Aclaran dudas sobre jubilación

Aclaran dudas sobre jubilación

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Benito Rey González, de la Dirección de Pensiones del Instituto Nacional de Seguridad Social (Inass) da respuesta a la lectora Ana María González Juliá, quien escribió a Buzón Abierto para pedir información acerca de su pensión.

inass
Imagen: Tomada de Radio Rebelde

“En atención a la compañera que solicita se le esclarezca el cálculo de la cuantía de la pensión, teniendo en cuenta sus 61 años y 37 de tiempo de servicio, le informamos:

“La Ley 105 De Seguridad Social, del 27 de diciembre del 2008, establece que la cuantía de la pensión se fija en el 60 % si acredita hasta 30 años de servicios y por cada año en exceso se incrementa la pensión en un 2 por ciento.

“Así puede alcanzar hasta el 90 % del salario promedio mensual, calculado con los cinco mejores salarios devengados de los últimos 15 años naturales anteriores a la solicitud de la pensión.

“Por su parte, el Decreto Ley no. 18, Del Procedimiento Transitorio para el Cálculo de Pensiones y Subsidios de la Seguridad Social estipula que, para el cálculo de las pensiones por edad, durante los cuatro años siguientes al de la reforma integral de salarios, pensiones y prestaciones de la asistencia social, se considera el promedio de los ingresos devengados a partir del primer año de aplicada la medida de la manera siguiente:

“En el segundo año, es decir, en el 2022, se tiene en cuenta el salario devengado en los 12 meses anteriores a la solicitud de la pensión, o sea en el año 2021.

 

Ilustración: Martirena

“No obstante a lo anterior, si al presentar la solicitud de pensión en el año 2022 se comprueba que el cálculo está formado por los cinco mejores salarios dentro de los últimos 15 años anteriores a la Reforma de los Salarios y las Pensiones le resulta más beneficioso, se le tramita una Disposición Especial Quinta al amparo de la Ley 105 de Seguridad Social del 27 de diciembre del 2008.

“Es por esta vía que le respondemos a Ana María González Juliá por no contar con su dirección particular”.

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79 comentarios en Aclaran dudas sobre jubilación

  1. buenos dias; necesito que se aclare bien si el jubilado del 2022 con la escala salarial del reordenamiento monetario en ese momento no se tenía en cuenta las antigüedades docentes y sus categorización; en este sentido no incluye en el cálculo del pensionado porque estaba en estudio y en éste sentido ahora en el 2024 se aprueba. me explicó que se recomienda hacer para que se ajuste lo aprobados en Gaceta su pensión? muchas gracias en edpeta de su atenciones.

  2. Buenas tardes yo llevo dirigiendo 20 años actualmente tengo 59 años y fui renovada de mi puesto de trabajo en una dirección donde me desempeñaba como directora a 9 meses de mi jubilación los motivos para el cambio fueron para ubicar a la persona que estaba anteriormente porque la ley 132 la amparada yo no tengo inconveniente mi preocupación es que con esta decisión fui ubicada en otra plaza con inferior salario por lo que necesito saber si hay alguna ley que me ampare para mantener el salario que devengaba en mi anterior plaza en los meses que me quedan

  3. Pienso que a partir de aplicada la resolución 53 donde se ajusto el salario correcto de los trabajadores según la complejidad de su cargo ,se debe seguir la trazabilidad a la hora de realizar el calculo de la jubilación y no incluir el 2021 para el calculo de salario promedio mensual ,lo cual encarece la cuantía del jubilado desproporcionadamente.se debe tener en cuenta el promedio del 2023 entre los 12 meses que devengo el salario por la 53 por el % de años trabajados.

