Pago por alto desempeño: Ni masivo ni permanente (Separata Economía)

Pago por alto desempeño: Ni masivo ni permanente (Separata Economía)

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Fidel Rendón Matienzo

En un escenario de economía de guerra como el que enfrenta hoy Cuba, tiene un valioso impacto el reconocimiento a quienes con sus innovaciones o aportes extraor­dinarios contribuyen a mantener, rescatar o incrementar los niveles de producción y servicios, o a re­solver puntualmente un problema de envergadura en sus centros.

Foto: Jorge Luis Sánchez Rivera

Para ello, como explicó a Tra­bajadores Guillermo Sarmiento Cabanas, director de Organiza­ción del Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), las empresas estata­les cuentan con sus mecanismos de estímulos y uno de estos es la distribución de utilidades, al con­cluir un período determinado.

“Cuando un trabajador o co­lectivo alcanza un resultado rele­vante o excepcional que repercute en el cumplimiento de la misión y objetivos específicos de la enti­dad, estamos ante un hecho de alto desempeño por el cual se les debe retribuir”, señaló el directivo.

El Decreto-Ley No. 34, de 2011, “Del sistema empresarial estatal cubano”, recoge en el Capítulo II que el pago por alto desempeño es un complemento al reconocimien­to moral que recibe un trabajador o colectivo laboral de forma excep­cional; y en ningún caso tiene ca­rácter permanente ni masivo.

“No puede tenerlos porque sencillamente estamos premiando hechos puntuales, presentes, por ejemplo, en los procesos de mejo­ra continua de cualquier actividad productiva o de servicio, incluso aquel que diseña, que está en un área de regulación y control de una empresa, o sea, los especialistas, los técnicos, los que no producen directamente pero también intro­ducen un logro, un beneficio para la entidad.

“En la televisión vemos repor­tajes de obreros que recuperaron una pieza o equipo de mucho va­lor o utilidad, de la misma forma que también me atrevo a afirmar que en Organizaciones Superiores de Dirección Empresarial como Tabacuba, con sus torcedores, y BioCubaFarma con sus investiga­dores, existen ejemplos de proezas de alto desempeño que influyen en los niveles de eficiencia”, subrayó Sarmiento.

Guillermo Sarmiento Cabanas, director de Organización del Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS). Foto: Fidel Rendón Matienzo

“La aprobación del estímulo se determina por el consejo de direc­ción de la empresa, con el parecer de la organización sindical y, re­pito, se aplica teniendo en cuenta cuánto impacta el hecho en cues­tión en el cumplimiento de los in­dicadores, metas y objetivos de la entidad, además de medirse la pro­ductividad del trabajo, la calidad, la satisfacción del cliente, la inno­vación y otros aspectos de interés”. Guillermo Sarmiento Cabanas, director de Organización del Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), señaló como principales características del pago por alto desempeño, las siguientes:

a) Puede ser otorgado por única vez o por el período de tiempo que se determine, de acuerdo con el alcance del hecho;

b) la cuantía a pagar está en correspondencia con las posibilidades económico-financieras de la empresa, siempre que se obtengan utilidades de manera acumulada;

c) constituye salario a todos los efectos legales y no se incluye en la base de cálculo para el pago por rendimiento;

d) en el acuerdo que se adopte para su aprobación, se fundamentan las características del hecho considerado como alto desempeño, y se precisan la cuantía a otorgar y el período que abarca su retribución.

Sarmiento aclara que para la concesión de ese pago adicional la administración, de conjunto con la organización sindical, elabora el reglamento correspondiente.

Al pedirle algunas cifras en torno a la aplicación a nivel de país del pago por alto desempeño, el experto recalcó que se trata de una facultad de las empresas, cuya aplicación debe ser meticulosamente evaluada.

“Un muestreo en el 2023 en 549 entidades reveló que se beneficiaron alrededor del 3 % de los trabajadores, expresión del carácter selectivo, excepcional y no masivo de este tipo de estímulo, pero en honor a la verdad también consideramos que ese porcentaje refleja cuán bajo es aún su uso.

“De lo que sí estamos convencidos es que puede ser una buena herramienta en manos de toda empresa estatal cubana, siempre y cuando lo aplique con justeza, con la cuantía monetaria adecuada y tan pronto ocurra el hecho relevante, en reconocimiento a sus protagonistas”.

