Tarea Ordenamiento: Cambios que mi casa necesita (IV parte)

Tarea Ordenamiento: Cambios que mi casa necesita (IV parte)

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Con el primer día del 2021 se inició la instrumentación de la Tarea Ordenamiento. El impacto en nuestra población, en especial en la masa de trabajadores es total y demanda, entre otros aspectos, más eficiencia, mayor calidad en la producción y los servicios; más exportaciones y todo eso sin descuidar el ahorro y el cumplimiento de los presupuestos acordados. Trabajadores le ha presentado en cuatro ediciones un resumen de algunos temas de amplio interés a nuestro perfil, a partir de lo publicado en las Gacetas Oficiales. En lo adelante otros trabajos periodísticos se impondrán sobre estos temas

 

[box title=»DE LA GACETA 68» box_color=»#1d71f4″ title_color=»#ffffff»]

RÉGIMEN DE ASISTENCIA SOCIAL TÍTULO III
Decreto 25

  • A los fines del régimen de Asistencia Social se entiende por núcleo familiar a una o más personas que residen en un mismo domicilio y existe entre ellas, además de la relación familiar, de afinidad o de convivencia, la participación común en la economía del núcleo.
  • La necesidad de protección se determina cuando se demuestra la insufi­ciencia de ingresos para asumir la alimentación, medicamentos, el pago de los servicios básicos; la carencia de familiares obligados en condiciones de prestar ayuda y la incapacidad de los miembros del núcleo familiar para incorporarse al empleo, motivado por situaciones de salud, discapacidad u otras causas que lo justifiquen.
  • Para determinar la insuficiencia de ingresos se realiza la evaluación de la solvencia económica, según los procedimientos establecidos en la legisla­ción específica.
  • A los efectos de determinar los familiares obligados, se consideran a los as­cendientes, descendientes, hermanos y cónyuges; según lo dispuesto en el Código de Familia.
  • El expediente del núcleo familiar objeto de la Asistencia Social contiene:
    a) Declaración del solicitante;
    b) informe de la investigación socioeconó­mica;
    c) documentos probatorios;
    d) decisiones adoptadas;
    e) notifica­ción al beneficiario de la decisión aprobada;
    f) resumen de las prestacio­nes concedidas; y
    g) informe de la revisión realizada, según corresponda.
[/box] [box title=»DE LA GACETA 69» box_color=»#1d71f4″ title_color=»#ffffff»]

DISPOSICIONES ESPECIALES Y TRANSITORIAS.
Resolución 29
Especiales:

  • Mantener, excepcionalmente, los ingresos que reciben los trabajadores en cuantías superiores a las que resulten del incremento dispuesto por la pre­sente, mientras permanezcan en el cargo que desempeñan al momento de la aplicación de la reforma general de salarios.
  • El jefe del órgano, organismo de la Administración Central del Estado, enti­dad nacional u Organización Superior de Dirección Empresarial, en el plazo de 60 días a partir de la fecha de entrada en vigor de esta Resolución, pre­senta a la Ministra de Trabajo y Seguridad Social los ingresos certificados en cada caso.
  • Los ingresos a los que se refiere esta Disposición Especial corresponden al promedio de lo devengado por el trabajador en los seis mejores meses de los 24 precedentes a la aplicación de la reforma general de salarios e incluye el salario básico y la estimulación en pesos convertibles por indicadores de eficiencia, convertidos en pesos cubanos.

Transitorias:

  • Las categorías de las empresas, aprobadas al momento de la aplicación de la reforma general de salarios por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se mantienen por el término de un año, transcurrido el cual las Organizaciones Superiores de Dirección Empresarial aprueban las catego­rías de sus empresas según la metodología que se establezca.
  • Las categorías de las empresas de nueva creación durante este período se proponen por los jefes de las Organizaciones Superiores de Dirección Empresarial al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social sobre la base de las metodologías vigentes.
  • Los trabajadores que se encuentran devengando la garantía salarial por interrupción laboral al mo­mento de implementar la reforma general de salarios, se les modifica su cuantía a partir de aplicar al nuevo salario el por ciento que corresponde.

DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES.
Resolución 71

  • La distribución de utilidades a los trabajadores asociada a los resultados no constituye salario. El principio para su distribución es por el aporte individual.
  • Corresponde al jefe de la entidad, previo análisis en el Consejo de Dirección y de común acuerdo con la organización sindical, aprobar el mecanismo y los indicadores para la distribución individual de las utilidades, teniendo en cuenta las características específicas de la entidad, lo que se oficia­liza mediante Reglamento, que tiene que ser de conocimiento de los trabajadores e incorporarse al Convenio Colectivo de Trabajo.
  • Tienen derecho a recibir la distribución de utilidades los trabajadores que estén en las situaciones siguientes:
    a) Cursos de capacitación a tiempo completo por decisión de instancias superiores o por nece­sidades de la producción y los servicios;
    b) como juez lego en los tribunales populares;
    c) como autoridad electoral no profesional o movilizado para desempeñar funciones durante los procesos electorales;
    d) movilizaciones militares ante desastres naturales, tecnológicos o sanitarios;
    e) como auditor en la comprobación nacional al control interno;
    f) de licencia de maternidad pre y postnatal;
    g) de vacaciones anuales pagadas;
    h) otras situaciones que se determinen por el jefe de la entidad de común acuerdo con la organización sindical en cuyo caso se considera para la distribución el tiempo trabajado.
[/box] [box title=»NUEVOS PRECIOS PARA EL BOLSILLO» box_color=»#1d71f4″ title_color=»#ffffff»]


Tarifas para los servicios jurídicos a personas naturales

Comprenden los gas­tos en que incurre la Organización Nacio­nal de Bufetes Colec­tivos para garantizar la prestación de los servicios jurídicos contratados, y no incluyen el cobro del valor de la tasa im­positiva en concepto de sellos, necesarios para la tramitación de documentos y la presentación de procesos, ni el im­porte de aranceles en los asuntos que lo requieran, que son abonados por el cliente

[/box] [note note_color=»#fee2d0″ radius=»2″]
  • La Tarea Ordenamiento es, sin duda, el más complejo proceso económico de los últimos años. Pero posponerlo sería aún más costoso en el tiempo.
  • La Revolución insiste en su firme propósito de que nadie quedará desamparado.
  • Por su impacto en la vida de todos es prioridad nacional potenciar la economía y lo que tribute a acelerar el desarrollo del país.
[/note]

(Ideas del Presidente de la República, Miguel Díaz-Canel Bermúdez, en la Asamblea Nacional del Poder Popular, 17 de diciembre del 2020)

 

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Acerca del autor

Máster en Ciencias de la Comunicación. Subdirector Editorial del Periódico Trabajadores desde el 2019. Editor-jefe de la Redacción Deportiva desde 2007. Ha participado en coberturas periodísticas de Juegos Centroamericanos y del Caribe, Juegos Panamericanos, Juegos Olímpicos, Copa Intercontinental de Béisbol, Clásico Mundial de Béisbol, Campeonatos Mundiales de Judo, entre otras. Profesor del Instituto Internacional de Periodismo José Martí, en La Habana, Cuba.

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13 comentarios en Tarea Ordenamiento: Cambios que mi casa necesita (IV parte)

  1. Quizás sea tarde, pero no he logrado que ningún periodista de ningún medio, así como ningún dirigente responda a un reclamo del 7.1% de los jubilados, es decir, los que teníamos una pensión superior a 500 pesos.
    AE ha llevado a dos Mesas Redondas, pero sólo se habla de las pensiones bajas, y que es cierto, INCREMENTAN su pensión, pero en nuestro caso, lo que hay es un detrimento del poder adquisitivo. Ejemplifico en mi caso:
    Soy jubilado con 50 años de trabajo, Investigador Auxiliar y Dr en Ciencias. Mi pensión era de 1018 pesos y ahora es de 2546 pesos =2.5 veces de incremento y NO de alrededor de 5 veces como prometieron MURILLO y la Ministra del ramo.
    Si el costo de la vida crece en más de 4 veces, la inflación es incluso superior a la estimada, si la nueva pensión no es proporcional a esos incrementos, estamos siendo severamente dañados
    Cómo es posible que alguien con mis propias características, es decir, escala 20+ 845 pesos por doctorado, si se jubila al finalizar 2021 tenga una pensión de más de 5500 pesos y no de 2546, como la mía.
    Trabajamos duro, en mi caso por 50 años, PREMIO POR LA OBRA DE LA VIDA y al final se aplique el tantas veces criticado IGUALITARISMO?. Es cierto que no se deja a nadie desprotegido, pero ese no es nuestro caso, trabajamos para que así no fuera.
    Me preocupa que nadie haga referencia o analice este reclamo tan recurrente en las redes y en la opinión popular.
    Espero esta vez algún análisis, si es que se considera que el 7.1% de los jubilados puede valer la pena para ello. Gracias

  2. Hola al autor, necesito saber si es posible me pueda decir en que gaceta puedo encontrar el valor de la Solicitud de registro de marcas de 1590 pesos al que se refiere en una tabla de este artículo, muchas gracias anticipadas, saludos Eduardo

  3. Lo que voy a hacer es demandar al Ministerio de Justicia por daños y perjuicios ante tales tarifas tan absurdas y abusivas.