  4. Muy agradecido por la inmediatez y las (2) vi’as empleadas para responder a mi inquietud, no con su completamiento que solo atrae hacia la descripcio’n de las normas regulatorias-muy entendibles-.
    No hay referencia a Organizacio’n o Funcionario debidamente instruido y responsabilizado con el tra’mite.
    En el intervalo de tiempo que medió entre mi carta-base y el completamiento de las respuestas por el Organismo Nacional INASS, acudí-para agilizar-a la estructura homóloga en esta provincia. Las ambigüedades y respuestas viciadas se multiplicaron.
    Se me reconocieron (22) años de trabajo como civil; la fecha de te’rmino de mi vi’nculo laboral, siempre como contrato indeterminado en febrero de 2022; me aseguraron fecha de completamiento del tra’mite, (20 de noviembre de 2022) y cifra de incremento a recibir como aumento para «la Conjunta» MININT.
    Despue’s de ello fueron varios los «va y ven» que, finalmente y sin la debida argumentacio’n, ( el Funcionario reconoció su aptitud solo para realizar cálculos) el 28 de diciembre del recie’n concluido 2022, se me impuso la devolucio’n del Expediente; con escueta nota manuscrita que considere’ (con lo’gico desconcierto) necesario exigir y la sentencia: » No le toca el incremento «.
    Las palabras, no fueron nunca agresivas. El obrar, funesto.
    Los errores de procedimientos por las Organizaciones responsables, son evidentes.
    Los (22) años reconocidos; lo regulado por la Ley 105 de Seguridad Social y por el Decreto Ley 40 a que se refieren, considero siguen soportando mi reclamación.

  5. Saludos
    Actualmente estoy en los trámites para presentar solicitud de jubilación por edad(66 años) y 44 de trabajo hasta diciembre de 2022.
    Necesito aclaración sobre 2 asuntos:
    1. ¿ En la actualidad (enero 2023) están detenidos los trámites de jubilación? ¿ Cuál es la causa?
    2. Cómo saber el cálculo a realizar para conocer el monto de la jubilación de quienes se jubilan en el 2023?
    Gracias

  6. Presente para jubilarme el 04/01/22 me hicieron la entrevista el 06/12/22,es correcto
    quisiera que me digan si hay alguien en Cuba que tenga ese tiempo y porque

  7. Puedo solicitar que me trámite N una Disposición Especial Quinta inciso c)si tengo 63 años y estoy de certificado médico y no he podido operarme por no haber recursos en el hospital

  8. Soy pensionado del MININT, con 35 años de servicio y llevo laborando en la vida civil, 18 años, además tengo 72 años de edad, Pregunta, que debo hacer para incrementar mi chequera de pensionado del MININT en la actualidad y si hay alguna resolución nueva que derogue los 20 años de trabajo después de jubilado del MININT.

    Gracias por su intención.

      • hola; me jubile cumpliendo mis 60 años en el 2023 con el reordenamiento salarial; en este sentido se estaba ananalizando el pago de los años de servicios docentes y categorías; hoy actualmente se va a empezar a pagar.¿tengo derecho a que se reformular mi pensión ya que trabaje 39 anos? En espera de su respuesta.

  9. Buenas tardes, quisiera que se me aclare, soy pensionado del MININT con una Invalidez Parcial Permanente, porque razón, no se me tuvo en cuenta y se recalculo la pensión, tomando como base los años de servicios prestados, el grado militar y el cargo. Actualmente devengo la pensión mínima 1528 pesos.

  10. Recibo pensio’n por tiempo de servicios en el MININT. Ma’s de (65) años de edad.
    Post jubilacio’n y hasta febrero del presente año, he trabajado (21) años como civil contando con toda la acreditación en regla y, en mi poder.
    He recibido respuestas ambi’guas al acudir a varias instancias facultadas del municipio y la provincia de origen en bu’squeda de orientación que solucione mi intere’s-ajustado a derecho-: «Incremento del monto de la pensio’n que disfruto por tiempo adicional trabajado»,(despue’s de jubilado).
    Pregunto: ¿ A quie’n acudir para definir y proceder ?.