 

Premio a las proezas

La empresa agroindustrial Ciro Redondo contabilizó al cierre de septiembre pasado más de 37 millones 792 mil pesos de ganancias, el 108.4 % de lo planificado. Sin embargo, ninguno de los obreros entrevistados conoce el pago por alto desempeño (PAD) de la empresa.  Ver más

Desempeño alto, pago bajito

Juanita Perdomo Larezada

“¿Que puedo pagarle por alto des­empeño a un anirista? ¿Quién lo dice?, ¿dónde está escrito? Bueno, me entero con usted, no lo sabía…”, dijo aquel director matancero, un poco sorprendido, un poco apena­do, mientras admitía tener utili­dades acumuladas para aplicarlo, e innovadores y racionalizadores para merecerlo.

Precisamente en predios yu­murinos, un análisis en el Secre­tariado del Comité Provincial de la Central de Trabajadores de Cuba llamaba la atención sobre el hecho de que al cierre del primer semestre del 2025 solo distribuyeron por este concepto en el Aeropuerto Interna­cional Juan Gualberto Gómez, en ARCOS Varadero, de la construc­ción, y en la central termoeléctrica Antonio Guiteras.

A ese trío de ases en el manejo de su población laboral se limitó el pago por alto desempeño hasta ese período, y esto contrasta con otras 57 entidades que repartieron uti­lidades, y desaprovecharon así la oportunidad de congratular a los suyos.

Los números, al menos en esta occidental provincia, dibujan una distancia marcada entre lo dis­puesto en la sección segunda del capítulo I del Decreto Ley 34 del 2021 sobre el pago por alto desem­peño, y su comportamiento empre­sas adentro.

No se trata solo de un asunto cuantitativo, ojalá lo fuera. Que a estas alturas haya poco uso de la alternativa resulta cuando menos preocupante porque eso podría estar determinado por desconoci­miento, desidia o por una subes­timación del incentivo económico oportuno y real, como la mejor de­fensa al derecho humano de una re­muneración justa y su probado im­pacto en lo productivo, en el clima laboral y en el compromiso con la entidad.

Mientras buscaba algunos datos para este comentario, el director de una importante empresa insistía en que nadie lo puede obligar a me­ter las manos en los bolsillos para recurrir a una opción de este tipo, cuando la “gente salía muy bien con los montos de las utilidades”.

Y aunque es cierto que ello es facultad de los directivos, la pala­bra final la tiene el consejo de di­rección, incluido el criterio de la organización sindical, no siempre preparada ni dispuesta a cues­tionar si el momento lo exige, o a promover que se tenga en cuenta el referido estímulo, si lo permitieran las condiciones económicas y finan­cieras.

Concebidos estos pagos para re­conocer la contribución excepcional en la producción y los servicios de un trabajador o brigada, un factor en contra de su generalización está en la pobre capacidad negociadora de los sindicatos para que la opción se refrende en el Convenio Colecti­vo de Trabajo, y especialmente en reglamentos.

En el centro laboral, donde se crea la riqueza, la organización debe hacer valer sus facultades, no para regalar dinero, sino para honrar a quienes lo merezcan, por una vez, o las veces acordadas. No hacerlo, supone esa pérdida de cre­dibilidad resultante de faltar a la representación como mandato fun­dacional.

La posibilidad de percibir in­gresos coherentes con el aporte in­dividual, la puso el Estado cubano en manos de los directivos del sec­tor empresarial, cuando comenzó a soltar amarras, a descentralizar, a conceder autonomía. Y lo hizo pen­sando en el logro de entidades efi­cientes, competitivas y en esa rela­ción cada vez más cercana que debe haber entre las categorías empleo y salario.

En una Cuba sostenida sobre el heroísmo cotidiano de sus trabaja­dores es casi una afrenta soslayar la postura del tornero que salvó la fábrica, del mecánico que echó a andar la termoeléctrica, del que puso la guagua a funcionar, del que evitó el desastre tecnológico o el robo de la materia prima…

Los altos desempeños siempre están ahí. Para verlos hay que con­trolar, medir, ponerse a su altura, y reverenciarlos.

 

Un legítimo derecho

Enrique Cisneros Morris*

Son varias las medidas aproba­das para dar facultades a la em­presa estatal socialista las cua­les buscan el reconocimiento del trabajo individual y de los colec­tivos, que como resultado de sus esfuerzos pueden ser estimula­dos de forma material, pero no siempre son bien aprovechadas. Es el caso del pago por el alto desempeño (PAD).

