“¿Que puedo pagarle por alto desempeño a un anirista? ¿Quién lo dice?, ¿dónde está escrito? Bueno, me entero con usted, no lo sabía…”, dijo aquel director matancero, un poco sorprendido, un poco apenado, mientras admitía tener utilidades acumuladas para aplicarlo, e innovadores y racionalizadores para merecerlo.
Precisamente en predios yumurinos, un análisis en el Secretariado del Comité Provincial de la Central de Trabajadores de Cuba llamaba la atención sobre el hecho de que al cierre del primer semestre del 2025 solo distribuyeron por este concepto en el Aeropuerto Internacional Juan Gualberto Gómez, en ARCOS Varadero, de la construcción, y en la central termoeléctrica Antonio Guiteras.
A ese trío de ases en el manejo de su población laboral se limitó el pago por alto desempeño hasta ese período, y esto contrasta con otras 57 entidades que repartieron utilidades, y desaprovecharon así la oportunidad de congratular a los suyos.
Los números, al menos en esta occidental provincia, dibujan una distancia marcada entre lo dispuesto en la sección segunda del capítulo I del Decreto Ley 34 del 2021 sobre el pago por alto desempeño, y su comportamiento empresas adentro.
No se trata solo de un asunto cuantitativo, ojalá lo fuera. Que a estas alturas haya poco uso de la alternativa resulta cuando menos preocupante porque eso podría estar determinado por desconocimiento, desidia o por una subestimación del incentivo económico oportuno y real, como la mejor defensa al derecho humano de una remuneración justa y su probado impacto en lo productivo, en el clima laboral y en el compromiso con la entidad.
Mientras buscaba algunos datos para este comentario, el director de una importante empresa insistía en que nadie lo puede obligar a meter las manos en los bolsillos para recurrir a una opción de este tipo, cuando la “gente salía muy bien con los montos de las utilidades”.
Y aunque es cierto que ello es facultad de los directivos, la palabra final la tiene el consejo de dirección, incluido el criterio de la organización sindical, no siempre preparada ni dispuesta a cuestionar si el momento lo exige, o a promover que se tenga en cuenta el referido estímulo, si lo permitieran las condiciones económicas y financieras.
Concebidos estos pagos para reconocer la contribución excepcional en la producción y los servicios de un trabajador o brigada, un factor en contra de su generalización está en la pobre capacidad negociadora de los sindicatos para que la opción se refrende en el Convenio Colectivo de Trabajo, y especialmente en reglamentos.
En el centro laboral, donde se crea la riqueza, la organización debe hacer valer sus facultades, no para regalar dinero, sino para honrar a quienes lo merezcan, por una vez, o las veces acordadas. No hacerlo, supone esa pérdida de credibilidad resultante de faltar a la representación como mandato fundacional.
La posibilidad de percibir ingresos coherentes con el aporte individual, la puso el Estado cubano en manos de los directivos del sector empresarial, cuando comenzó a soltar amarras, a descentralizar, a conceder autonomía. Y lo hizo pensando en el logro de entidades eficientes, competitivas y en esa relación cada vez más cercana que debe haber entre las categorías empleo y salario.
En una Cuba sostenida sobre el heroísmo cotidiano de sus trabajadores es casi una afrenta soslayar la postura del tornero que salvó la fábrica, del mecánico que echó a andar la termoeléctrica, del que puso la guagua a funcionar, del que evitó el desastre tecnológico o el robo de la materia prima…
Los altos desempeños siempre están ahí. Para verlos hay que controlar, medir, ponerse a su altura, y reverenciarlos.