  11. Soy pensionado del MININT, con 28 años de servicio y llevo laborando en la vida civil, 16 años, ademas tengo 63 años de edad, Pregunta, Puedo jubilarme a los 65 años?, con que por ciento y si no, cuantos años mas dedo trabajar, para jubilarme y con que por ciento, que debo hacer para incrementar mi chequera de pensionado del MININT.

  12. Cumplí 60 años el 18-5-2022
    Tengo 39 años de trabajo,con los problemas q hay para conseguir trabajo estatal,,,
    Me incorpore a cuenta propia en noviembre del 2021
    En abril de 2022 estoy de asistente a domicilio,estatal
    Me podre jubilar,,,no les parece que no hay diferencia entre trabajo estatal y
    trabajo por cuenta propia,porque modifican tanto,al final nos perjudican a muchos,,no creen que es suficiente que aumentaron a 30 años de trabajo y 60 de edad las mujeres,,,que estamos ya confrontando problemas de salud, además el estado no tiene trabajo en las empresas estatales con jubilados contratados,y no dan oportunidad a los q necesitan jubilarse,además pq modifican los requisitos con mas años en el sector no estatal,,piensen q es un trabajo,,por eso la gente se resiste a esa modalidad y nadie se da cuenta,,piensen por favor.

  13. Necesito que el compañero Benito INASS_MTSS me explique la razón por la que a los artistas que solicitamos la jubilación en este año sólo se nos tuvo en cuenta los aportes a la Seguridad social del 2021 y sólo un 60% de la escala máxima cuando hemos aportado miles de pesos desde que se estableció ese sistema de aportes, por otra parte la ley establece que se tome en cuenta el 60% de los primeros 30 años trabajados y se incrementa un 2% por cada año de mas,esa parte no se tuvo en cuenta para nada,por esa razón hemos salido perjudicados y con una pensión de 2400.00 CUP o menos. Necesito una respuesta porque creo que no se hizo un cálculo adecuado por parte de la INASS del municipio de Cienfuegos.

  14. Después de más de diez años sin vínculo laboral tengo un contrato a prueba por seis meses de los cuales llevo dos.
    Tengo 62 años de edad y más de 20 años de servicio.
    Quiero saber cuándo puedo pedir mi pensión extraordinaria por edad.

  15. hola, tengo 66 años y 38 años de trabajo es cierto que si no me jubilo este año soy perjudicada en la pension? o sea por ejemplo mi salaries es 3410, 76% seria 2591.60, , si me jubilo despues del 2022 saldria perjudicada? por favor respondeme a mi hospital reds1955@hosped.cfg.sld.cu
    me siento fuerte y no quisiera irme pero si me perjudica me vere obligada? gracias

  16. Soy profesor jubilado desde 2016 y recontratado, mi jubilación es de 2150 pesos y aun continuo trabajando. ¿Sera que no puedo tener un incremento en la jubilación?.

  17. Dos preguntas:
    1- porque no ponen nuevamente la edad de jubilación a los 55 años para la mujer, no es justo que tenga poca edad para disfrutar de ella.
    2- que pasa si decidí presentar la jubilación con 58 años de edad y 20 de trabajo?, si a ello se le suma que vivo con un hermano con esquizofrenia paranoide.

    Gracias

  18. Tengo 57 años y 38 de trabajo tengo que esperar obligatoriamente a los 60 para jubilarme. Ya con este tiempo tengo el monto requerido de aporte que se solicitan.

  19. Quedé disponible ahora el primero de abril del 2022 y el 6 de junio cumplo 59 años,no hay para reubicarme, me preocupa mi jubilacion el año que viene.¿Que debo hacer?

  20. Tengo una preocupación y es el hecho del por qué si los hombres para jubilarse con el 90% del salario deben tener 65 años de edad y 45 de servicio, las mujeres deban tener también 45 años de servicio, si su edad de jubilación es a los 60 años? Pienso que no es justo, estamos hablando de igualdad de genero y además hay una generación que nos tocó realizar 4 años de secundaria, 3 de pre-universitario 5 de Universiadad, nos graduamos con 24 años de edad, tendriamos que trabajar hasta los 69 años para llegar al 90%, espero me aclaren esta preocupación Gracias .

