La práctica histórica cubana, tal y como la reflejan los estatutos, confirma que por sección sindical se entiende el conjunto de todos los afiliados, sin cuya presencia no pudiéramos concebir la existencia del sindicato.
La sección sindical es, por tanto, nuestra razón de ser, y constituye el eslabón crucial y principal de nuestra cadena estructural.
Para que la sección sindical sea fuerte es necesario que su dirección, o sea, su secretariado ejecutivo y cada uno de sus integrantes desempeñen de manera eficaz su papel como representantes y dirigentes de todos los afiliados, y que gocen de la autoridad y prestigio justificadamente alcanzados por su meritoria labor como trabajadores y por su ejecutoria transparente, clasista y de principio, como dirigentes sindicales, que los conviertan en legítimos y auténticos líderes del colectivo.
Cuando priorizamos su atención contribuimos al fortalecimiento del movimiento sindical en su conjunto y a elevar su protagonismo.
¿Cómo es la estructura de las organizaciones sindicales de base?
La estructura estará en dependencia del número de afiliados y de las características del centro o área de trabajo de que se trate:
a) Sección sindical básica.
b) Sección sindical territorial.
c) Buró sindical de centro de trabajo.
d) Buró sindical mixto.
e) Buró sindical extraterritorial.
f) Buró sindical especial.
- Sección sindical básica: se constituye en un solo centro o área de trabajo, con 10 o más afiliados.
- Sección sindical territorial: puede organizarse en el municipio, con afiliados de dos o más centros o áreas de trabajo de un mismo sindicato.
- Buró sindical de centro de trabajo: se subordina al organismo inmediato superior del sindicato y al Comité Municipal de la CTC.
- Buró sindical mixto: agrupa organizaciones sindicales de base de diferentes sindicatos. Su constitución será aprobada por los sindicatos nacionales correspondientes, en consulta con el Secretariado Nacional de la CTC.
- Buró sindical extraterritorial: es aquel que agrupa a burós y secciones sindicales de una misma entidad en más de un municipio, de un mismo sindicato y provincia. Su constitución será aprobada por el Secretariado Nacional de la CTC a propuesta del sindicato nacional correspondiente.
- Buró sindical especial: agrupa a burós sindicales de una o varias entidades o actividad dentro de un mismo municipio. Su constitución será aprobada por el Secretariado Nacional de la CTC a propuesta del sindicato nacional.
La correcta distribución de los cargos y el hecho de que cada miembro del secretariado ejecutivo domine adecuadamente el contenido que atiende y esté preparado para enfrentar con éxito su responsabilidad, constituyen hoy un propósito de primer orden.
Los Estatutos de la CTC aprobados en el XXI Congreso refieren en su artículo 20 que el número de integrantes del secretariado ejecutivo de la sección sindical es de tres o cinco miembros. Las responsabilidades de las tareas se establecerán de acuerdo con las características de cada colectivo y también de sus dirigentes, a fin de aprovechar las capacidades demostradas por cada uno de ellos.
Las responsabilidades y tareas son las siguientes:
1.- Secretario general.
2.- Organización y finanzas.
3.- Emulación, estimulación y trabajo voluntario.
4.- Asuntos laborales y sociales (atiende seguridad y salud en el trabajo).
5.- Organización del trabajo, la eficiencia y los salarios.
6.- Convenios Colectivos de Trabajo.
7.- Educación y propaganda (atiende cultura, deporte y recreación).
En los próximos trabajos pondremos a su disposición, de manera continuada, el contenido y las tareas generales de los miembros del secretariado ejecutivo de las secciones sindicales, para ser utilizados por las organizaciones de base en la preparación y capacitación de sus dirigentes.