El Capitán de la Clase Obrera cubana, Lázaro Peña, aseveró: “La asamblea es el sindicato y su calidad condiciona el trabajo del sindicato. Es el vehículo para ejercer el derecho individual de cada trabajador y colectivo, en la adopción de acuerdos, estrategias, vías y medidas en beneficio del colectivo laboral”.

Sobre su preparación apuntó: “Sin asamblea general no hay democracia y sin democracia la dirección se aísla de las masas. Sin asamblea general no tienen los trabajadores dónde debatir sobre sus ideas, peticiones o inconformidades”.
En las tesis del XIII Congreso de la Central de Trabajadores de Cuba (CTC), 1973, quedaron establecidas las formas en las que el movimiento sindical debe intervenir en la gestión administrativa y estatal, por ejemplo, en la identificación de las reservas para solucionar problemas que impiden elevar los resultados, así como en las propuestas de iniciativas y experiencias útiles.
El Comandante en Jefe Fidel Castro Ruz, en la clausura del citado cónclave, sentenció: “Esto hace realidad un viejo anhelo revolucionario de darles a los trabajadores organizados el máximo de participación en la gestión económica, como le corresponde en un proceso socialista”. No obstante, la implementación práctica de esas disposiciones continúa siendo un desafío.
La situación actual
La Constitución de la República de Cuba, refrenda en su artículo 20: “Los trabajadores participan en los procesos de planificación, regulación, gestión y control de la economía”. Similares derechos son ratificados en el Código del Trabajo, por citar las principales leyes de la sociedad y laboral del país.
Eso implica que la asamblea cobra máxima importancia tanto para la organización sindical como para lograr el armónico trabajo de la administración y el colectivo.
Asimismo, como parte de la institucionalización se han puesto en vigor de manera sistemática, normas jurídicas de distintos rangos, de las cuales un número significativo impacta en los colectivos y sus integrantes. La tan ansiada autonomía es una realidad con la que tenemos que convivir, para la cual hay que prepararse, con el deber y el compromiso de avanzar.
Es cada vez más frecuente que las decisiones esenciales y las facultades para su aplicación se materialicen a nivel de base; y para ello se ha otorgado mayor participación a la organización sindical y a la asamblea de afiliados.
Cada sindicato nacional tiene la responsabilidad de elaborar y actualizar su reglamento para la realización de las asambleas de afiliados y trabajadores, y también contribuir a la elaboración de un orden del día que motive la asistencia, con el objetivo de convertir la reunión en un escenario atractivo, en el que se analicen asuntos primordiales de la entidad y el colectivo como son los sistemas de pago, la distribución de utilidades, la estimulación y los compromisos para aumentar la producción y los servicios.
La implementación de la Resolución 146 de la Contraloría General de la República, sobre la Metodología para la Rendición de Cuenta Administrativa a los Trabajadores debe constituir aspecto de análisis en dicho escenario.
*Miembro de la Comisión Organizadora del 22 Congreso de la CTC.

