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Cuota para embarazadas

La ley 116 refrenda los derechos de trabajo y de Seguridad Social para la trabajadora, a fin de proteger la maternidad y facilitar su atención médica, el descanso pre y postnatal y el cuidado de los hijos menores. Foto: René Pérez Massola
La ley 116 refrenda los derechos de trabajo y de Seguridad Social para la trabajadora, a fin de proteger la maternidad y facilitar su atención médica, el descanso pre y postnatal y el cuidado de los hijos menores. Foto: René Pérez Massola

 

En numerosas cartas que recibimos en esta sección se evidencia que muchas veces la vida y las leyes van por un lado, y por otro, la mentalidad y actuación de dirigentes administrativos. En ocasiones su error lo sustenta una interpretación mecanicista de la norma jurídica, aunque también influyen terceras causas subjetivas.

El asunto que nos convoca se vincula con el presente y el futuro: el envejecimiento poblacional y la baja natalidad. De ahí lo imperioso de que las cubanas en edad fértil hagan honor a esta condición, pero a menudo no solo la discorde situación económica o de vivienda se lo impiden, frenan o causan malestar.

Tal es el caso de la holguinera Roxana Gutiérrez Velázquez, que alega discriminación por estar embarazada, “(…) me siento rechazada y excluida por un motivo tan bonito como ser madre por primera vez, solo quiero que alguien me explique si tengo derecho o no a la licencia de maternidad”, afirma en su carta, firmada el 11 de junio.

Graduada en el 2013 del curso de habilitación como dependiente de farmacia, luego de sus prácticas trabajó en varios establecimientos del municipio de Banes por contrato determinado, debido a ausencias justificadas de los titulares de las plazas; hasta el 10 de junio del pasado año, cuando comenzó a laborar en la unidad 632 del poblado de Retrete, por una compañera que presentaba dificultades en su embarazo que llevó a feliz término y debe incorporarse en octubre venidero, cuando la niña cumple su primer añito.

Por esos azares de la vida, en enero de este año a Roxana se le detecta su estado de gravidez y decide continuarlo, pues con 21 años y unos padres muy mayores, si posponía su maternidad no podría contar con ellos para criar a su bebé; al contrario, tendría que asumir al mismo tiempo el cuidado de los ancianos y de su hijo.

Cuenta que a finales de marzo la administradora de la unidad empresarial de base (UEB), Dailé Osorio Ricardo, le comenta que Roger Martínez, el jefe de Recursos Humanos, le comunicó que el 10 de junio vencía el contrato y no lo iba a renovar, porque la empresa carecía de recursos para pagar otra licencia de maternidad por el mismo establecimiento.

El compañero ratificó ese planteamiento a Roxana cuando esta se entrevistó con él, quien también fue interpelado por el papá de la joven para decirle lo que le corroboraron a ambos en la filial del Instituto Nacional de Seguridad Social: que todos los gastos de la licencia de maternidad corren a cargo de la Seguridad Social.

Alegando que es buena trabajadora y atiende bien al público, por la muchacha intercedió hasta el delegado de la circunscripción y presidente del consejo popular de Retrete, quien conversó con la  directora de la UEB, aunque de nada valió.

Todo esto solo deja interrogantes y cuestionamientos a Roxana, quien no puede entender por qué no le mantienen el contrato si la titular concluye su licencia de maternidad dentro de cuatro meses, o mejor, ¿por qué no la dejan laborar hasta que le corresponda la suya  el 17 de agosto?

Tanto o más preocupante resulta lo que refiere al final de la carta, de que han buscado a otra persona para ocupar la plaza, y concluye:

“¿Por qué la discriminación a una embarazada si en el documento de Conceptualización del modelo económico y social cubano de desarrollo socialista del 7mo. Congreso del Partido Comunista dice:

‘Es objetivo de atención priorizada la situación demográfica, en función de transformar la tendencia decreciente de la población, prestando especial cuidado a la fecundidad y la promoción de mecanismos que la estimulen’”.

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