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Decreto 87 repercute en producción y salarios

Decreto no. 87: ¿Oxígeno para el salario?


La administración y el sindicato de la empresa estatal socialista tienen la obligación de crear las condiciones para elevar la eficiencia y con ello aplicar la facultad que se le ha dado a la entidad de establecer una organización salarial que beneficie más a los trabajadores. La crudeza de los tiempos no admite demoras

 

El consejo que Armando Martínez Nariño repite como matraca a su hijo también lo asume para sí: “No te rindas, mañana será mejor”.

Desde su puesto como tornero en la Empresa Conformadora 30 de Noviembre, en Santiago de Cuba, Armando tiene las esperanzas puestas en que se incremente su salario, actualmente de unos escasos 3 mil 580 pesos mensuales.

 

Desde su puesto de tornero en la empresa 30 de Noviembre, Armando Martínez Nariño aspira a que el Decreto 87 oxigene su deprimida economía. Foto: Betty Beatón

 

“El chamaco está en la Universidad de Guantánamo, en Ingeniería Forestal, tengo que ayudarlo con alguito de dinero, eso significa que junto a mi esposa —que gana menos que yo— me aprieto el cinto a más no poder; pero me toca animar al muchacho para que no deje los estudios…”.

Este obrero, con 32 años de trabajo en la misma industria, tiene alta expectativa con la aplicación de la Decreto no. 87/2023, el cual “ratifica la facultad del sistema empresarial estatal para establecer de forma descentralizada la organización del sistema salarial de los trabajadores”.

Según comenta, en su centro laboral se procura aplicarlo con celeridad, “en otras empresas cercanas a esta ya lo hacen y se gana bien, aquí, por ahora, lo que han hecho es explicarnos, la administración y el sindicato, lo que debe suceder en unos meses, ojalá se dé, de lo contrario ahorita aquí no queda nadie”.

Sin lugar a dudas es notable la ausencia de quienes ya no laboran en la Conformadora 30 de Noviembre, una industria fundada por el Che en el año 1964 y dedicada, entre otras cuestiones, a la fabricación de puntillas, tornillos, tuercas, arandelas, piezas fundidas, cubiertos de mesa, estructuras y recipientes metálicos.

Gricela Salazar Ávila sí conoce el número preciso, desde su desempeño como directora de Capital Humano no solo contabiliza las bajas ocurridas en el 2023, sino que evalúa, de conjunto con los demás integrantes del consejo de dirección, las estrategias para aplicar el Decreto, aún en medio de las complejas condiciones materiales y financieras que enfrentan.

Requisitos ineludibles

En una entrevista reciente, Guillermo Sarmiento Cabañas, director de Organización del Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), señaló que para garantizar la transparencia y la participación de los trabajadores, la organización del sistema salarial de la empresa deberá ser aprobada por el máximo responsable de la entidad, previa evaluación del consejo de dirección y de común acuerdo con el sindicato. Esta aprobación se discutirá en la asamblea general de afiliados y de trabajadores y se incluirá en el Convenio Colectivo de Trabajo.

“El sindicato es tan responsable como la administración de la aplicación del Decreto 87”, enfatizó Enrique Cisneros Morris, jefe del Departamento de Asuntos Económicos de la CTC, al evaluar el cumplimiento de la mencionada norma.

En reciente análisis del Secretariado Nacional de la CTC se hizo énfasis en la implementación del Decreto, cuyo objetivo no es solamente oxigenar el salario sino contribuir al incremento de los niveles productivos y de eficiencia, a partir de una mejor gestión de los recursos humanos lo que por supuesto repercute en mayores ingresos.

Apela a las cifras contenidas en el informe para explicar cuántas entidades hacen uso de esa facultad: ya son 626 y abarcan a más de 540 mil trabajadores, el 39 % del total en el sistema empresarial estatal.

Cisneros Morris insistió en que la base para poder aplicar la nueva legislación es un correcto estudio de la organización del trabajo en cada empresa, que tenga en cuenta los recursos económicos, financieros y laborales disponibles para el cumplimiento del plan.

Por eso la implementación de este nuevo sistema de retribución salarial debe ser gradual, ya que es preciso crear las condiciones necesarias y de ellas dependerá su avance.