      • Por favor necesito respuesta a la duda que envié el 29 de marzo y que ratifiqué el 5 de abril y esta es la fecha que aún no he recibido respuesta, por favor

  21. El periódico trabajadores es una gran prensa y responde casi siempre a las inquietudes de los trabajadores y sus conocimientos de actualidades.

    ¿Porque si hay alrededor de 45 comentarios sobre jubilación no nos responden?. ¿Hay algún tiempo establecido para estas respuestas?

    Mis comentarios son del 8 y 15 de marzo. Hasta el momento sin respuesta.

  22. Necesito saber cuales son los pasos para realizar el calculo de las pensiones que sean presentadas en este año con cierre 2021. Se que se toma el salario devengado en el 2021, claro si tiene 30 años se le aplica el 60% y si es mas de este se le aplica el 2% por cada año por encima de 30 años hasta el 90%. Pero quisiera saber que despues de estos, cuales son los pasos a seguir hasta obtener el monto a devengar, ya que tengo duda con el monto que le dijeron a mi esposo que iba a devengar.

  23. comentarios en Aclaran dudas sobre jubilación:

    Hice comentarios el 8/03/2022 y el 15/03/2022.

    No he recibido respuesta. Es tan difícil responder o no les interesa a los compañeros responder.

  24. estube viviendo fuera de cuba trabaje en cuba mas de 35 años tengos 69 años edad que tengo que hacer para solicitar jubilacion mi expediente esta ministerio trabajo provincial ciudad habana

  25. necesito q me aclaren una duda en el mes de junio cumplo 60 año de edad y 38 año de trabajo me dicen que tengo q trabajar hasta diciempre para q me contablises el año ,pero si me jubilo en 2023 ya no cojo los veneficio del 2022 yo quiera saber si me jubilo en julio de este año puedo jubilarme con el 90% de mi salario tengos mis dudas espero su ayuda

  26. Espero respuesta a mi comentario del día 8 de marzo que dice:

    Estoy jubilado desde junio del 2016 y fui contratado en una plaza fija en el mes de febrero del 2018. Mi pregunta es referida a mi futura jubilación y si puedo renunciar a mi jubilación actual, reintegrar el dinero por la jubilación recibida y jubilarme por el actual salario que devengo.
    Deben considerar que desempeño una plaza fija actualmente.

  27. Hola,tengo una duda y necesito respuesta,tengo 53 años,soy profesora de secundaria básica,a.los 38 años me dio un infarto cerebral,y continué trabajando después de 4 años ,me recuperé un poco,y comencé a trabajar hasta la actualidad, ahora lo que necesito saber es como me puedo retirar,pues no puedo más, todos los días con dolores de cabeza y muchas problemas de salud o sea bajo rendimiento,por favor,como me pueden orientar.saludos afectuosos.

  28. Los trabajadores del sector de la cultura que deseamos la jubilacio por tener la edad,más de 30 años de trabajo y haber liquidado el aporte a la seguridad social no podemos lograr este derecho porque no están recibiendo expedientes de nuestro sector, nadie nos da una explicación y una fecha para iniciar el proceso, necesitamos una respuesta.

  29. Yo soy del año 1954, me jubilé con 65 años, porque esperé el nuevo cálculo de la nueva Ley de jubilación, Trabajaba en ETECSA en el departamento de Economía, soy Licenciado y tengo 48 años de trabajo continuo. Mi jubilación se calculó para $1636.00, con el nuevo incremento de los $1528.00 como mínimo, se elevó a $3100., como es posible que dos años mas tarde una persona se jubile que er5a mi compañera de trabajo, técnico medio y con solo 30 años de trabajo y le sale el cálculo en $5000 solo porque se hizo un nuevo cálculo y un aumento de salario y porqué no me reajustan otro incremento son $2000 pesos de diferencia en solo dos años, solo porque están inventando nuevos cálculos, y dónde quedan mis 48 años, mi misión internacionalista mis movilizaciones y mis estudios universitarios. Qué pasa, el que salió del sistema ya no cuenta, pues mire que la vida está muy cara y ahora debeo volver a trabajar, qué es esto. Quisiera poder debatir este tema. Gracias.

