¿Son necesarios los Órganos de Justicia Laboral? (+ Infografía)

¿Son necesarios los Órganos de Justicia Laboral? (+ Infografía)

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Algunos se cuestionan la existencia de los Órganos de Justicia Laboral (OJL) en los centros de trabajo a partir de lo estipulado en el artículo 99 de la Constitución de la República donde se plantea que la persona a la que se le vulneren los derechos consagrados en la Carta Magna y sufriera daño o perjuicio por órganos del Estado, sus directivos, funcionarios o empleados, tiene derecho a reclamar ante los tribunales.

No se podía esperar otra formulación en una Ley de leyes de una nación que tiene en la justicia uno de sus principales pilares.

Sin embargo, ello no contradice la existencia de los OJL como la primera y más expedita instancia de reclamación del trabajador para solucionar los conflictos que surgen en las entidades. De esta manera se cumple con uno de los principios del procedimiento: la inmediatez, o sea, acercar la solución del conflicto a donde este se origina.

En el mundo no existe una estructura similar en la que forman parte el empleador, el sindicato y trabajadores con prestigio en el colectivo. La justeza de su fallo depende, por supuesto, de su buen funcionamiento, en lo que influye decisivamente la preparación de sus miembros.

A nuestra redacción llegan con mucha frecuencia dudas o quejas sobre los OJL. A ellos les toca recibir y procesar las peticiones de los trabajadores, que según lo expresado en el capítulo XIII, artículo 165 de la Ley 116, Código de Trabajo, “tienen derecho a reclamar contra las medidas disciplinarias que les son impuestas, así como a promover acciones para el reconocimiento, restablecimiento y cumplimiento de los derechos de trabajo y de seguridad social, consagrados en la legislación”.

Isdalis Rodríguez Rodríguez, miembro del Secretariado Nacional de la CTC. Foto: Abel Padrón Padilla

El tema cobra actualidad debido a que la Ley 116, Código de Trabajo, y el Decreto 326 que es su reglamento, establecen que los Órganos tienen un mandato de dos años y medio y corresponde en el segundo semestre de este año realizar el proceso de renovación o ratificación de mandatos. Por ello dialogamos con Isdalis Rodríguez Rodríguez, miembro del Secretariado Nacional de la CTC; y Roberto Betharte Mazorra, jefe del Departamento de Asuntos Laborales y Sociales de la Central.

 

Roberto Betharte Mazorra, jefe del Departamento de Asuntos Laborales y Sociales. Foto: Heriberto González

 

¿Qué pasos deben darse para garantizar su calidad?

Ya se impartieron, precisa Isdalis, las indicaciones conjuntas de la ministra de Trabajo y Seguridad Social y el secretario general de la CTC para comenzar lo que se está llevando a cabo en estos momentos: un análisis exhaustivo de los 11 mil 196 OJL con que cerró el año 2018 que contempla el diagnóstico de los cambios necesarios a aplicar en el próximo período dadas las transformaciones que se continúan realizando como consecuencia de la reorganización de los organismos, entidades nacionales, organizaciones superiores de dirección empresarial y en las provincias.

En cada entidad el empleador y la organización sindical son los encargados de efectuar ese diagnóstico: cantidad de Órganos existentes, estructura, completamiento, etcétera.

Recordemos que la entidad debe contar con 50 o más trabajadores para crear un OJL. Y cuando en un municipio hay colectivos con una cifra menor, que pertenezcan a un mismo sector, puede constituirse un Órgano territorial.

De manera excepcional en los centros en que debido a fuerza mayor y otras causas justificadas no estén constituidos o no puedan funcionar, el director municipal de Trabajo designa un Órgano para conocer las reclamaciones.

El Secretariado Nacional de la CTC acordó desarrollar un proceso asambleario que comenzará el 1.o de julio hasta el 30 de noviembre en que se constituirán los OJL. Después vendrá una etapa de capacitación de sus miembros por parte de las direcciones municipales de Trabajo, que se extenderá hasta el 30 de diciembre.

¿Cuál es el contenido de las asambleas?

Una asamblea válida para elegir un Órgano debe tener el 75 % de los trabajadores presentes, explica Betharte. Comienza con un informe de la administración sobre el comportamiento de la disciplina laboral en el centro; le sigue el reconocimiento a los miembros del OJL saliente que hayan cumplido su cometido de manera destacada, posteriormente se les comunica a los trabajadores la manera en que debe ser integrado el nuevo, y finalmente este se elige o ratifican sus miembros.

Para constituirlo —agrega— se eligen en la asamblea, los trabajadores que cuenten con reconocimiento en el colectivo, se presentan los designados por el jefe de la entidad y la organización sindical y sus suplentes, y entre los miembros efectivos se determinan el presidente y su sustituto para actuar en caso de ausencias temporales de aquel. En la primera reunión del OJL se escoge el secretario.

Si alguno de los miembros incumple con los requisitos establecidos, es sancionado o tiene un mal proceder, puede ser sustituido. Se contempla además la renuncia.

Si surge una reclamación en el transcurso del proceso de actualización de los OJL, debe funcionar el existente en el centro en ese momento, porque el trabajador no puede quedar desamparado.

¿En el diagnóstico que se realiza salen a relucir las deficiencias en el trabajo de los OJL?

En estos momentos, subraya Betharte, la sección jurídica de la esfera de Asuntos Laborales está analizando la actuación de los Órganos en las empresas conjuntamente con las direcciones municipales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Soscial (MTSS).

