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Del lector: ¿Se acumulan vacaciones en la interrupción laboral?

En estos meses de afectación por el coronavirus, se han aclarado muchas dudas de los trabajadores, no obstante queremos insistir en una que puede constituir todavía una inquietud.

Se trata de si durante el período de interrupción laboral se acumulan vacaciones.

Si el trabajador se reubica en otro cargo o en otra actividad, acumula las vacaciones por los días efectivamente trabajados.

Sin embargo, el período en que recibe garantía salarial no se considera como tiempo efectivamente laborado a los fines de la acumulación de vacaciones.

Para más información reproducimos el contenido de  lo que establece el Código de Trabajo en lo referido a las vacaciones anuales pagadas.

El Capítulo IX Artículo 101.— Los trabajadores tienen derecho al disfrute de un mes de vacaciones anuales pagadas por cada once meses de trabajo efectivo. El mes de vacaciones se considera de treinta días naturales.

El trabajador que por la índole de la actividad que desempeña u otras circunstancias, no labora once  meses, tiene derecho a vacaciones pagadas de duración proporcional a los días efectivamente laborados.

El trabajador con más de un empleo tiene derecho a disfrutar de un descanso efectivo de vacaciones anuales pagadas hasta de treinta días naturales y cobrar la totalidad de la retribución que por este .—concepto tenga derecho en cada contrato.

Artículo 102.— Para determinar el acumulado de días de vacaciones anuales pagadas y la cuantía de la retribución de cada trabajador, se multiplican por el nueve punto cero nueve por ciento los días efectivamente laborados y los salarios percibidos durante el período acumulado que da derecho al descanso.

El receso laboral de los días de conmemoración nacional, de los feriados, las licencias retribuidas por maternidad pre y postnatal, los días de receso adicional retribuido y otros dispuestos legalmente, se consideran como días efectivamente laborados a los fines de la acumulación del tiempo y el pago de las vacaciones anuales pagadas.

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