Algunos conceptos

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Empresa estatal socialista: Es una forma de organización y operación de la sociedad so­cialista que realiza actividades lucrativas o mercantiles de in­terés social, con arreglo a un plan y determinados principios económicos. El principio gene­ral consiste en cubrir sus gas­tos con sus ingresos, obtener utilidades y cumplir con sus responsabilidades sociales. Tiene personalidad jurídica y autonomía para la administra­ción o gestión empresarial. Es refrendada por el Artículo 26 de la Constitución de la República de Cuba. Su activo fundamental es el colectivo laboral.

Colectivo laboral: Lo confor­man todos los trabajadores y directivos cohesionados por el objeto social, el plan y los principios de la gestión. Es la célula básica de la economía porque en él se generan de ma­nera primaria tanto las fuerzas productivas como las relacio­nes socialistas de producción. Es el máximo responsable del cumplimiento del objeto social de la empresa. Participa en la gestión empresarial a través de sus organizaciones económicas y políticas. Está amparado por el Artículo 20 de la Constitución de la República de Cuba.

Objeto social: Es la actividad o actividades esenciales de una empresa. Confirma su identidad, la razón de ser que justifica su creación y mantenimiento. Ex­presa el compromiso de la em­presa con la sociedad a través del plan de la economía mediante un documento que establece las exigencias generales que lo ca­racterizan. El objeto social debe ser lo suficientemente flexible para aprovechar todas las capa­cidades de la entidad, sin menos­cabo de la producción y servicios que lo caracterizan.

Eficiencia económica y finan­ciera empresarial: Es la relación entre los resultados físicos y en valores de la producción de bie­nes y servicios y los gastos ma­teriales y financieros incurridos. Expresa la capacidad de una entidad de utilizar de manera racional, con la mayor economía posible, el tiempo de trabajo y los recursos materiales, humanos y financieros.

Fuentes: Doctor en Ciencias Carlos M. García Valdés y Más­ter en Ciencias Anabel Téllez Fernández

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Un comentario en Algunos conceptos

  1. ?Con el ordenamiento es correcto aplicar el inciso a) del artículo 128 del Reglamento al Código a los tecnicos, pagandoles por hora como jornaleros y afectando su salario escala?

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