Han identificado dificultades relacionadas con el funcionamiento, problemas de capacitación, el hecho de que no todos están registrados en la Dirección Municipal de Trabajo, lo cual es un requisito obligatorio para que puedan actuar, y falta de completamiento que impide proceder cuando el trabajador va a presentar su demanda. De esto último hemos recibido reclamaciones y preguntas de qué hacer. El sindicato debe orientarlo, acompañarlo junto a la Dirección Municipal de Trabajo, para que el reclamante sepa adónde acudir, esto no siempre se hace, se pierde tiempo y lo coloca en un estado de indefensión.

¿Cómo se comportó la impartición de justicia el pasado año?

La mayoría de las reclamaciones, señala Isdalis, fueron Con lugar y Con lugar en parte, lo cual revela que el OJL ejerce su papel ante la violación de los derechos de los trabajadores. De manera similar se comportan las reclamaciones por mejor derecho, o sea otorgamiento de una plaza por idoneidad demostrada, salario u otros.

Por ello, pese a deficiencias que puedan existir que son solucionables, el movimiento sindical mantiene su posición sobre los OJL como instrumento en primera instancia para la impartición de la justicia en cada colectivo laboral.

Esto se valoró en profundidad en la comisión no. 5 del XXI Congreso de la CTC, donde se adoptaron acuerdos encaminados a perfeccionar su funcionamiento, concluye Isdalis.

Acerca del autor

Graduada de Periodismo. Subdirector Editorial del Periódico Trabajadores desde el …

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38 comentarios en ¿Son necesarios los Órganos de Justicia Laboral? (+ Infografía)

  1. Por culpa de la covid y no aber transporte me quede sin trabajo desde el 1 de mayo y según me dijeron que no tenía derecho a apelar ya que dise la ley que por ausencia me dieron la baja la cual es mentira yo tengo pruebas de ber trabajado y mis compañero son testigos de que yo trabaje que puedo hacer no me an pagado desde marzo , abril ni mayo que como , donde están los derecho del trabajador ,para que disen que no salga de casa y cumplir con las medida de restriccion enque me dirijo al trabajo si no tenemos transporte, claro el jefe tiene carro el obrero que se joda .

  2. Yo necesito que alguien me aclare, estoy pasando por algo y ya no se a quien dirigirme, soy madre de dos niñas las cuales dependen de mi y me quedé sin trabajo en menos de seis días, era miembro del Minint y ya no se a quien acudir, por favor, si pudieran ayudarme, al menos orientarme, llevo casi un mes sin trabajar y sin respuestas.

  3. Los miembros del OJLB son trabajadores que después de la vista regresan a sus puestos y funciones laborales, y en esas funciones tienen necesariamente que regirse y respetar la jerarquía de poder, de la que no pueden escapar, y no deben ignorar. No está por tanto garantizado que puedan actuar al margen de la relación asimétrica de poder propios de la actividad laboral. Uno de los miembros del OJLB es de entrada un cuadro o funcionario designado por el jefe de la entidad, que ejerce influencia ya desde dentro del propio órgano. En entidades con predominio de administraciones autocráticas, es donde más se necesita la protección del trabajador. Es aquí donde el sindicato suele no tener independencia, ni fuerza, de modo que actúa como una extensión de la administración, y así actuara el ejecutivo designado para el órgano. Si el ejecutivo del sindicato no puede enfrentarse a la administración, menos pueden los trabajadores electos, sabiéndose además desprovisto del apoyo de un sindicato débil. Otro tanto con los cuatro suplentes designados.
    Estos no son “deficiencias solucionables”. Son impedimentos estructurales, que no permiten por definición deslindar a los miembros del OJLB de la necesaria relación jefe/subordinado inherente a la organización y dirección de un centro laboral. Además, por mucha preparación de sus miembros, no tienen la experiencia y formación del juez en un tribunal.
    Los OJLB no ofrecen por tanto las debidas garantías para sustituir a un tribunal competente, independiente e imparcial, como establece la Constitución.
    Considero como afirma el artículo, que los OJLB pueden funcionar como la primera y más expedita instancia de reclamación del trabajador para solucionar “de buena fe” los conflictos que surgen en las entidades, pero no como un eslabón obligado, que, por someterse al principio de inmediatez, pone en riesgo las demás garantías del derecho a un proceso justo.

    • El empleador tiene la potestad de imponer sanciones sin estar sujeto al principio del derecho a la prueba a favor del trabajador. En esta fase disciplinaria solo tiene que fundamentar la medida en consulta con el sindicato. Sin embargo, el proceso de demanda del trabajador contra estas decisiones, esta desde el comienzo sujeto al principio del derecho a la prueba. En una primera instancia, el trabajador está obligado a interponer sus demandas ante estos órganos colegiados integrados por trabajadores de la propia institución los (OJLB). El trabajador solo tiene acceso a un tribunal con mayores garantías de derecho, solo después de anticipar y develar (quemar) su estrategia probatoria ante la administración, en esta fase extrajudicial obligada de unos OJLB, con una experiencia incomparable a la de un juez, y sin garantías de imparcialidad.

