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Juan Gualberto Gómez: Voz de Cuba frente a la imposición yanqui

En una carta con fecha del 12 de abril de 1901, para T. Roosevelt, el gobernador militar Leonardo Wood, impuesto tras la ocupación militar de Estados Unidos a la Mayor de las Antillas, expresaba: “Hay unos ocho, de los treinta y un miembros de la Convención, que están en contra de la Enmienda. Son los degenerados de la Convención, dirigidos por un negrito de nombre Juan Gualberto Gómez, hombre de hedionda reputación así en lo moral como en lo político”.

Wood sustituyó posteriormente la palabra degenerados por agitadores, pero mantuvo sus ofensas a un hombre digno e intachable, entregado por entero a la causa de la independencia.

Semejante odio del representante del imperio no reflejaba otra cosa que su rabia ante la posición vertical de un patriota que se opuso resueltamente al vergonzoso apéndice constitucional con el cual Washington quiso asegurar su dominio en la antigua posesión española.

Juan Gualberto habría podido responder a ese grosero ataque con las mismas palabras que utilizó para contestar el que le hicieron algunos autonomistas en 1887: “Soy, sobre todo, y antes que otra cosa, un cubano que nunca ha dejado de serlo, y que no ha soñado con ser otra cosa, y que se cree por todo esto con el perfecto derecho de emitir sus opiniones sobre las cosas y los hombres que quieren influir en el destino de Cuba”.

Y no solo defendió desde su juventud con la palabra y su pluma de sagaz periodista el ideal de una patria libre, sino con la acción, que lo llevó a convertirse en el representante personal de José Martí en Cuba durante la preparación y estallido de la contienda libertadora de 1895, y que por sus ideas sufrió persecuciones, prisiones y destierros, sin que nunca la adversidad lo apartara de la fe en la victoria que le infundiera el Apóstol, su amigo queridísimo.

Tal reputación de Juan Gualberto se engrandeció una vez terminada la guerra, al erigirse como miembro de la Convención Constituyente, convocada para redactar y adoptar la Ley Suprema de la futura República de Cuba, en paladín de otra batalla por la independencia: la que libró contra el intento de mediatizar nuestra soberanía con la Enmienda Platt.

En una nota dirigida a míster Atkins, un estadounidense anexionista con propiedades en Cuba y confidente del presidente de su país, el propio senador Platt le confesó que la enmienda, cuyo verdadero autor era el secretario de la guerra, Elihu Root, y él solo había puesto la firma, constituía un sustituto de la anexión. Por una parte, porque existía la Resolución Conjunta mediante la cual Estados Unidos declaraba el derecho de Cuba a ser libre e independiente, por lo tanto se requería una modalidad diferente de sometimiento; y por otra, por el fuerte rechazo que los cubanos habían demostrado de manera inequívoca a la idea anexionista.

Por lo tanto Juan Gualberto, en el seno de la Constituyente, encarnó el sentimiento independentista de su pueblo y lo defendió con valentía y vehemencia.

Muestra suprema de ello fue su ponencia del 26 de marzo de 1901, como miembro de la comisión designada para proponer la respuesta a la comunicación del gobernador militar de Cuba en la que este trasladaba a los miembros de la Asamblea, “para su consideración y acción”, una enmienda a la Ley de presupuesto del Ejército de los Estados Unidos, adoptada por el Congreso de aquel país y sancionada ya por su poder ejecutivo.

En el texto Juan Gualberto denunció abiertamente el propósito de la enmienda, al decir que “tiende, por los términos de sus cláusulas principales a colocar a la Isla de Cuba bajo la jurisdicción, dominio y soberanía de Estados Unidos (…) puesto que antes de crearse aquí un Gobierno cubano, la enmienda exige que se establezca en la Constitución de que haya de nacer dicho gobierno, o en una ordenanza a ella agregada, para ser después insertados en un tratado permanente, el orden de relaciones en que Cuba ha de quedar respecto a Estados Unidos”.

Y valoraba que ese orden de relaciones “que define la situación de Cuba, como la de un pueblo vasallo, el propio Congreso de los Estados Unidos, que solo puede legislar para el territorio de la Unión, se sirve dictaminarlo en sus líneas generales y de un modo sustancial”.

Asimismo agregaba que para que no quedaran dudas de la nación norteña consideraba su derecho a seguir permanentemente ejerciendo actos de dominio, jurisdicción y soberanía en nuestro país, llevaba “su firmeza de propósito y su autoridad al extremo de darnos a escoger entre la aceptación lisa y llana de la soberanía de Estados Unidos o la continuación de su intervención militar”.

Una por una analizó Juan Gualberto en su ponencia los cláusulas de la enmienda, y rechazó enérgicamente las que establecían el derecho de intervención en nuestro país, la exclusión de la Isla de Pinos de los límites nacionales, y la venta de territorios para carboneras y estaciones navales. También recalcó que consignar tales disposiciones en un tratado permanente “sería subyugarnos para siempre”.

No pudo evitar Juan Gualberto que se impusiera a Cuba la humillante enmienda, mas en esta batalla como en las que libraría en lo adelante no desmayaría en el propósito plasmado en la última carta que le escribió Martí: “Conquistaremos toda la justicia”.

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