Como plantea el Decreto Ley 34 del 2021 el PAD es un comple­mento a la distinción moral que recibe un trabajador o colectivo laboral de forma excepcional y debe ser aprobado por el con­sejo de dirección de la empre­sa, a partir del reglamento que, de conjunto con la organización sindical, se elabora para su dis­tribución.

En ese documento se deben fijar y fundamentar las caracte­rísticas de los hechos considera­dos merecedores de ese reconoci­miento, precisándose la cuantía a otorgar y el período que abarca su retribución.

En ocasiones ha existido en colectivos, trabajadores y en no pocos empleadores, desconoci­miento de que este pago puede ser otorgado por única vez o por el período de tiempo que se de­termine, de acuerdo con las ca­racterísticas del hecho. Es im­portante que se realice de forma oportuna para que realmente re­conozca el resultado y el aporte realizado por ellos a la eficiencia de sus entidades.

La cantidad a pagar se plas­ma en el reglamento y estará siempre en correspondencia con las posibilidades económico-fi­nancieras de la empresa, siempre que se obtengan utilidades de manera acumulada.

Aun cuando se planifica a partir de estas últimas, consti­tuye salario a todos los efectos legales, pero no se incluye en la base de cálculo para el pago por rendimiento a partir de los sistemas establecidos en las en­tidades.

No obstante las posibilidades que brinda esta modalidad, dis­ta de ser de las más implemen­tadas. Unas veces por falta de conocimiento, y en otras porque ha existido acomodamiento a aplicar solo los sistemas de pago aprobados, o se conforman con la distribución de las utilidades que, si bien pueden ser efectivas, no son las únicas que contribu­yen al incremento de los ingresos de los trabajadores, tan necesa­rios en los momentos que vive el país.

Falta información veraz y efectiva al momento de realizar una evaluación de un tema tan importante como este. Existen sectores como el empresarial de las Fuerzas Armadas Revolucio­narias, el Ministerio del Interior, BioCubaFarma, la Unión Eléc­trica, entre otros, que han ido empleando el pago por alto des­empeño, pero son excepciones para una norma que es de apli­cación general.

Otros sectores como el co­mercio, la gastronomía y los ser­vicios, la agricultura, el trans­porte, azucarero, industrias y construcción lo han ejecutado, en menor medida, como una vía para reconocer a los trabajado­res y colectivos que se destacan, a pesar de las dificultades que enfrentan sus entidades.

El sindicato tiene dentro de sus desafíos, el de contribuir al despertar y crecimiento de la empresa estatal socialista. Cuen­ta con facultades para, de con­junto con la administración, lo­grar mayor producción de bienes y servicios necesarios en interés de la economía y la población. Exigir que se cumplan todas las medidas establecidas con ese objetivo es una forma de repre­sentar los legítimos derechos de afiliados y trabajadores.

* Jefe de Departamento de OTS y empleo de la CTC

 

 

¡Y llegó el mercado cambiario!

Joel García

Desde el pasado 18 de di­ciembre el Banco Central de Cuba entró al juego. Y no precisamente de pelota, sino al económico de un mercado cambiario que hasta ese mo­mento había tenido solo un protagonista, una platafor­ma digital que especulaba a su antojo a partir de una metodología nada científica.

Foto: Tomado de Cubadebate

Es cierto que empezó alto. Pues 410 es un valor que pocos (salvo los dueños de negocios y algunos vin­culados al sistema empre­sarial más eficiente), hoy se pueden dar el lujo de entrar­le de lleno para comprar los 100 USD que cada persona natural puede adquirir en cada operación.

Eso sí, seguridad, cero estafas y un valor más cer­cano a la real inflación del país se dan la mano, con la esperanza para los menos favorecidos de que esa tasa flotante baje con el decursar de los días, semanas y meses (este domingo bajó a 408).

En el caso de las formas de gestión no estatal que no tenían acceso legal a la com­pra de divisas, se ha explica­do que podrán hacerlo ahora al mercado oficial a través de sus bancos comerciales, sin necesidad de efectivos, sino con transacciones desde sus cuentas fiscales, esas que muchas veces están vacías por no querer aceptar trans­ferencias a sus clientes.