El rigor en el proceso de planificación resulta esencial para que una empresa se acoja al Decreto 87, recalca, y ese paso está condicionado a cuatro indicadores esenciales, no planificar pérdidas, no disminuir en sus utilidades en relación con el año precedente, ni deteriorar su aporte por el rendimiento de la inversión estatal o el pago de dividendos a los socios y crecer en la productividad del trabajo en mayor proporción que el salario medio.

 

La información oportuna sobre el comportamiento de los principales indicadores productivos es imprescindible para motivar al colectivo en Muebles Ludema. Foto: Jorge Pérez Cruz

Dificultades en la aplicación

“No es posible planificar con lo que no se tiene, hay que hacerlo con los pies en la tierra”, opinó el funcionario al referirse a las dificultades que ha enfrentado un grupo de empresas que ya se rigen por esa legislación. Acude de nuevo a los datos del análisis hecho por el Secretariado de la CTC: son varias las que incumplieron con la productividad del trabajo, no alcanzaron las utilidades previstas o reportaron pérdidas económicas.

Otro problema sobre el cual alerta Cisneros Morris es la materialización correcta del principio de empezar por estimular salarialmente a los obreros con los ingresos más bajos, y no a directivos y otro personal indirecto a la producción. “De lo contrario, el efecto es contrario a lo que se quiere lograr”, apuntó.

Al respecto, llama la atención que en no todas las que se encuentran bajo la sombrilla del Decreto 87 el salario medio mensual es superior a la media del sistema empresarial en el país, lo cual indica que todavía no se consiguen los resultados para lo cual se concibió, de que haya mayores ingresos para impulsar la producción.

 

 

No obstante estas primeras contrariedades, desde la aplicación del Decreto 87, son más las que han podido distribuir utilidades, lo cual incrementó el ingreso medio mensual a más de 290 mil trabajadores, con un 20 % más de lo que recibe el sistema empresarial en su totalidad.

“Los resultados que muestra la implementación de las facultades en cuanto a los indicadores económicos productivos son positivos”, reconoció la CTC, aunque se insiste en continuar el perfeccionamiento de su aplicación.

Cuando el terreno es infértil

La implementación del Decreto 87 tiene en Las Tunas un terreno infértil. Así lo afirma Danuris Ortiz Velázquez, miembro del Secretariado Provincial de la CTC, y fundamenta su tesis: “Al cierre del mes de septiembre son varias las empresas del territorio que tienen pérdidas en su gestión o que pagan sin respaldo productivo”.

Explica que esas condiciones impiden a las administraciones asumir las prerrogativas que les otorga ese cuerpo legal que promueve la eficiencia y podría mejorar sustancialmente los ingresos y la salud económica de sus entidades. Por ese motivo, actualmente solo 17 empresas reúnen los requisitos que establece el citado cuerpo legal y lo aplican cuyos beneficios alcanzan a alrededor de 5 mil trabajadores, de una plantilla general de más de 105 mil, argumenta la dirigente sindical.

Beneficios que se hacen sentir

A pesar de los inconvenientes antes explicados, en la tunera unidad empresarial de base (UEB) Muebles Ludema andan de plácemes, tanto los trabajadores directos como los indirectos, porque han visto incrementados sus ingresos, “como un reconocimiento que los estimula a laborar con más calidad y a hacer de cada meta un empeño colectivo”, en lo que coinciden el ingeniero Olmedo Rojas Ching, el director, e Isabel Tamayo Batista, especialista en el área de Capital Humano.

 

El contacto perenne con los trabajadores es práctica en Muebles Ludema. Foto: Jorge Pérez Cruz

 

Rojas Ching defiende con pasión esas oportunidades que brinda el Estado al quehacer empresarial y se declara como defensor del principio que interrelaciona plan y compromiso, “porque no se trata solo de cumplir los valores, algo puede lograrse mediante el incremento de los precios, sino de coronar cada meta productiva en unidades físicas”.

En tanto, Luis Cruz Ortiz, secretario general del buró sindical, asegura que son tangibles los beneficios y la inyección de entusiasmo a los trabajadores “que siempre han dado lo mejor de sí en cada tarea acometida sin mirar días ni horas, pero ahora con el consenso de las direcciones administrativa y sindical, y la aprobación en la asamblea de afiliados esos resultados se recompensan”, enfatiza.

De esos beneficios da cuenta Aydée Sánchez Duarte, operaria ebanista del taller de acabado, “antes de aplicar el Decreto mi salario rondaba los 7 mil u 8 mil pesos y ahora está entre los 12 y los 16 mil, y cuando pagan junto a las utilidades he alcanzado hasta 19 mil”, confirma y significa que el trabajo es fuerte, “porque los muebles pesan y sus terminaciones son muy complejas, pero los ingresos estimulan”.

