El fallo errado de un Órgano de Justicia Laboral. Los ardides de una administración. La frustración tras la sentencia judicial y el incumplimiento del deber de representación del sindicato a una trabajadora ante la sanción excesiva, conformaron la sinopsis del reportaje publicado por este periódico el 9 de septiembre del 2024.

Desde entonces, se esperaba una respuesta de la unidad empresarial de base de Seguridad y Protección (Seproc) en Morón, y de su dirección provincial en Ciego de Ávila, acerca de las sanciones y la reparación de daños y perjuicios a Oneida Vega Santo, exempleada de dicha unidad.
El conflicto en síntesis
La compañera le entregó la guardia al custodio entrante 10 minutos antes de la hora requerida, en un área de la bioeléctrica, del municipio avileño de Ciro Redondo, a la cual le brindaba servicios Seproc.
Una funcionaria de esa agencia de vigilancia consideró el hecho como una indisciplina grave e informó el incidente y la dirección administrativa aplicó el descuento del 25 por ciento del salario básico mensual y estableció la etapa de rehabilitación por un año.
Unas tras otras reclamaciones la empleada solicitó que le realizaran el pago de haberes dejados de percibir.
El empleador comunicó que le fue reintegrado el dinero de la multa del 25 por ciento del salario básico de un mes y la remuneración por los resultados finales del trabajo correspondiente a enero del 2024.
En tanto, el Tribunal Provincial Popular de Ciego de Ávila, al valorar las inconformidades de la reclamante y la entidad demandada, estimó que la recurrente fue resarcida hasta donde le competía, por ende, se encuentra la sentencia ejecutada que incluyó –modificar la medida inicial de multa del salario por la de amonestación pública–, al no asistirle el derecho a recibir el estímulo salarial del período reclamado ante el Tribunal Municipal de Morón, en el 2025.
Por tanto, nuestro reportaje fue válido, pues por una indisciplina que no constituyó abandono del puesto de trabajo y un incidente que no dañó la imagen de la bioeléctrica ni la misión social de Seproc, el litigio no debió haber trascendido más allá del Órgano de Justicia Laboral.
Pudo habérsele evitado a una mujer el régimen excesivo de guardias nocturnas y la ubicación en complejas posiciones de vigilancia fuera de su terruño, dado el éxodo masivo de custodios, entre otros procederes insólitos que condujeron a Oneida a pedir la baja del centro laboral.
Acerca del autor
Licenciado en Comunicación Social. Economista y periodista. Escribe sobre asuntos económicos, agropecuarios, de la construcción y la cultura. Multipremiado en concursos de periodismo, festivales de la radio y otros eventos. Atesora las distinciones Félix Elmuza y Raúl Gomez García, los sellos Laureado y 50 aniversario del periódico Trabajadores, y la Moneda Conmemorativa 60 aniversario de la UPEC.