  4. Jorge no puedo atestiguar que el caso particular que describes sea verdad, pero si me consta que escenarios parecidos suceden, y que nuestro sistema de leyes actuales deja desprotegido al trabajador en esas circunstancias, y no pueden evitarlo sin una intervención en nuestro ordenamiento judicial. Lo más que el trabajador puede aspirar con un dictamen a su favor es que le retiren la sanción y restituyan su salario. Pero eso no restituye el daño psíquico y moral, la pérdida de oportunidades, la situación personal, y todo lo que ello implica para una familia, y más en nuestras condiciones. Requiere también una indemnización (lo contempla la constitución). Lo peor, al jefe responsable no le pasa nada, permanece en su puesto, y puede acudir a represalias, con inimaginables formas sutiles, e indirectas de afectar al trabajador, involucrando a cómplices y coaccionando a testigos. Este comportamiento de un jefe tiene mayor repercusión ante los trabajadores y alcance en una empresa que la indisciplina de un trabajador individual.
    La falta de ética y moral, la conducta inescrupulosa, y la mentira, contemplados todos en el código de ética, deberían por su repercusión en nuestra sociedad, tener un mayor peso condenatorio en nuestras leyes laborales, penales y las que rigen para dirigentes, funcionarios y cuadros del estado.

  5. Esto está ocurriendo hoy en la Granja «El Caribe» ubicada en el Municipio Consolación del Sur en Pinar del Río, esta granja pertenece al CAI Arrocero Los Palacios: a un grupo de trabajadores, la Dirección de RR.HH. nos di tres opciones: 1) Pides la baja 2)Pides Licencia sin sueldo y te vas para la casa y una tercera opción que aplica solo a hombres jóvenes y fuertes: ir a cortar marabú para hacer carbón. En ningún caso medió una explicación, solo que no hay fondo de salario para el pago.
    ¿Es esta una opción en mi país? ¿se está actuando acorde a la legislación laboral de mi país? Escribo porque esto se me parece más a las políticas de choque que se aplican en otros países muy distintos al mío. También escribo para saber a quien debo dirigir mi queja o mi reclamo, los que en esa situación están, solo quieren trabajar y aportar lo que me corresponde para el bien de mi país, además de que todos mantienen familias y en muchos caso son el único sustento.

  6. Haber tenido la oportunidad de acceder en nuestra prensa a un artículo con este contenido, y considerando que es una temática bastante compleja por el manejo que se le da administrativamente, me ha hecho buscar, estudiar,y por supuesto aprender algo sobre justicia, y en especial: justicia laboral.
    Considerando las opiniones vertidas diría: NO son necesarios los OJLL, para qué?, si son un instrumento administrativo, por naturaleza lo son, el Jefe de la entidad o Director es quien elige a su Presidente, primer paso con riesgo de funcionamiento antiobrero, ya se ha comentado por casi todos los foristas que los OJLL se parcializan con las administraciones. A los OJLL se les da cierta autonomía, no es posible impugnar su dictamen en caso de sanciones como multa y amonestación pública. Estas constituyen sanciones, por muy de menor cuantía que sean, pero: son siempre justas?. Si no lo fueran el trabajador ya queda indefenso por la no posibilidad de impugnación: otra injusticia. También antiobrera. Los artículos 1 y 99 de la Nueva Constitución están muy claros, si de verdad van a cumplirse, por qué pasar por el mal rato de una vista pública celebrada por el OJLL y correr el tan triste riesgo de terminar, muchas veces aplastado por manipulaciones y dictámenes injustos. Mejor se revisan nuestras leyes, el Código de Trabajo (ley 116) y el Reglamento del Código del Trabajo (ley 326), que también contienen artículos muy cuestionables en cuanto a justicia laboral, se eliminan los OJLL, y se nos deja reclamar nuestros derechos, según lo estipula nuestra Constitución, porque confiamos en ella. La conexión leyes-gobernar de acuerdo a las leyes- y hacer cumplir las leyes, no se debe perder. Los OJLL han violado leyes, han cometido transgresiones, se han apartado de lo establecido en la Constitución, han violado principios de imparcialidad, muchos de sus miembros no han demostrado vocación para el ejercicio limpio de sus funciones. No es posible confiar en ellos. Muchos trabajadores NO CONFIAMOS.

  7. lena, independientemente de que sea primera vez de su delito, en el convenio colectivo de trabajo y en el reglamento disciplinario interno, esa debe de ser un acontecimiento catalogado como MUY GRAVE, ya sea riñas con los superiores o con un trabajador igualitario, todas las inflacciones muy graves, le corresponden cambio de plaza con perdida de la que tiene o separación definitiva. por supuesto que todos los reglamentos disciplinarios internos ni los Convenios no son iguales en los centros de trabajo, pero por lo general eso de concidera inflacción muy grave. la disciplina laboral es algo que hay que retomar en los centros de trabajo, pues ya se a convertido en una falta de respeto, empezando por los dirigentes y terminando por el trabajador. espero sea de útil para usted mi comentario. saludos

