Órganos de justicia laboral a proceso asambleario

Órganos de justicia laboral a proceso asambleario

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El Secretariado Nacional de la CTC acordó convocar para el primer semestre del año 2017 el proceso asambleario de renovación o ratificación de mandatos de los miembros de los órganos de justicia laboral en cada una de las entidades donde estos se constituyen.

Las indicaciones para la ejecución coordinada en cada provincia y municipio están avaladas en un documento firmado por Ulises Guilarte De Nacimiento, secretario general de la Central de Trabajadores de Cuba y Margarita González Fernández, ministra de Trabajo y Seguridad Social.

El cronograma para las reuniones comprende del 1º de febrero al 15 de mayo del venidero año. Esta etapa será complementada con la capacitación de los elegidos, responsabilidad principal de las direcciones municipales de Trabajo y los empleadores de acuerdo con las normativas específicas de cada sector.

La Central de Trabajadores de Cuba en cada territorio asume el control y fiscalización del importante proceso que como establece el artículo 195 del Decreto No. 326 de 12 de junio de 2014, Reglamento del Código de Trabajo “los miembros de los órganos de justicia laboral se eligen o designan por un período de dos años y medio”.

Para garantizar la calidad del proceso es imprescindible que los elegidos en asambleas y designados por la organización sindical y los empleadores sean los más preparados y capaces, con dominio en materia de legislación de trabajo, además de contar con prestigio y autoridad en el colectivo laboral para ejercitar con eficacia la potestad de promover acciones para el reconocimiento o restablecimiento de los derechos de trabajo y de seguridad social, así como contribuir al fortalecimiento de la disciplina en la institución.

La organización sindical hará las coordinaciones necesarias con la administración de la entidad para propiciar la más amplia participación posible de trabajadores en la asamblea.

Dicho momento es oportuno para reconocer a los miembros salientes del órgano de justicia laboral que hayan cumplido de manera destacada con el mandato conferido.

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