Estos actores económi­cos podrán comprar divisas hasta un 50 % del promedio de los ingresos brutos de la cuenta fiscal en el último trimestre. Y parece muy jus­to que así sea, pues de po­ner cuantía fija se afectaría a quienes más actividades e ingresos puedan tener y necesiten más divisas parareaprovisionarse.

Queda también algo inte­resante en este juego (que rei­tero no es de nueve entradas y se define en el día a día) y es la posibilidad de que las empre­sas exportadoras y aquellas que generan divisas desde sus cuentas bancarias pueden ac­ceder a este mercado cambia­rio, lo cual les permitirá in­gresar una mayor cantidad de pesos cubanos por cada dólar generado y ofrecerá mejores condiciones para pagar sa­larios, realizar inversiones y cubrir gastos en CUP.

Nada es mágico, ni de gol­pe y porrazo se eliminará el mercado informal, porque las divisas frescas son necesarias para muchas cosas, incluido un viaje personal al exterior.

Pero algo sí parece evi­dente. Lo implementado po­tencia al sector exportador, que es el generador de divisas que permitirá al país contar con mayores ingresos en la Caja Central para sostener las necesidades básicas de la población.

Sabemos que quedan mu­chas dudas: que si será posible sostenerlo en el tiempo, cuál es el papel hacia el futuro de las tarjetas MLC a las que se les promete recuperar valor, por solo mencionar dos inte­rrogantes llegadas a nuestra redacción. De momento, el Banco Central de Cuba entró al juego. Y cuando se entra es para ganar.

 

 Ejercicio Nacional de Control de Precios

El Ministerio de Finanzas y Precios realizó recientemente un Ejercicio Nacional de Control de Precios, con el objetivo de verificar el cumplimiento de las disposiciones vigentes y en­frentar las ilegalidades en el comercio minorista, precisó la institución desde sus redes sociales.

La inspección detectó violaciones de los precios concer­tados por las administraciones locales y de los establecidos en la Resolución 225/2023 del titular del organismo, además de irregularidades en pizarras informativas, normas higiénico-sanitarias y uso de pasarelas de pago.

Se identificaron cuentas bancarias inmovilizadas y el ejerci­cio ilegal del trabajo por cuenta propia, según informó la entidad.

En total se realizaron 8 mil 263 inspecciones, de las cuales 5 mil 359 centros resultaron violadores.

Se aplicaron 5 mil 583 multas, de ellas mil 451 amparadas en el Decreto 30 y 380 en el Decreto Ley 91, con un importe general de 18 millones 728 mil pesos.

Entre las medidas adoptadas se registraron 42 decomisos, 482 ventas forzosas, 89 cierres de establecimientos y 305 en­frentamientos a actividades ilegales.

El ejercicio se integró a la estrategia nacional de pre­vención y enfrentamiento al delito, la corrupción y las indis­ciplinas sociales y reforzó la disciplina económica en el país. (Tomado de la ACN)

 

Novedades de Transfermóvil

Transfermóvil, la principal plataforma de pagos móviles en el país, ha desplegado una nueva actualización de su aplicación que amplía la cartera de servicios bancarios digitales dispo­nibles para la población.

La versión V.1.251210 consolida la integración con el Ban­co Metropolitano (Banmet) a través del módulo MiTurno. La principal novedad de esta actualización radica en la incorpo­ración de una amplia gama de gestiones del Banmet al siste­ma de gestión de turnos MiTurno.

Los clientes de dicha institución bancaria podrán ahora solicitar, cambiar de fecha, eliminar y consultar turnos para diversos trámites directamente desde la aplicación Transfer­móvil o desde el monedero móvil MiTransfer, sin necesidad de desplazarse inicialmente a una sucursal.

Entre los servicios incluidos se encuentran: la apertura o traslado de cuentas de ahorro; la solicitud de certificacio­nes o estados de cuenta; la gestión relacionada con créditos (solicitud, ampliación o traslado, incluyendo los vinculados a la Ley General de la Vivienda); la solicitud de cheques de ge­rencia; la obtención de título de propiedad; y operaciones de caja y extracciones.

También se suman trámites para pagos a beneficiarios y herederos, la contratación del servicio de Telebanca o reim­presión de PIN, y la solicitud de certificaciones de adeudos y operaciones recibidas. (Tomado de Agenda Económica, Cubadebate)

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