La Asamblea Nacional del Poder Popular aprobó este miércoles la derogación de la Ley 183, del 18 de diciembre de 2025, que establecía de manera excepcional la reducción del actual periodo de mandato de los delegados a las asambleas municipales del Poder Popular de cinco a cuatro años.
Durante la sesión, el diputado José Luis Toledo Santander explicó que la decisión responde a la compleja situación económica y social que atraviesa el país, la cual aconseja no realizar en estos momentos un proceso electoral y concentrar los esfuerzos y recursos en otros procesos vitales para la defensa y sostenimiento de la Revolución.
Toledo Santander recordó que la Ley 183 había sido aprobada con el objetivo de ajustar los cronogramas electorales, luego de que la Constitución de la República extendiera a cinco años los mandatos de los delegados y diputados. La reducción excepcional del mandato de los representantes municipales permitiría establecer un margen de tiempo adecuado entre las elecciones de delegados a las asambleas municipales y las elecciones generales.
El diputado explicó que esta separación resultaba necesaria porque corresponde a las asambleas municipales participar en la nominación de candidatos a diputados, a partir de lo cual se desarrolla un proceso que incluye el trabajo de las comisiones de candidaturas y la organización de los recorridos electorales por parte de las comisiones electorales.
Sin embargo, precisó que la posibilidad prevista en la Ley Electoral no pudo aplicarse en el momento establecido debido a la situación generada por la pandemia de la COVID-19, que impactó al país y modificó las condiciones para desarrollar ese proceso.
“Hoy nuestro país atraviesa un escenario muy complejo que aconseja la no realización de unas elecciones en estos momentos y concentrarnos en la materialización de otros procesos vitales”, señaló.
El diputado indicó que la propuesta aprobada consiste en derogar la Ley 183 y mantener el periodo constitucional de cinco años para los actuales delegados municipales, de manera que el próximo año se desarrollen las elecciones generales correspondientes, tanto de delegados como de diputados.
Toledo Santander también explicó el procedimiento legislativo empleado para esta decisión. Señaló que, al tratarse la Ley 183 de una norma vinculada con un derecho constitucional, específicamente el derecho de los ciudadanos a participar en la conformación del Estado, recogido en el artículo 80 de la Constitución, correspondía realizar su derogación mediante otra ley.
Asimismo, argumentó que, conforme a los principios establecidos en el artículo 263 de la Ley 131 de 2019, Ley de Organización y Funcionamiento de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado de la República de Cuba, no resultaba pertinente modificar o derogar esta disposición mediante otro tipo de norma, sino a través de una ley derogatoria.