  30. Estoy jubilado desde junio del 2016 y fui contratado en una plaza fija en el mes de febrero del 2018. Mi pregunta es referida a mi futura jubilación y es si puedo renunciar a mi jubilación actual, reintegrar el dinero por la jubilación recibida y jubilarme por el actual salario que devengo.

  31. Buenas, necesito asesoramiento en el caso de mi madre, ella es jubilada y cuando mi padre falleció le aumentaron la pensión por quedar viuda, pero con el reordenamiento eso no sucedió y esta cobrando lo mismo que cualquier otro jubilado, necesito saber como solucionar este problema

  32. En la provincia de sancti spiritus, municipio del mismo nombre, hice mi solicitud desde inicios de enero de 2022 y termina febrero y no me jubilan. Qué pasa ? O es que este es el reino del burocratismo

  33. Buenas tardes. Recientemente fui a jubilarme y no salí satisfecha con el cálculo hecho x el INASS de Plaza pues pienso no se me aplicó lo que establece el Decreto Ley 18 del 2020 sobre el nuevo cálculo, es decir tomar el promedio del 2021 que en mi caso serían 5541.93 pues tenía un monto de 65000.00 y pico. Bueno la cuestión es que como tengo 60 años y 31 años de trabajo cogieron este promedio y al sacar el 62% en vez de beneficiarme me perjudican y eso no debe ser pues como bien se explica en estas consultas y en el Decreto el trabajador puede decidir x cuál resolución le conviene jubilarse. En resumen creo que las informaciones a los jubilados no han sido claras y me da x pensar que ha habido una capacitación inadecuada del personal de estas instituciones que en definitiva están para una mejor orientación al trabajador.

  34. Existe un reclamo de los formamos parte del Destacamento Pedagógico “Manuel Ascunce Domenech” en los primeros 5 Contingentes del mismo y que mientras éramos estudiantes en una sesión en nuestras filiales, en la otra sesión éramos los profesores en las ESBEC con toda la carga, tareas y responsabilidades de un profesor reconocido cómo tal y con un salario mientras nosotros recibíamos un estipendio. No se ha querido tener en cuenta el momento histórico que se vivió en esos momentos ni la respuesta que dió en aquellos momentos aquella juventud y lo que significó lograr llevar adelante la cruzada y desarrollo del sistema educacional en nuestro país. Sólo reclamamos que se consideren esos cinco años para la jubilación, qué se tengan cuenta como años de servicios. Ya muchos estamos jubilados y otros aún continúan. El MTSS y el gobierno de nuestro país, el sindicato de trabajadores de la educación y los ministerios de educación debieran de reconocer ese reclamo y aceptar no en palabras, sino en hecho y conceder y tener en cuenta esos cinco años que reclamamos. Hay suficiente elementos para que se acepte ya de una vez.

  35. Hola y buenas tardes, necesito conocer si con 63 años cumplidos el 30 de Noviembre de 2021 y con más de 42 años de trabajo puedo trámitar mi jubilación, por favor mecesito la aclaración.
    Muchas gracias

  36. Soy jubilado y recontratado en una institucion estatal, cuando decida nmo trabajar mas, se vuelve a calcular el importe de la pension para mejorar o se queda intacta. Yo cobro 2458.00 como jubilado

    • Albert buenas noches. Tiene derecho a un incremento de pensión. Debe trabajar mínimo un año. Lo solicita ante la Filial Municipal del INASS de su municipio.