  8. A pesar de todo lo que se ha dicho, y que no son pocos los miembros de las secciones sindicales y de los OJL que se dejan manipular por las administraciones y terminan actuando en contra de los trabajadores injustamente, debemos actuar para evitar esas actitudes, para que los trabajadores no seamos divididos. Somos una sola clase. Debemos valorar cuando quien intentó perjudicarnos reconoce su error y lo rectifica. Debemos ser enérgicos y combativos contra lo mal hecho, venga de las administraciones o de los propios trabajadores. Imparciales, porque después del análisis en que todos participemos, la razón hay que darla a quien la tenga. Generalmente son los administrativos quienes abusan del poder, por tanto contra ese flagelo debemos combatir sin miedo, no rendirnos, debemos denunciar la actuación arbitraria de muchos en sus cargos, sea cual sea el nivel de jerarquia, siempre con la verdad y sin miedo. Combatir siempre convencidos del ejemplo que podemos dar. Cuidado con las administraciones que manipulan a nuestros compañeros trabajadores y terminan por dividirnos, porque entonces unos y otros estamos siendo víctimas de administrativos inescrupulosos que sacan provecho de esa división. En mi caso particular los compañeros del Órgano con su actuar han reconocido su error, lo han rectificado. De los administrativos, ni mi jefa ni mi subdirector lo reconocerán, ellos están protegidos por una dirección que a la vez, evidentemente, está protegida por jerarquías más altas, contra eso habrá que seguir luchando, porque la ley y los derechos son para todos por igual. Los cuadros tienen que cumplir un código de ética o lo cumplen o sencillamente les caerá la justicia y no podrán seguir ejerciendo la responsabilidad. Nos toca a los trabajadores exigirles.

  9. Reitero que ha sido el foro sobre este artículo lo más transparente que he visto en la prensa cubana. Los problemas y responsables son tratados por sus nombres. Basta de encubrimientos a responsables por muy alto cargo que tengan. La transparencia por fuerte y agresiva que sea es la que podrá llevarnos a resolver muchos problemas que hacen víctimas, muchas veces, a personas inocentes. Nadie tiene derecho a hacer daño. Los problemas hay que analizarlos desde todas sus aristas antes de tomar decisiones y sanciones. Las influencias no pueden funcionar para proteger a transgresores. Los procesos tendrán que invesstigarse con profundidad, tendrán que auditarse cuando esté en juego el prestigio de otros. Los supervisores son importantes, juegan papel fundamental en todo esto. Los supervisores tendrán que oir a las partes involucradas, basta de verificar con una sola de las partes, normalmente (anormal) con los jefes, cuadros, militantes, directivos, porque entonces se está excluyendo de la justicia a las víctimas (trabajadores, ciudadanos). Esta práctica ocurre mucho en nuestro país, en nuestros centros de trabajo. Los verificadores acceden solo a las administraciones. El trabajador queda a merced de la manipulación que dan los directivos a los sucesos que se tratan. Es hora de justeza. Hasta cuando habrá lugar para la superioridad de quienes dirigen?. La justicia es la misma para todos. La ley se aplicará con el peso que requiera la falta cometida, pero sin manipulaciones ni favoritismos. Queremos ver lo que se nos dice, generalmente vemos lo contrario.

