El Ministerio de Finanzas y Precios aprobó el miércoles 7 de octubre, nuevas medidas tributarias dirigidas a favorecer a las empresas de Industrias Locales y talleres que contratan personas en situación de discapacidad, según la Resolución 201/2026 publicada en la Gaceta Oficial.
El texto establece que dichas entidades podrán deducir el 150 % de los gastos por salarios y contribuciones a la seguridad social en el cálculo del Impuesto sobre utilidades. Asimismo, se fija un tipo impositivo del 30 % para el aporte por rendimiento de la Inversión Estatal.
En cuanto a los trabajadores, la normativa dispone que quienes se encuentren en situación de discapacidad incrementen en un 50 % el mínimo exento aplicable al Impuesto sobre los Ingresos Personales.
Otro aspecto relevante es la exención del pago de impuestos sobre ventas y servicios para los actores económicos que comercialicen insumos y materias primas de forma mayorista a estas empresas y talleres. Estos deberán reflejar de manera diferenciada dichas operaciones en su contabilidad.
La Resolución, firmada por el ministro Vladimir Regueiro Ale, subraya que la Oficina Nacional de Administración Tributaria será la encargada de establecer los mecanismos de control para garantizar la correcta aplicación de los beneficios. El documento señala que las disposiciones entran en vigor a partir de su publicación oficial.
“Aprobar a las empresas de Industrias Locales y a los talleres que contratan personas en situación de discapacidad, la deducción del ciento cincuenta por ciento (150 %) de los gastos por concepto de pago de salarios y contribuciones a la seguridad social”, reconoció la norma.
Este tipo de medidas refuerza las transformaciones económicas en curso y busca incentivar la inclusión laboral de personas en situación de discapacidad, al tiempo que ofrece estímulos fiscales a los actores económicos vinculados.
