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Reclamación cuentapropista Sin Lugar

cartaA inicios de febrero publicamos, con el título Delegado y cuentapropista, la reclamación que hacía Nelson Montero Mercader, quien planteaba que cuando era movilizado, por su responsabilidad en el Poder Popular, no recibía salario, a diferencia de aquellos que laboraban para el Estado.

Marta Adán Hernández, directora provincial de Trabajo en Camagüey, manifiesta que “el reclamante fue visitado, se le dio respuesta, con la que estuvo conforme, y se concluyó que la reclamación era Sin Lugar”.

La directora amplió la información al señalar “que el compañero fue suspendido temporalmente por enfermedad en los meses de septiembre, octubre y diciembre del 2018, y que además trabajó en acciones constructivas en el hospital pediátrico Leopoldo Rey Sampayo, del municipio de Florida, desde el 21 de febrero del 2018 hasta el 26 de junio, cobrando 39 mil 446 pesos en su totalidad, al sumar los importes de los diferentes pagos realizados”.

La funcionaria le explicó que “la legislación para el trabajo por cuenta propia solo comprende como suspensión temporal los certificados médicos, movilizaciones militares, licencias de maternidad y, se adicionaron al nuevo reglamento, laborar como juez lego, reparar el vehículo para las actividades de instructor de automovilismo, transporte de carga y pasajeros con medios automotores, ferroviarios y marítimos.

“También arrendador de medios de transporte por un plazo de hasta seis meses, y realizar acciones de conservación y remodelación del inmueble en las actividades de arrendador de vivienda, habitaciones y espacios, servicios gastronómicos en restaurantes y cafeterías, servicios de bar y recreación, asistente para la atención educativa y de cuidado de niños, por un plazo de hasta seis meses, presentando en todos los casos el documento establecido”.

Delegado y cuentapropista
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