  10. Les envio de nuevo el texto de cronología de una sanción, tuve que arreglar dos errores:
    CRONOLOGÍA DE UNA SANCIÓN
    Lugar: Instituto de Oncología
    8 de noviembre de 2018 al incorporarme después de una operación de glaucoma, me comunica mi jefa que tiene que sancionarme. No me pide explicación de nada. Ya está decidido. Sanción de Amonestación Pública por descuido de no informarle que en mi oficina quedaba una computadora pendiente de arreglo. Verbalmente se lo había informado. De hecho la PC estaba en mi oficina porque ella me había dicho que la subiera. El traslado consta en acta de entrega y en mi libreta de trabajo, único documento existente, y en mano del informático, donde se plasman las tareas de servicios que damos a los usuarios. La jefa no lleva ningún otro registro. Ni existen reportes de solicitud de servicios, y mucho menos de cumplimientos de servicios solicitados, ni plazos para el cumplimiento de los servicios teniendo en cuenta el servicio solicitado en cuestión. La única evidencia existente es la libreta que lleva el informático.
    15 de Noviembre me sancionan ante el colectivo de trabajo, sin que exista una resolución firme para hacerlo. Comunico que apelaré, que estoy en desacuerdo total. Que no reconozco la falta que se me impugna.
    3 de Diciembre sale la resolución firme para sancionarme, se argumenta que es por negligencia y que he violado principios éticos que caracterizan a los profesionales de la salud cubana. (menuda la sanción para tal falta o indisciplina, asi mismo lo aclaro en mi apelación al OJL del Instituto de Oncología)
    10 de Diciembre entrego carta de apelación al Órgano de Justicia Laboral Local. Advierto en la apelación que esta acción (de mi Jefa Ana Iris Cuéllar y de mi Subdirector Dr. Guillermo Roblejo) es el inicio de una cruzada contra mi persona, y traerá consigo acciones peores de despretigio, de intento de exclusión y otros abusos de cargos todo contra mi persona.
    1 de Febrero de 2019 se celebra vista oral
    6 de Febrero el OJL del Instituto de Oncología emite el acuerdo no. 1 declarando sin lugar mi reclamación. En este documento se falsificaron y/o tergiversaron los argumentos de los tesigos, y en general la vista fue totalmente manipulada en contra del trabajador. Todo hecho por la Presidenta del Órgano Local. Esta vez, además de lo exagerado y falso del argumento dado en la resolucion que me sanciona, el OJL arremete y plantea que la falta cometida (la cual nunca he reconocido) condujo al freno del desarrollo de la ciencia y su progreso e impidió o pudo impedir la aplicación de marcadores tumorales a pacientes de cáncer . Puede observarse como las valoraciones exageradas de personal administrativo ha ido complicando el caso y lo va convirtiendo en un gravísimo problema político y de daño al ser humano (lesa humanidad)
    12 de Febrero apelo a la Dirección Provinvial de Trabajo pidiendo la ilegitimidad de la vista dada la cantidad de transgresiones cometidas, incurriendo en transgresiones de lo dispuesto en los artículos 168, 201, e inobservancia de lo dispuesto en los artículos del 200 al 212.
    15 de Abril de 2019 la Dirección Provincial de Trabajo anula la vista realizada por las transgresiones antes mencionadas. Lo cual implica la obligatoriedad de celebrar otra vista.
    16 de Abril de 2019 mi jefa, la misma que me propuso la sanción, me evalúa de regular el desempeño de 2018 producto de la sanción recibida. La evaluación en general es muy pobre, dándose todo el peso a la indisciplina que no reconozco
    17 de Abril apelo a mi Subdirector, el mismo que firmó la resolución, con motivos muy exagerados y argumentos excedidos en definición, para sancionarme
    19 de Abril escribo correo al Director Luis Curbelo con copia a Dr Roblejo reclamando por la situación que existe contra mi persona y solicitando la parfticipación del Director en esta problemática
    20 de Abril, después de 3 años de fallidos intentos por conversar con mi Director, este me contesta el correo y me dice que creará una comisión para analizar lo de mi evaluación y posteriormente dar una conclusión sobre ello.
    La comisión fue creada, no se exactamenta la fecha, pero en su primera sesión ya se trató el tema de mi situación con bastante transparencia e imparcialidad, está formada en su mayoría por compañeros de organizaciones políticas, 2 personas en representación de la administración, y otros compañeros. Está presidida por el abogado del Instituto, lo cual adiciona a la Comisión una garantía fortalecida para la imparcialidad y la justicia. La comisión tendrá que esperar para su dictamen tener en sus manos el acuerdo tomado por el órgano en la segunda vista.
    7 de Mayo de 2019 se celebra la segunda vista, supervisada en este caso por la Presidenta del Órgano de Justicia Laboral Municipal. La vista, en mi opinión, se celebró de forma transparente, imparcial, presidida por otra compañera. Con honradez participaron todos los miembros del Tribunal, predominó el uso de la expresión oral. Fue muy floja la intervención de mi jefa y su testigo, la cual incluso mintió. Tanto en la vista anulada como en la segunda vista la testigo de mi jefa mintió. El subdirector que firmó la resolución de la sanción no intervino en ningún momento a pesar de las veces que se le propuso la palabra. La Secretaria levantó el acta, la cual firmamos al final, comprobando que contenía lo que se había dicho en la vista.
    14 de Mayo se me notifica que ya puedo pasar a firmar el acuerdo del órgano. Se DECLARA CON LUGAR MI RECLAMACIÓN. Sin embargo cuando leo el acuerdo está de nuevo adulterado, tiene argumentos falsos, otros tergiversados, no está en orden. Por supuesto todo lo falso apuntando a dañina repercusión que pudiera tener sobre el trabajador. Decido no firmarlo.
    20 de Mayo escribo a mi Director reclamando sobre el repugnante hecho. Hasta el 31 de Mayo no tengo respuesta alguna.
    24 de Mayo vuelvo al OJL Municipal. La Compañera me dice que llamará al Instituto de Oncología y pedirá que el Lunes 27 se le entregue el expediente para revisar.
    28 de Mayo en la oficina de la Presidenta del Órgano le manifiesto a la Presidenta mi inconformidad con todo lo que está sucediendo. Ella decide corregir todos los errores del Acuerdo. Compruebo que las evidencias de la trazabilidad del proceso y todos los documentos archivados en el expediente han sido falsificados, tergiversados, exagerados al transcribirlos al Acuerdo. Se han hecho copias y pegas de textos incluidos en el Acuerdo anulado en el nuevo Acuerdo. Estoy convencido que es un grave delito, pero como lo cometen los cuadros, los militantes, los confiables, ahí viene el primer golpe para el trabajador, que puede quedar desprotegido y afectado, víctima de tanta arbitrariedad. Hay que luchar hasta el final, con mucha fuerza, ya que llegan a decirte que eso NO es posible arreglarlo, que el Órgano es autónomo, etc, como si vinieran de otro planeta a juzgarte y a condenarte.
    Este propio día 28 de Mayo el Acuerdo fue corregido y pasado nuevamente a firma de todos los firmantes.
    Como ven Ustedes, este calvario no termina, cómo quedará al final el trabajador?, los jefes ya sabemos, generalmente son intocables. Ahora imaginense cuando tenemos que acudir a organismos externos para reclamar nuestros derechos o la limpieza de un proceso sucio de violaciones y fraudes procedimentales, de trafico de influencias, etc. No olvidemos que comenzando de abajo hacia arriba los administrativos de instituciones tienen siempre padrinos en los organismos estatales, asi que estarán siempre protegidos.
    Quién dejará indemne el prestigio de un trabajador, víctima de tantos malos procederes, de mentiras, víctima del mal trabajo de jefes, cuadros, dirigentes.