  37. Buenas tardes, necesito saber qué debe hacer mi madre que se dedicó anteriormente a cuidar de sus hijos, luego de una edad avanzada, por la situación económica que presenta se incorpora a la vida laboral, el cual ya posee 16 años de trabajo, con una edad de 63 años de edad y con achaque en su salud, yo quisiera saber qué debe hacer o hasta donde la ley la proteje y se pueda jubilar,sin más en espera de su respuesta, Mis saludos Yoel

  38. Que tiempo se tomaría para el cálculo de la pensión, si se pide la jubilación en junio del presente año, habiendo laborado en la nueva disposición un año y seis meses

  39. Llevo 5 años cuidando de mi madre de 89 años. Hoy trato de buscar trabajo para jubilarme ahora que mi esposa esta jubilada, pero me plantean que debo buscar un trabajo y laborar por un año. Lo mas triste es que hasta que trabaje, recibi muy buenos salarios de los cuales no sirven para nada en mis deseos de jubilacion, por lo que estoy expuesto a tener que optar por un puesto de trabajo de muy bajo salario debido a mis 64 años a pesar de ser un graduado universitario.
    No creo que existan muchos casos como el mio pero no creo que sea el unico.
    Saludos.

  40. Estoy desde abril del 2021 en contrato relevo con el 75 en la seguridad social y el 25 por la empresa,pasamos a enero del 2022 y en vez de pagarme la subida me quitan 13€ sin mandarme ninguna explicacion hay algún motivo?

  41. Para el cálculo de la jubilación, si he cotizado más de 41 años. Puedo escoger los mejores años cotizados para el cálculo, y si es así con cuantos años se haría dicho calculo

    • Cumplí 65 años en Diciembre del 2021,tengo 46 años de trabajo y todavía no me han llamado a nada,a donde puedo dirigirme …

  42. Tengo una hermana que tiene 23 años de trabajo y mas de 60 años y esta incorporada hace 4 meses despues de un tiempo sin trabajar por equis razones dentro de ellas enfermedad por favor porque no puede pedir ya su jubilación porque la compañera del INAS le plantea que tiene que trabajar un año por q no permitir que esos compañeros que casi todos tienen su salud deteriorada por secuelas de la covid puedan disfrutar al menos de algunos meses de jubilación antes de terminar su vida su ya tienen los requisitos mínimos para jubilarse .

  43. Desde septiembre de 2018 estoy inactiva , cumplo los 60 en septiembre 2023 , tengo 35 años de trabajo , quiero saber que tiempo tengo que laborar para poder presentar en enero 2024

  44. Muy bueno lo de la aclaración sobre la jubilación. Pero ahora pregunto, como van a resolver la diferencia abismal entre los jubilados de las empresas y los jubilados de Minfar y Minint. Yo con 54 años de trabajo y 80 de edad, solo percibo 2093 pesos y gracias al ordenamiento y un jubilado de esas instituciones armadas que viven del presupuesto del estado, puedan aumentarle la jubilación hasta 8 mil pesos y algunos ni estuvieron en esas fuerzas ni 30 años, y una gran mayoría por su edad, también están ahora trabajando y reciben salarios Hasta cuándo seguirá la pirámide invertida. Gracias.

  45. yo iris gonzález trabajadora de la EMCOMED necesito saber que tiempo tengo que esperar para juvilarme cumplo 64 años y con 42 años de trabajo y me dicen que hasta marzo la seguridad social no trabaja soy trabajadora del municipio cerro

    • Buenas noches Iris. Usted está en todo su derecho de jubilarse. Le debe solicitar la jubilación al Departamento de Recursos Humanos de su entidad, que es quien presenta el trámite de jubilación ante la filial municipal del INASS del Cerro, quienes tienen la indicación de recibir todos los expedientes que presente la entidad.

  46. Tengo 57 años de edad y 41 años de trabajo tengo q esperar a los 60 años para jubilarme porfa nesecito alguien me responda esta pregunta .

    • Buenas noches Caridad. Realmente debe esperar a los 60 años que es la edad establecida para las mujeres en la Ley 105 “De la Seguridad Social”.

