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La ciudadanía en la reforma a la Constitución de Cuba

El proyecto de nueva Constitución de Cuba representa una reforma total de la carta magna vigente desde 1976, con el tema de la ciudadanía como uno de los que cambia.

La actual ley de leyes no admite la doble ciudadanía, mientras que la iniciativa que irá a consulta popular del 13 de agosto al 15 de noviembre propone el principio de la ciudadanía efectiva.

El artículo 32 de la Constitución vigente precisa: ‘No se admitirá la doble ciudadanía. En consecuencia, cuando se adquiera una ciudadanía extranjera, se perderá la cubana (…)’.

Por su parte, el proyecto aprobado el 22 de julio por la Asamblea Nacional del Poder Popular recoge: ‘Los ciudadanos cubanos en el territorio nacional se rigen por esa condición, en los términos establecidos en la ley, y no pueden hacer uso de una ciudadanía extranjera’.

A propósito del tema, el director de Asuntos Consulares y Cubanos Residentes en el Exterior (Daccre) de la Cancillería, Ernesto Soberón, explicó en esta capital a la prensa que la ciudadanía efectiva es un principio de derecho y no una norma jurídica.

De acuerdo con el funcionario, en la isla se necesitada incluirlo dentro de la Constitución, con el objetivo de que tenga posteriormente un reflejo en las normativas correspondientes.

Los cambios fundamentales propuestos responden a que con la adopción de una nueva ciudadanía no se pierde la cubana, y que una vez en el territorio nacional, el ciudadano cubano se rige por esa condición y solo puede hacer uso de la misma, señaló.

Según Soberón, a partir de lo propuesto, el ciudadano cubano que quiera viajar hacia el exterior o desde el extranjero a la isla tendrá que hacerlo con su pasaporte cubano.

Después de la consulta popular convocada hasta el 15 de noviembre, el texto regresará a la Asamblea Nacional con las propuestas, en aras de la elaboración de la carta magna que irá a referendo aprobatorio.

Tomado de Prensa Latina

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