  11. No cuestionaría la existencia de los OJL, es cierto que con la nueva constitución podrían jugar un papel de facilitadores de la justicia laboral, pero sucede que los OJL se convierten en marionetas de las administraciones, partiendo que su presidente es un cuadro o funcionario que designa la administración, y sumando que las secciones sindicales también se parcializan con las administraciones, entonces como resultado, muchas veces, de qué justicia estamos hablando.
    Trabajo en el Instituto de Oncología. Estoy saliendo de un problema de más de 7 meses por una amonestación pública, a la cual apelé, dirigiéndome al OJL, el cual falsificó y tergiversó prácticamente toda la información que emitió en su acuerdo, donde declara sin lugar mi reclamación. Apelé, considerando la ilegitimidad de la vista oral, a la Dirección Provincial de Trabajo, la que anuló la vista realizada. Tuvo que realizarse una nueva vista, y aunque su conclusión fue declarar con lugar mi reclamación, el acuerdo final salió de nuevo con los mismos argumentos falsos y tergiversados, volví a quejarme, esta vez al OJL Municipal, finalmente el Acuerdo se ha revisado y se va a rectificar. Todo esto me ha demostrado la manipulación administrativa hacia el Órgano y dentro del Órgano. El trabajador siempre tiende a salir perdiendo, las quejas pueden llover, muchos se rinden, es agotador el proceso de reclamación. En mi caso el OJL del Oncológico ha mentido, siguió mintiendo, y no pasa nada, los cuadros y directivos están protegidos desde arriba, mientras que la lucha del trabajador por sus derechos es a camisa quitada y sin protección. Hay desvaloración en la ética y moral de muchos directivos. Ellos pueden, y seguirán pudiendo. Las quejas de los trabajadores llueven a todas las instancias. Mi caso no es único ni será el último. Mi caso demuestra hasta donde puede corromperse un OJL o algunos de sus miembros y hasta donde puede un trabajador ser afectado sin defensa ninguna. Y a pesar de mi situación, quién obliga a la Administración a indemnizar el prestigio del trabajador, el trabajador gana el pleito y la Administración queda en silencio, porque la Administración nunca puede perder, son los cuadros, son los militantes del partido, son los buenos, mientras que el trabajador es el eslabón más débil por donde siempre rompe la cadena.
    En resumen, hay que cuestionarse el papel del OJL, y esto entra en contradicción con el primer planteamiento de no cuestionarlo. Entonces para qué pueden servir los órganos de justicia laboral si muchas veces no hay justicia laboral, hay parcialización con la administración. Luchemos porque se haga cumplir el artículo 99 de la Constitución y porque los OJL cumplan cabalmente su misión que es la de hacer justicia.

    • El día que en Cuba, se establezca, que cada vez que a un trabajador o cuadro, se le otorgue CON LUGAR, a la reclamación referente a sanciones injustas y procesos viciados, al directivo responsable, le corresponde una sanción, por procesos indebidos, entonces “otro gallo cantaría”, y es que ahora, sancionan, el trabajador reclama, gana, pero a ellos no les pasa nada, y creo que tienen un día, que “pasarles la cuenta”, hasta que sea, ellos, los que queden separados definidamente de la entidad.
      yo soy victima de esos abusos, pero como es con un pez gordo, no me dan la razon

  12. Yo necesito una aclaración de dudas para un compañero mio que trabaja en el inder, a este se le subieron los calores en una reunión y abofeteo a un jefe, es primera vez que comete un delito en su trabajo por lo que su expediente esta muy limpio, ahora le piden 3 años para trabajar en el combinado del municipio como trabajador de mantenimiento, yo creo que fueron muy severos con el, si es su primer problema, quiero que alguien puede ser forista o algun periodista me pueda decir algo al respecto.

  13. Al movimiento sindical cubano le falta mucho, todavía existen secretarios que se deben incondicionalmente a las administraciones y hacen los que ellos indican, obviando la verdadera justicia.
    Yo no sé si todavía existe el reglamento de los Contingentes, yo tuve la oportunidad de trabajar en uno, y vi el procedimiento que se seguía para aplicar una medida disciplinaria a un trabajador, era muy democrático, todos los trabajadores del centro participaban en la decisión, observé, que cuando la administración llevaba los elementos claros y necesarios los trabajadores sin reserva alguna botaban a favor de la medida, pero a veces cuando no la llevaban o los trabajadores no estaban de acuerdo impedían la decisión de la administración, así es como debe ser y habrá menos reclamaciones al órgano de justicia laboral, eso es democracia.

    • Rondo, no se si existe el reglamento de contingentes, pero existe una ley 116 Código del trabajo y una ley 326 del reglamento código del trabajo. Igualmente se violan muchos artículos porque todo queda en manos de la administración y contra el trabajador. En el Instituto de Oncología pude corroborar como el OJL ha mentido en los Acuerdos emitidos, pude ver las evidencias escritas en el expediente de la causa, pude palpar como son transcritas al Acuerdo totalmente falsificadas y tergiversadas, por supuesto para perjudicar al trabajador y dar fuerza a los injustos y falsos argumentos administrativos. Así y todo, aunque lo demuestres, la injusticia pudiera seguir reinando porque la fuerza la tiene la administración, por tanto el trabajador queda sin defensa. Luego esa potestad de dar al OJL una autonomía que después queda inauditable, puede que supervisen los procedimientos, pero nadie supervisa lo escrito en los acuerdos, y ahí es donde puede venir lo peor y más perjudicial para el trabajador. Es una cruzada difícil para el trabajador, muchas veces víctima. Hay que luchar intensamente hasta ver por donde se hace una luz que permita la práctica del pensamiento martiano y el cumplimiento del código de ética de los cuadros del estado cubano, ese es el precepto de no mentir, de ser justos y facilitar la justicia. Ojalá los argumentos publicados en este foro sirvan de algo, porque hoy donde quiera hay injusticia con los trabajadores. El trabajo de muchos cuadros es deficiente e irresponsable.

