“Luego de un minucioso análisis por una comisión y en intercambio con los cooperativistas y la Junta Directiva de la UBPC se acordó dejar sin efecto la medida de separación definitiva.
“En su lugar, aplicar la medida de traslado temporal a otra plaza de menor remuneración o calificación en condiciones laborales distintas por un término de seis meses, a partir de las irregularidades que el reclamante presentó en el cumplimiento de sus tareas y las indisciplinas cometidas, las cuales él reconoce”.