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Servicios registrales en los hospitales maternos

Varios hospitales maternos del país tendrán, a partir de septiembre una oficina para la inscripción, casi inmediata, de los recién nacidos, trámite que posibilita a los padres disponer de la certificación de nacimiento antes del regreso de la unidad del sistema nacional de salud.

La instrucción número cuatro del ministro de Justicia contribuye a disminuir los procesos de subsanación de errores u omisiones de los asientos registrales, explicó en conferencia de prensa Olga Lidia Pérez Díaz, directora de Notarías del Minjus.

En La Habana hay oficinas en todos los hospitales maternos, excepto en el Militar Central, General, de los Servicios Médicos de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, donde ya existen con una sala de parto pequeña.
Este proceder se implementará por etapas, para lograr que todos los hospitales maternos presten este servicio y así contribuir a la simplificación de procesos en el sistema, explicó en conferencia de prensa Olga Lidia Pérez Díaz, directora de Notarías del Minjus..
Es importante –dijo- que los progenitores conozcan que cuando no existe matrimonio oficializado, ambos padres deben estar presentes para poder inscribir a los niños, y así se agiliza también el trámite.
La instrucción número cuatro del ministro de Justicia (Minjus), publicada en la Gaceta Oficial de la República de Cuba este 15 de agosto, contribuye a disminuir los procesos de subsanación de errores u omisiones de los asientos registrales,
Esta instrucción ha sido elaborada teniendo en cuenta las opiniones de la población que llegan al Minjus, así como las publicadas en redes sociales y otros medios de difusión, con el fin de facilitar y mejorar los servicios que actualmente se ofrecen, refirió la directiva.
Además, se refiere a la entrega de certificación del matrimonio, estipulando que cuando se realice en el Palacio de los matrimonios o el Registro Civil, una vez concluida la ceremonia los cónyuges reciben el documento en el mismo día.
En caso de realizarse en una notaría sí se entrega en los seis o siete días destinados para el trámite, ya que conlleva remitir la copia autorizada de la escritura y el expediente matrimonial a la oficina registral, para su inscripción, señaló Pérez Díaz.
Los clientes, tanto en el matrimonio como en la inscripción del recién nacido, deben revisar las certificaciones, aportar el sello de timbre por concepto de impuesto, conservar el documento para el futuro y así evitar el olvido de datos como tomo, folio y fecha.


(Tomado de ACN)

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