    • Rondo, la experiencia vivida, crea en muchos escepticismo en cuanto al cumplimiento, incluso, del Art. 99 de la Constitución. Es la mayor de las leyes, pero si las que tocamos directamente, como la 116 y la 326 son sujetas a tantas violaciones, me preguntó: qué me esperará cuando reclame por el Art. 99 de la Constitución. Decías en tu planteamiento sobre la democracia, pero en realidad estamos lejos de que sea participativa. Hoy veo en este foro que se emiten juicios críticos en contra y a favor de alguos dirigentes que se mencionan sus nombres. Eso lo veo muy positivo. La transparencia es asi, a la gente y a las cosas hay que llamarlas por su nombre, para que no haya ambiguedad. Los hechos en los organismos, en las empresas, en las instituciones son cometidos por personas, entonces tienen sus nombres, y veo muy bien que se mencionen, porque son los responsables y a esos hay que pedir cuentas, y que respondan. No puede haber apañamiento ni protección. Los autores tienen que ser llamados y que respondan. Los trabajadores y el pueblo en general necesitan la información. La democracia no puede confundirse con autocracia. La democracia tiene que ser participativa. No puede estar ocurriendo una cosa e informándose otra. La mentira fuera, la injusticia fuera. Las leyes son orgánicas, no heterogéneas, no es posible que cada cual la aplique según crea, esas pregorrativas para las administraciones son excesivamente peligrosas para el trabajador y para el pueblo. El estado, y especialmente la CTC tendrá que prestar especial atención a esta situación. Somos trabajadores de una sociedad socialista, nadie tiene derecho a humillarnos. El estado y el partido tendrán que corregir las políticas de cuadros, los códigos vigentes, y sobre todo hacerlos cumplir cabalmente, auditarlos, sancionar el ejercicio arbitrario de los cargos que cometen muchos dirigentes, el tráfico de influencias. Los trabajadores tenemos que tener una puerta donde tocar y decir hasta cuando. Ya hemos y aun seguimos pasandola muy duro en muchas ocasiones. Y peor aun sin nadie o pocos que nos defiendan, la mayoría de las veces para defendernos solo tenemos a nuestros compañeros que la pasan igual o peor.

  14. Sancho, en nuestro paìs paga la cuota sindical el trabajador que se afilie al Sindicato el que no quiera pagarlo se combersa con el trabajador y si este renuncia al Sindicato no se afilia y punto; despuès saben que no pueden exigir nada.

    • como mi opinión tambien es negativa respecto al tema.. mejor ni argumento en el caso… ojala que antes que me retire cambie de opinión ,, gracias

  15. Rosario, es cierto que en varias Instituciones, Empresas u Organismos el Sindicato no funciona. Pero al Secretario General y al Secretario de las Secciones Sindicales lo eligen los propios trabajadores; tambièn hay que analizar al trabajador si Cumple su Compromiso Individual y Colectivo. El Sindicato está para apoyar al trabajador mientras este cumpla con sus funciones establecidas y no cometa indisciplinas laborales como Acaparamiento, entre otras que no son justificables dentro del mismo Centro Laboral.

    • Erika en mis 31 años de trabajo he visto a muchos jefes, hacer lo que les da la gana violando el Convenio Colectivo de trabajo y el Sindicato simplemente no ha hecho nada, cuando algun trabajor le sale al paso buscan la forma de hacerle la vida a ese trabajador.El acaparamiento, el lucro y las malversacion he visto que las han cometidos en el 99% los jefes.

  16. Cierto que los sindicatos son un objeto decorativo,eso todo el mundo lo sabe,pero no pagues la cuota sindical para que veas la que se te forma,a los que dirigen hay que mantenerlos obligados,se les ve robustos y distendidos,lo mas difícil es que habrá que esperar cuatro años mas para mandarlos a freír espárragos y así y todo,todos se pondrán de a cuerdo para seguir su plácida vida y ser » importante » eslabón»en el socialismo/sostenible,

  17. La verdad es que detrás de un extremista hay un oportunista, quien pone las Leyes pone las trampas. El MTSS juntamente con su comitiva de expertos no es nada igual a cuando estaba de Ministro el difunto Alfredo Morales Cartalla, en esa època el OJL, las masas PCC y CTC si funcionaban y respetaban los derechos de los trabajadores. Ahora en la actualidad con la Ministra Margarita todo a cambiado porque son los 1ros en Violar las Leyes y el Código de Trabajo achacandole la culpa a los subordinados para los jefes que son la máxima potestad quedar libre de culpas, evidencias, indisciplina laborables, entre otros temas a relucir. Para eso existen personas indicadas e investigar los fraudes y delitos porque sino lo hacen; les pregunto: Quièn le pone el Cascavel al Gato ???…

    • Isis te doy tgoda la razón. Los jefes hoy en día hacen un clan, mañana podrán convertirse en casta, y si se les siguen permitiendo todo, porque como son cuadros, militantes, confiables, etc, entonces seguirán minimizando el valor del trabajador, la confianza que pueda tenerse en el trabajador, y finalmente los jefes si seguimos como vamos terminarán convirtiéndose en una mafia administrativa que acabará con el estado y con el pueblo. Lo que está sucediendo hoy en día no se lo pudieron creer ni el Che, ni Lázaro Peña, ni Blas Roca, ni Jesús Menéndez, ni Raul Roa, y mucho menos José Martí.

