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Fortalecimiento del Poder Popular: ¿Qué es la Administración Provincial?

 Como parte del fortaleciendo del carácter democrático de la institucionalidad del país, con leyes, políticas y programas de naturaleza popular y participativa, conforme a las aspiraciones del pueblo y el perfeccionamiento del Poder Popular (Gobierno), el próximo sábado se elegirán los gobernadores y vicegobernadores provinciales.

El Gobernador representa al Estado en su territorio y es el máximo responsable ejecutivo─administrativo en su provincia, es elegido por los delegados de las asambleas municipales del Poder Popular correspondientes, a propuesta del Presidente de la República.

 

Según el procedimiento establecido, los gobernadores y vicegobernadores provinciales elegidos toman posesión de sus cargos ante el representante del Consejo de Estado designado al efecto, en la fecha fijada por este, dentro del término de 21 días siguientes a su elección y se constituyen los Consejos Provinciales del Poder Popular.

El Consejo Provincial (CP) es el órgano colegiado y deliberativo sobre la gestión y administración del territorio; es presidido por el Gobernador  e  integrado por el Vicegobernador Provincial, los presidentes y vicepresidentes de las asambleas locales del Poder Popular correspondientes y los intendentes municipales.

Entre sus funciones están la de aprobar y controlar el plan de la economía y el presupuesto de la provincia, así como evaluar los resultados de la gestión de las administraciones municipales y hacer recomendaciones al Gobernador.

Una vez realizada la toma de posesión del gobernador y vicegobernador, se constituirá el Consejo Provincial del Poder Popular, el que tiene como misión fundamental el desarrollo económico y social del territorio, conforme con los objetivos generales del país. Le corresponde ser el coordinador entre las estructuras centrales del Estado y los municipios. Estos últimos constituyen los eslabones fundamentales en el ejercicio pleno del gobierno.

 

El CP efectúa sus reuniones ordinarias con la periodicidad que fija la ley, y las extraordinarias cuando las convoque el Gobernador o las soliciten la mitad de sus integrantes.

La ocasión es oportuna para recordar estas palabras del Comandante en Jefe Fidel Castro: “¿Qué es una Revolución sino el más profundo y extraordinario cambio político…?  Y hemos estado haciendo cambios políticos y no en busca de una democracia formal, enajenante, divisoria de los pueblos, fragmentadora de los pueblos, sino una democracia que realmente una al pueblo y viabilice lo más importante y esencial que es la constante participación del pueblo en la política y la constante participación del pueblo en las cuestiones fundamentales de su vida.”

 

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