  4. Ahora resulta que la proverbial incompetencia de muchos de los registradores de documentos, deberá ser costeada por sus víctimas con el aumento exhorbitante de los precios de subsanación de errores.Propongo que esta tarifa sea cobrada a los que cometieron los errores, así cuando se pasen algunos meses sin percibir salario dejarán el puesto a otra persona competente.

  5. Desde mi punto de vista hay 3 grandes problemas:
    1. Cómo puede ser que después de más de 10 años de estudio del tema (referido por el mismo Murillo) del reordenamiento, casi todo tenga que ser revisador y cambiado (la tarifa eléctrica tan desproporcionada entre la inicial que se propuso y la que queda ahora es una muestra de ello).
    2. Se dice que se quiere incentivar la producción, y lo que han hecho es restringir el salario de los productivos, más en el sector empresarial, así lo que van a lograr es que se vayan para sectores con menos responsabilidad (no productivos) que paguen mejor y entonces disminuirá la productividad en el país.
    3. No se va a lograr que el más de millón de personas (en edad laboral) que no trabajan en el país lo hagan, porque el delincuente, acaparador, revendedor va a seguir haciendo lo mismo, a no ser que se tomen medidas bien severas con ellos y no los paños tibios de hoy.

  6. No entiendo el por qué un Psicólogo, este en un grupo escala menor al que se explicó en el porgrama televisivo Hacemos Cuba, cuando el grupo escala más bajo para los graduados de educación superior era de 5060.00 pesos?
    Favor valorar, aún somos valorados como técnicos en el sector de la Salud Pública.
    Saludos, en espera de ustedes!!!!

    • Hola, puediera aclararme donde dijeron lo de los 5060 para los universitarios?, para reclamanr con mas fuerza, soy universitario y mi salario es de 4210.00. Y asi hay miles.Ojala ese fuera el minimo,nos merecemos un mejor salario,un pelotero cobrara 5000 y no es ni universitario. Confiemos en que esten revisando todo,sino como otro compañero ya expreso el sector estatal acabara por quedarse vacio y la productividad ira al suelo,no se como no pensaron en eso.

  7. Con respecto al pago de utilidades, que se aclara que no constituye salario, quisiera saber si va al importe de la jubilación como hasta ahora iba el mes 13.

    Muchas gracias,

    Carmen

  8. No por favor..yo llevo tres años actualizando mi vivienda ,tuve que ir a yaguajay para buscar las inscripciones de nacimiento porque aquí lo hacían mal.he subsanado errores que hizo algún funcionario porque no ponen atención a lo que escriben y con el carné y la inscripción en la mano..como es posible que ahora yo lo tenga que pagar si el error es de ellos.VIVIENDA Y NOTARIA.Por tanto que lo paguen ellos.eso es abusivo…y no soy de las que se quejan porque soy ,fidelista,martiana y estoy de acuerdo con los cambios que nuestra casa necesita ;pero eso NO..NO ESTOY DE ACUERDO NO,NO,NO

  9. Me parece vergonzoso que estimulen a que se cometan más errores para que así los que lo cometen ganen más dinero. A quién se le ocurrió semejante anormalidad?

    Por otro lado sacar la propiedad de mi casa va a costarme la mitad de mi salario. Cómo voy a comprar comida? Alguien me puede explicar ?El presidente dijo que nadie quedaría desamparado, pero es todo lo opuesto : Me están dejando desamparada. !Yo soy una profesional de este país con un cargo de especialista en una empresa provincial .

    A santo de qué calcularon el insultante precio de $1170.00 para un trámite ¨ordinario¨ de la vivienda?!!!!!!!!!!!!!!!!!!

  10. Qué falta de respeto los precios de los trámites que resultan tan necesarios en las viviendas no exijan que entren al tribunal con la asesoría de los Bufetes permiten que el que pueda los presente directamente, si actualizas los documentos dejas de vivir ese mes, revisar esta aspecto

  11. O sea que yo tengo que pagar 690 pesos por subsanar un error que cometió un funcionario público que trabaja en un registro. Que bonito verdad.

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