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Proponen abordar el acoso laboral en leyes cubanas

La presencia del acoso laboral en la realidad cubana y la necesidad de actualizar la legislación del trabajo para dar cabida al tratamiento integral de esta figura, fue el consenso de un panel de juristas que intervinieron en el V Congreso Iberoamericano sobre acoso laboral e institucional que concluye este viernes en La Habana.

 

 

De izquierda a derecha: Aymee, Myleidis, Román y Marisol.

 

El ordenamiento jurídico nacional no contempla el acoso en el trabajo ni ofrece una protección diferenciada para su prevención y enfrentamiento, valoró la MsC. Aymee Fernández Toledo, magistrada de la Sala de lo Laboral del Tribunal Supremo Popular, quien consideró no obstante que es posible alcanzar protección en la vía judicial ante ese problema mediante mecanismos legales ya existentes.

La jueza apuntó que la nueva Constitución cubana que entró en vigor este año amplió el ámbito de tutela frente al acoso en el trabajo, y en consecuencia la legislación laboral tendría que ser actualizada.

Hasta el momento en que ello se produzca, corresponderá a los órganos judiciales integrar y armonizar la regulación vigente para ofrecer tutela judicial efectiva frente a esta realidad, resumió Fernández Toledo.

Entre los elementos que permitirían responder ante casos de acoso con las normas actuales, la magistrada enumeró los deberes generales que tienen los empleadores estatales y no estatales, según el Código de Trabajo en vigor, así como las disposiciones sobre enfermedades profesionales, accidentes e incidentes en el puesto laboral que contemplan lo referido a la salud y seguridad en el trabajo.

Hizo referencia además a la protección constitucional, cuya aplicación directa está en fase de preparación hasta tanto no existan las normas específicas, así como a otros preceptos que regulan la disciplina en el trabajo, incluidas las normas disciplinarias para directivos y funcionarios.

La inspección del trabajo y las infracciones de orden penal que podrían aplicar en casos extremos de acoso laboral también fueron expuestas por la investigadora, quien destacó el papel que deben desempeñar las organizaciones sindicales en la prevención y solución de tales conflictos.

El acoso laboral reclama una protección particularizada y especial, al margen de lo que podamos hacer con lo que hay legislado, concluyó.

Por su parte, Marisol Zapata Sinclair, expuso sus valoraciones a partir de su experiencia como asesora jurídica de una empresa en la provincia de Santiago de Cuba, al considerar la importancia de visibilizar el acoso laboral, visto muchas veces en el país como un tabú.

En tal sentido, consideró de modo terminante que es preciso reformular los ilícitos laborales en el Código Penal, para incluir el acoso como figura jurídica.

Igualmente de esa oriental provincia, y asesora jurídica, intervino Myleidis García Platt, quien ejemplificó varias formas de violencia psicológica que existen en el ámbito laboral cubano, para luego presentar una propuesta de guía práctica para prevenir y enfrentar el acoso en el trabajo.

Incorporar la temática a las capacitaciones sindicales de los trabajadores y las administraciones, así como de los miembros de los Órganos de Justicia Laboral, fue una de las sugerencias de García Platt, quien propone incorporar el acoso como una indisciplina grave a tener en cuenta en la negociación de los Convenios Colectivos de Trabajo.

Desde otro ámbito del derecho, pero en similar sentido, intervino Román Sancho Balseiro, subdirector jurídico de la Dirección Provincial de Trabajo y Seguridad Social en Guantánamo, para fundamentar a partir de los hechos concretos que acontecen en los colectivos laborales, la necesidad que él aprecia de una legislación específica contra el acoso laboral.

Participantes en el debate coincidieron con las principales posturas del panel, y consideraron asimismo la importancia no solo de legislar al respecto, sino de integrar saberes y disciplinas para el estudio, prevención y enfrentamiento a tan complejo fenómeno social y laboral.

 

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