Jornadas, horarios y pausas en el trabajo

Jornadas, horarios y pausas en el trabajo

1 Estrella2 Estrellas3 Estrellas4 Estrellas5 Estrellas (5 puntos, 1 votos)
Cargando...

Por: Ariadna Andrea Pérez Valdés

HORARIO DE TRABAJOLa Oficina de Atención a la Población de la CTC respondió a la inquietud de la lectora Enma García Carrazana sobre el régimen de trabajo y descanso.

“Teniendo en cuenta el artículo 89, 2º párrafo del Código de Trabajo, el horario laboral lo aprueba el jefe de la entidad, de acuerdo con la organización sindical y se inscribe en el convenio colectivo de trabajo (CCT)”, expone.

Además, agregan que el trabajador puede acogerse a lo establecido en el artículo 87, siempre que sea aprobado por las partes y también recogido en el CCT.

Un poco de la Ley

Según el artículo 87 la duración de la jornada de trabajo es de 8 horas diarias como mínimo durante cinco días a la semana, atendiendo a las condiciones técnico-organizativas existentes y las necesidades de la producción y los servicios.

En determinados días de la semana puede llegar hasta una hora adicional, siempre que no exceda el límite previsto para la semana.

Esta última, precisa, debe durar entre 40 y 44 horas, en dependencia de las labores y la necesidad de reducir gastos.

Por su parte, el artículo 88 expone que excepcionalmente se establecen jornadas de trabajo reducidas con el cobro del salario de la jornada completa, para quienes están expuestos de modo prolongado a condiciones que pueden afectar su salud. Igual tratamiento salarial se aplica a la jornada disminuida aprobada para los jóvenes de 15 y 16 años que están autorizados a trabajar.

Los cargos y actividades en las cuales se aplican jornadas reducidas son aprobados por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a propuesta de los jefes de los órganos, organismos y entidades nacionales, cumplido el procedimiento regulado en el reglamento del Código.| Ariadna

 

Compartir...

16 comentarios en Jornadas, horarios y pausas en el trabajo

  1. Mis saludos: Por favor necesito saber cuantas horas diarias son obligatorias de descanso para un trabajador que tiene pluriempleo, y de decir posible la base legal que lo estipula. Muchas gracias en espera de su respuesta .

  2. Buenas, necesito saber qué tiempo de descanso tenemos los trabajadores de salud posterior a su jornada laboral diurna más la guardia médica de 16 horas,o en el caso de los fines de semana,donde se realizan guardias de de 24 horas seguidas, pues no se nos aceptan ni la preguardia ni la postguardia.Gracias

  3. quisiera saber en que norma legal puedo encontrar las condiciones que debe tener un puesto de trabajo para implementar la jornada laboral de 24 x 72, especificamente para la actividad de Seguridad y Proteccion.

  4. ¿Cómo es posible conocer sobre la jornada laboral en el caso de bailarines profesionales , horas extras y su pago, cantidad de actividades programadas al mes por salario, viaticos de viajes a giras y hasta dónde se consideran las lesiones provocadas por extensas jornadas laborales, excesivas repeticiones y carga de trabajo como accidentes laborales o de trabajo ?
    Esto no aparece en ningún documento, sobre todo el llamado horario abierto.

  5. POR QUE NO SE LE PAGAN A LOS PROFESIONALES DEL PAIS LA CATEGORIA DE INVESTIGADORES COMO SE PAGA LA CATEGORIA DOCENTE.

    PORQUE A UN INVESTIGADOR QUE TENGA MAS DE 30 PUBLICACIONES CIENTIFICAS Y MAS DE 30 PROYECTOS EJECUTADOS NO SE LE DA LA OPCION DE OPTAR POR LA CATEGORIA DE INVESTIGADOR TITULAR, AUN SI SER DOCTOR EN CIENCIAS, CUADO PARA LA MISMA TIENE COMO REQUISITOS SER DOCTOR EN CIENCIAS Y 15 PUBLICACIONES EN REVISTAS NACIONALES INTERNACIONALES

  6. Nececito saber cuántas horas puede labora un agente de seguridad y protección de un Banco de pie sin poder centarce trabajando 8 horas diarias y 4 el sábado

  7. QUE LIMITE DE CARGA, VIAJE Y HORARIO MANEJANDO SEGUIDO TIENE UN CHOFER DE RASTRA Y CAMION
    EN VIAJES INTERPROVINCIALES PUEDE IR UN SOLO CHOFER SI ES ASI QUE LIMITE DE CARGA, VIAJE Y HORARIO MANEJANDO SEGUIDO TIENE UN CHOFER DE RASTRA Y CAMION

  8. Es correction a un director de una entidad te diga tengas q trabajar 16 horas una noche si y una no diariamente con tan solo poco descanso.No concuerdo con eso y si reclamas algun derecho te dicen q pidas la baja y te valla .Yo pienso q eso no es permitido en ningun consigo de trabajo.

  9. ¿Se me puede sancionar por no participar en una reunión administrativa fuera de mi jornada laboral?
    Yo trabajo jornadas de 24 horas por 72 de descanso. La semana pasada me afectaron la estimulación por no participar en el análisis mensual de la disciplina que se efectuó 1 hora después de haber salido de mi jornada de 24 horas.

  10. Es posible que el director de una UEB pueda aprobar horarios de trabajo sin quebrantar el regimen aprobado, o la facultad de aprobar el horario de trabajo es solo del director de la empresa, que a todos los efectos legales es la que es considerada entidad, de acuerdo a lo estipulado en le articulo 89 del Codigo de Trabajo.

Escribir comentario

© 2018 Trabajadores. Órgano de la Central de Trabajadores de Cuba
Director: Alberto Núñez Betancourt
Subdirectores Editoriales: Alina Martínez Triay y Joel García León
Territorial y General Suárez. Plaza de la Revolución. La Habana, Cuba. CP: 10698
Fax: 053 (7) 555927 E-mail: digital@trabajadores.cu