  47. Tengo 61 años y 42 laborando en el sector de Educación quiero entregar mi solicitud para jubilarme pero en el mes de nov me anoté en una lista ,para en el 2022 hacer la solicitud en la U/P del Dto 3 Antonio Maceo de Santiago de Cuba y allí ,la comp. de Recursos Humanos me dice que debo esperar a que me llamen para entregar la misma ,la verdad no entiendo nada ,¿esto sucederá cuando ellos lo deseen?

    • Muy difícil entender q después de cumplir la edad q es bastante y cumplir los requisitos para jubilarse tengas que continuar esperando, será q no han sido suficientes los 5 años aumentados? Por favor!!! menos trabas y más agilidad para q el trabajador pueda al fin disfrutar la jubilación «si es posible» pq algunos no llegan a jubilarse. Es q no creen que 60 años para la mujer y 65 para el hombre con más d 30 años d trabajo sean más q suficientes? No les parece?? Agilidad es lo q hace falta para q esa compañera con tantos años laborado y 61 de vida pueda jubilarse y disfrutar la jubilación. No entiendo por qué esto sucede ahora, antes cuando solicitabas la jubilación no existían estos problemas. Realmente muy difícil de entender, como tampoco se puede entender q la chequera haya q cobrar en cajeros automáticos en municipios donde ni siquiera los hay.

    • Buenas noches Marianela. Las filiales municipales del INASS tienen indicado recibir todos los expedientes de pensión que presente la entidad, por lo que el inicio del proceso de jubilación depende de la fecha en que la entidad lo presente ante la filial del INASS de su municipio de residencia.

  48. Y el trabajador que se júbilo por las leyes anteriores y se reincorporo,que tiempo tiene que laborar para mejorar su jubilación en términos salariales

  49. Soy diseñador escenografico y pertenezco al Consejo Provincial de las Artes Escénicas de Matanzas, pagué 2000 pesos los últimos 5 años de seguridad social y este año 4000, ya cumplí 65 años en octubre pasado, me han dicho que mi jubilación será solo de 1800, y tengo 43 años de trabajo, aportando ni se cuánto ya a la Onat y a las Artes Escénicas, así como a otros centros donde laboré, no les parece muy poco 1800 de jubilación? Pueden aclararme está situación

  50. Necesito por favor que aclare por qué si presente mi solicitud el día 4 de este mes de enero 2022 hoy 31 no se ha registrado por problemas del programa del INASS y por eso debo seguir trabajando

  51. Hola: me pueden aclarar si con 55 años de edad y 33 de trabajo puedo retirarme? Hemos escuchado que se puede hacer por excepción.Gracias por su atención.

  52. Tengo un hermano de 66 años de edad, que no trabaja actualmente, tiene años de trabajo acumulados, pero ha perdido parte de su expediente laboral. No sabe los trámites que debe hacer para solicitar su jubilación.

  53. Soy jubilada con 90%, por haber trabajado 50 años y casi 70 años de edad. Al jubilarme mi centro de trabajo me contrato inmediatamente. Puedo aspirar a mejorar mi actual pension cuando decida terminar el contrato?

  54. Con respecto al proceso de jubilación debo señalar que existen serias dificultades para la recepción de los expedientes: En la dirección de RRHH de Educación en el municipio 10 Oct.se entregan 10 turnos el martes y 10 el miércoles, lo que trae como consecuencia la presencia de vendedores de turnos y los criterios que desembocan en problemas políticos. Cómo si fuera poco, la semana pasada comunicaron a los presentes( más de 30 personas de la tercera edad) que hasta finales de febrero no volverán a decepcionar expedientes.

  55. Hola
    Muy buenas aclaraciones. Me pudieran responder a mi también es que tengo dudas. Lo siguiente: mi madre tiene 57 años y de trabajo 40,ella podría jubilarse ya? O debe esperar a tener 60 años?

  56. En el caso de artistas que han pagado durante años el máximo de la seguridad social s la ONAT (2000 cup), como sería su jubilación si además tiene más de 43 años de trabajo

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