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Otra mirada a las relaciones laborales

Entre los aportes de investiga­dores y sociedades científicas al Anteproyecto del Código de Tra­bajo que los colectivos laborales discutirán a partir de septiembre próximo, está la propuesta sobre cómo cumplir, con­trolar y medir en las organizaciones un de­recho que establece la Constitución de la República de 2019: la participación de las personas trabajadoras en los procesos de planificación, regulación, gestión y control de la economía.

Así lo consideró Guillermo Ferriol Mo­lina, presidente de la Sociedad Cubana de Derecho del Trabajo y de Seguridad Social de la Unión Nacional de Juristas de Cuba (UNJC), con quien pudimos abordar los aspectos más notables del ya inminente proceso de consulta con todos los trabaja­dores.

Para el destacado especialista el escena­rio laboral cubano “se ha modificado sus­tancialmente” desde que en el 2013 se apro­bara el Código de Trabajo aún vigente. “Hoy los empleadores, las personas trabajadoras, sus organizaciones, no tienen exactamen­te las mismas características y condiciones que en aquel año. Por tanto, encontrarán en la ley que se proyecta un mejor y mayor fun­damento para su actuar en los nuevos esce­narios económicos”.

Además de ese objetivo de adecuar la legislación a la realidad económica y labo­ral del país, así como a lo dispuesto en la carta magna y en los convenios emitidos por la Organización Internacional del Tra­bajo (OIT), Ferriol Molina destacó que el Código en elaboración servirá igualmente para contribuir al mejor desarrollo de las relaciones laborales, a una mayor protec­ción de los derechos de las personas traba­jadoras y al establecimiento de las debidas responsabilidades de los sujetos laborales, en los diferentes y ya no tan homogéneos escenarios económicos”.

Mencionó entre los cambios la intro­ducción del principio constitucional del empleo digno, el modo de acceso a los ór­ganos judiciales y prejudiciales ante con­flictos de trabajo, la presencia de nuevos sujetos que establecen relaciones labora­les, como las mipymes o los proyectos de desarrollo local; las modificaciones en el funcionamiento de las empresas estatales y unidades presupuestadas, cooperativas agropecuarias y no agropecuarias, empre­sas con inversión extranjera, o el trabajo por cuenta propia.

También apuntó hacia el desarrollo de nuevos conceptos o prácticas, como el traba­jo a distancia y el teletrabajo; o el reconoci­miento de la seguridad y salud en el trabajo como un derecho fundamental.

“El Derecho del Trabajo contribuye a organizar las labores e influir sobre sus re­sultados, en todo tipo de organización, en cualquier momento o bajo cualquier circuns­tancia, mediante disposiciones sobre organi­zación del trabajo, organización del salario, régimen de trabajo y descanso, remuneración del trabajo, disciplina, participación, entre otros. De ahí, que el Anteproyecto proponga una nueva mirada a las relaciones labora­les”. valoró el jurista.

 

¿Un Código científico?

En la ley que se proyecta hay un mejor y mayor fundamento para el actuar en los nuevos escenarios económicos, aseguró Guillermo Ferriol Molina. Foto: Tomada de Latam Gremial

Ferriol Molina, para quien la elaboración de este Anteproyecto “ha sido una importante responsabilidad compartida y, por supuesto, disfrutada”, recordó que en el mundo del tra­bajo confluyen distintas materias, jurídicas y no jurídicas, dado su amplio espectro y su diversa naturaleza, lo cual concede mayor re­levancia al papel de los investigadores y las sociedades científicas.

“Desde las ciencias y la investigación no solo se ha fundamentado lo que se proyecta, sino también ha permitido incluir en el do­cumento los resultados de estudios, de expe­riencias prácticas, de conocimiento colectivo, que le han dotado de una sistemática signi­ficativa, si bien el análisis en los colectivos laborales contribuirá, aún más, a su perfeccio­namiento”, añadió.

Ejemplos de estos estudios lo han sido el análisis de aquellas disposiciones normativas que deben perfeccionarse, para continuar in­centivando la protección de los derechos labo­rales, las responsabilidades de quienes inter­vienen en los procesos, así como la promoción y necesaria eficiencia en el trabajo.

Igualmente se prevén aspectos que es­tablecen iguales derechos para todas las personas trabajadoras, con independencia del sector y las formas de gestión en las que laboren; y se ha realizado un análisis pormenorizado de los aproximadamente 90 Convenios de la OIT ratificados por Cuba, y que deben encontrar fundamento en nuestra legislación.

Explicó Ferriol Molina que han sido es­tudiados Códigos o leyes laborales de varios países para conocer qué se debe regular o no en el Anteproyecto, considerando la natura­leza, particularidades y condiciones del sis­tema social y laboral cubano. “Por supuesto, se mantienen los derechos fundamentales en el trabajo establecidos en el vigente Código, para no incurrir en regresión o disminución de esos derechos, como ha ocurrido en otras naciones.

“En esencia —planteó— se propone un Anteproyecto que responde a las condiciones actuales del mundo del trabajo en Cuba, con sus nuevos y no tan nuevos sujetos económi­cos y laborales”.

Entre los aspectos que pudieran resultar polémicos, el especialista citó los principios generales del Derecho del Trabajo, cuya de­finición puede ser objeto de inquietudes o de necesidad de mayor explicación para su de­bido conocimiento y aplicación; así como la definición de iguales derechos para todas las personas trabajadoras, con independencia del sector y las formas de gestión en las que la­boran, “pues hoy no siempre se aprecia así”, agregó.

Las diferencias en el procedimiento para la solución de los conflictos o reclamacio­nes, según el sector o tipo de organización; el cambio previsto en la edad laboral; los tipos de contratos que se proponen; los límites de la jornada de trabajo en el pluriempleo; son otros aspectos que pudieran centrar los de­bates.

“Varias consideraciones pueden surgir en los análisis que se inician en septiembre; es­tas, seguramente, enriquecerán el Antepro­yecto. Experiencias positivas de estos proce­sos ya existen”.

“Tenemos una alta responsabilidad, que se hace cada vez mayor, en su estudio, inter­pretación y cumplimiento; ya que la mayor cantidad de operadores del Derecho del Tra­bajo no son juristas. Esta disciplina jurídica hoy se hace más transversal y significativa en el desarrollo del país; pues toda proyec­ción económica o social debe tener para su cumplimiento una adecuada instrumenta­ción y regulación desde el Derecho del Tra­bajo”, significó.

 

Juristas en el análisis del Anteproyecto

  • La Sociedad Cubana de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social, y las otras so­ciedades científicas que integran la UNJC, prevén el acompañamiento a los colectivos laborales, a los empleadores, a sus organizaciones, a los delegados y diputados de las Asambleas del Poder Popular, en el estudio y análisis del Anteproyecto, a fin de ex­plicar y esclarecer inquietudes.
  • Los juristas continuarán el estudio individual y colectivo del documento para apor­tar valoraciones que lo perfeccionen. Muchos juristas han intervenido en su redac­ción y en los procesos previos de consulta especializada.
  • Lo más importante de su participación como juristas se iniciará una vez aprobado el nuevo Código de Trabajo.
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