ligas no es de Cuba, sino del bloqueo de Estados Unidos hacia nosotros. La no contratación de los jugadores cubanos, por este sistema, en las ligas de la región no se debe a restricciones impuestas por la Federación Cubana de Béisbol o el INDER. Es conocida la calidad de las Grandes Ligas y nos gustaría que los cubanos sean contratados igual que los de los demás países.

Sobre la presencia de los scouts en los juegos pretendemos que sea de manera ordenada y legal. Hasta ahora los representantes de los equipos que han solicitado presenciar determinados partidos de béisbol o antes de la contratación de un atleta han pedido a la Federación apreciar un entrenamiento específico de un jugador, se les ha garantizado las condiciones apropiadas, previa coordinación con la dirección del equipo y los atletas.

¿Por qué podemos afirmar que Cuba no vende a sus atletas, tal y como aseguran algunos medios internacionales hoy?

Nuestros deportistas no son una mercancía y su mejor defensa es el contrato donde quedan reflejados los intereses de las partes. En el caso cubano la presencia de la federación deportiva en representación del atleta constituye una garantía del cumplimiento de los objetivos y fines que se persiguen con este proceso.

¿Qué beneficios legales y personales tiene la contratación a través de las Federaciones y el INDER en lugar de hacerlo por cuenta propia?

En este aspecto lo más importante es que los atletas dispondrán de la protección institucional y de su federación durante todo el periodo que dure el contrato en cualquier circunstancia; y la garantía de que no serán objeto de explotación comercial por terceras personas.

¿Se mantiene siempre la política de la contratación anual o pudiera llegarse a acuerdo por más tiempo con un atleta?

La contratación en el exterior obedece a una estrategia de preparación integral de los atletas en la que intervienen muchos factores a determinar por los especialistas. No es lo mismo un integrante del equipo nacional de un deporte determinado, que otro que no sea de interés inmediato de la dirección de la federación. Internacionalmente la contratación es por temporadas, que se negocian entre las partes, según sus intereses.

Pudiéramos citar ejemplos concretos de deportes que ya tienen perspectivas de contrato para el 2015.

Existen propuestas de varios clubes para la contratación de deportistas en diferentes países de Europa, Asia y América en deportes como baloncesto, fútbol, lucha, voleibol, boxeo, entre otros. Se trabaja activamente en otros para lograr la inserción de los deportistas a pesar de no haber recibido solicitudes foráneas. Básicamente, toda propuesta de contrato que se recibe se analiza de manera integral y su materialización lleva implícito la mayor garantía jurídica y de protección de salud para el atleta.

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