  18. lo unico cierto que el sindicato solo es un objeto decorativo, son mucho los trabajadores que prefieren ni reclamar,en el 100% de los casos el SINDICATO esta del lado del trabajador.Especialista en decepcionar a la JUVENTUD si eso lo hacen bien.

  19. Es lamentable escuchar casos como el ejemplo que puso Alfonso,existen otros problemas que son cotidianos, como los procesos de disponibilidad en empresas con excelentes resultados,con mucha utilidad y eficiencia que están rediseñando su objeto de trabajo ,gracias a nuevas medidas que te dan margen para estas mejoras continuas en tu administración y aun asi dejan personas fuera de su puesto de trabajo.Muchos de estos disponible masa joven y de nivel superior,todo lo contrario a la politica de estado de tener cerca a esa juventud y trabajar con las canteras.Realmente el MTSS debe de salir del edificio de 23 y tocar con la mano el trabajo que desarrollan las Provincias.Verificar que estos procesos esten bien evidenciados de correctos balances de carga y capacidad y del respaldo conciente del Sindicato

  20. Alfonso,Eso demuestra el nulo poder y respeto que tienen lo OJL.cuando la administración viola impunemente las leyes y si carecen de pruebas los tribunales de justicia civil,alguien esta en la calle por haber cometido el delito,lo que por lógica no se puede cerrar el caso y a partir de ahí empezar nuevas investigaciones,pero la justicia cubana funciona como el viento,sopla para un lado y después se calma o cambia de dirección,alguien esta en la calle y no pagará, pero lo mas difícil e impugne es que esas dos personas estuvieran preso siete meses,fueran absueltos t nadie le indemnice los siete meses de salario,el que los acusa,quizás lo hizo/para proteger al/delincuente a propósito y eso también hay que investigarlo,pero esto demuestra que los tribunales en Cuba,no funcionan y si no funcional los tribunales de justicia civil ¿ con que apoyo van contar los TJL ?,

  21. -Donde se puedes consultar sobre este tema de los Organos de Justicia Laboral de Base?
    me puede ser interesante aclararme en ello

  22. Es de suma importancia que el Gobierno y la CTC Nacional tomen medidas al respecto en este tema. Pues le pongo un ejemplo que es real: En el mes de Febrero del año 2018 fueron detenidos bajo un proceso investigativo dos Choferes ciudanos cubanos del MTSS ( Chofer de la Ministra y el Chofer de la UAS ) ambos estando detenidos en un proceso investigativo en el CPVG le celebraron juicio Laboral; a los 7 meses estos reclusos fueron absueltos de Libertad Inmediata por falta de pruebas y no pudieron regresar a su puesto laboral por Orden de la Ministra Margarita ya que las máximas autoridades del MTSS violaron la Ley 206 del Codigo de Trabajo y Seguridad Social donde se plantea que bajo un proceso investigativo NO SE DEBE DAR LUGAR A UN JUICIO LABORAL a los trabajadores. El Sindicato está para apoyar al trabajador cuando lo amerite, no para ponerse de acuerdo con la Administración y tomar medidas inadecuadas. Es una pena que donde implanten las Leyes sean los primeros en violarla, si realizan una Auditoria con toda la de las Leyes en el MTSS muchas cosas saldrán a la Luz.

    • Alfonso la propia ley 116 Código del trabajo, y la 326 Reglamento tienen artículos que facilitan a las administraciones humillar al trabajador si se lo proponen. Esas cosas hay que luchar por cambiarlas porque muchas de ellas inhabilitan al trabajador para su defensa. Deja en manos de los jefes, muchas veces ineficientes y otras corruptos, la posibilidad de dañar el prestigio del trabajador, incluso de aplastarlo si se lo proponen. LOs OJL son tomados y manipulados por las administraciones. Tengo muy amarga experiencia en el Instituto de Oncología, y asi pasará en muchos lugares. Esperemos que de verdad sea atendido este terrible flagelo que tanto daño ha hecho a tantos trabajadores.

      • Si los OJLB estan integrados por compañeros que conozcan las legislacion laboral aunque sea someramente, no existieran problemas pero por Ejemplo en mi centro de trabajo direccion municipal de deportes en jesus menendez , Las Tunas el presidente del Organo no esta preparado para ejercer esta función y convierte al organo en un medio mas de la administración para sancionar trabajadores. Claro es culpa dd los mismos trabajadores que los eligen.Ud le hace una reclamación y ya mañana si investiga andan diciendo por el mpueblo que no hay razon, que por esta vida y por esta otra. ¿Que nivel de confiabilidad hay aquí?. Por otro lado no son bien asesorado por la dirección de trabajo en el municipio

      • Si los OJLB estan integrados por compañeros que conozcan las legislacion laboral aunque sea someramente, no existieran problemas pero por Ejemplo en mi centro de trabajo direccion municipal de deportes en jesus menendez , Las Tunas el presidente del Organo no esta preparado para ejercer esta función y convierte al organo en un medio mas de la administración para sancionar trabajadores. Claro es culpa d los mismos trabajadores que los eligen.Ud le hace una reclamación y ya mañana sin investigar andan diciendo por el pueblo que no hay razon, que por esta vida y por esta otra. ¿Que nivel de confiabilidad hay aquí?. Por otro lado no son bien asesorado por la dirección de trabajo en el municipio

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