Igual de motivada anda Tania Hernández Guerra, especialista de Capital Humano: “El Decreto 53 no incluía a los trabajadores indirectos, pero con la modificación que le hace el Decreto 87 todos estamos dentro del sistema y ganamos en correspondencia con nuestros aportes”, agradece y declara que en estos momentos su salario tiene un incremento de alrededor de 3 mil 500 pesos.

La experiencia de la Industria Nacional Productora de Utensilios Domésticos (INPUD) de Villa Clara deja claras las ventajas del Decreto 87, que tiene incluida una escala salarial que superó la anterior, de 3 mil subió a cerca de 8 mil, y además se logró establecer el pago por resultados y por la permanencia del puesto de trabajo.

Juan Manuel Márquez, secretario general del buró sindical de esta industria insigne del territorio villaclareño, considera que esta norma “ha sido beneficiosa, mejora el salario, aporta motivaciones y potencia la productividad”, precisó.

En la provincia 30 centros laborales tienen experiencias positivas, entre estos la empresa eléctrica, Cupet, Onure, Planta Mecánica, gases industriales, Ecoing 25 y la industria de materiales.

 

La empresa GasCuba es una de las entidades santiagueras que aplica el Decreto 87 con buenos resultados para sus trabajadores. Foto: Betty Beatón

 

“Es necesario que el sindicato realice una evaluación periódica del impacto de esta medida, para que se cumplan los objetivos previstos”, afirmó Maribis González Lara, miembro del Secretariado Provincial de la CTC.

Sin darse por vencidos

A lo mejor para el año que viene les llega la buena —como dice la canción— a Armando, el tornero de la Conformadora 30 de Noviembre y a sus compañeros.

La directora de Capital Humano Gricela Salazar está consciente de que para poder implementar el Decreto hay que cumplir con los requisitos establecidos “en lo fundamental relacionados con la situación económico-financiera, que en realidad no alcanzamos en estos momentos pues todavía nos estamos recuperando de lo vivido en los años 2021 y 2022.

“Ya en este año —valora— con la búsqueda constante de alternativas, se hace visible en la proyección del plan del 2024 que estemos entre las entidades del Grupo Empresarial de la Industria Sideromecánica que aplican el Decreto 87 a partir del mes de enero.

“Estamos en vías de categorizar la entidad como empresa innovadora, y en el diseño de cargos, así como de calificadores propios, empeñados en que todo quede ordenado porque vemos en el Decreto un camino para avanzar”.

Ramón Lagar Lagar, secretario general del buró sindical, en el que se aglutinan 308 afiliados, también lo asume como tabla salvadora.

“Es que las personas necesitan mejorar el salario que hoy no alcanza para casi nada, nuestra gente sí tiene sentido de pertenencia, imagínese que el promedio de edad aquí es de 52 años, y se baten por cumplir las tareas de todo tipo que le asignan, pero la vida está dura y está cara, contra esa realidad se vienen abajo muchas cosas.

“Hay confianza en que para enero llegue un respiro con este cuerpo legal, ahí está la motivación mayor”.

No es solo una esperanza de mejoramiento. De acuerdo con el artículo 27 de la Constitución de la República la empresa estatal socialista es el sujeto principal de la economía nacional. Dispone de autonomía en su administración y gestión; y desempeña el papel principal en la producción de bienes y servicios. Se trata con esa medida legal de ponerla en el lugar que le corresponde, lo que significa hacerla eficiente y que los trabajadores se sientan justamente remunerados por el aporte que realizan para hacerla cada vez mejor.

 

Lamentablemente la implementación del Decreto 87 no depende siempre de la actitud de los trabajadores como ocurre en la Empresa de Mantenimiento Vial y Construcciones, de Las Tunas, porque reajustes en el plan de su principal proveedor impide que su colectivo reciba los beneficios de ese cuerpo legal. Foto: Ángel Chimeno Pérez

 

Ello contribuirá además a evitar el éxodo a otras formas de gestión, porque entre los propósitos del Decreto está lograr que los actores económicos interactúen en condiciones similares. Tal es el desafío en tiempos difíciles, la bocanada de oxígeno que ayudará a que nuestra economía respire a tono con lo establecido en el modelo de desarrollo cubano.

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