La reciente incorporación a la Gaceta Oficial de la Ley 180 del Registro Civil, que entrará en pleno funcionamiento en septiembre próximo, permitirá a la población cubana acceder digitalmente a su información desde cualquier lugar del país, al existir una inter conexión eficaz y segura entre todos los asientos registrales.

Con su entrada en vigor se sustituyen definitivamente los libros físicos por un folio electrónico único en una base central de datos, se actualiza el marco jurídico vigente desde 1985, se logra mayor alineación con la Constitución de la República y el Código de las Familias, se integra la actividad registral con plataformas registrales del Estado y se refuerza la protección de los datos personales con restricciones inviolables para datos sensibles.
Cada persona contará con un folio que se inicia con su nacimiento y lo acompaña durante toda su vida, garantizando las inscripciones, anotaciones y cancelaciones de forma cronológica y avalando trazabilidad y seguridad jurídica, una ley robusta, más eficiente y centrada en las personas, según fue calificada en conferencia de prensa por especialistas del Ministerio de Justicia (Minjus).
La nueva ley garantiza la migración de datos del sistema anterior, interoperatividad con el registro de identidad y domicilio, el sistema nacional de salud y notarías y oficinas consulares.
Entre otros aspectos, cada cubano tiene garantizado su derecho al nombre y a la inscripción en 72 horas tras su nacimiento, acceso a la información registral, rectificación y actualización de datos, y tiene el deber de promover inscripciones, presentar la documentación necesaria, suministrar datos veraces y cooperar con el funcionamiento del Registro.
Rosabel Gamón Verde, ministra cubana de Justicia, precisó que se hace imprescindible el proceso de capacitación hasta la base, principalmente de los registradores, cuya labor es fundamental para llevar a feliz término las normativas de la ley.

