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Saber y aplicar, esa es la cuestión

La aplicación de la Resolución 17 sigue generando preocupaciones entre muchos trabajadores. Foto: Agustín Borrego
La aplicación de la Resolución 17 sigue generando preocupaciones entre muchos trabajadores. Foto: Agustín Borrego

 

Durante este año comentamos acerca del reto adicional que enfrentarían los trabajadores con la promulgación de normas jurídicas  acordes con el nuevo modelo económico fijado en los Lineamientos del Partido. Simplemente estamos obligados a conocer de leyes o al  menos, a dominar algunas.

Cómo sino estar al tanto de las prerrogativas para las empresas estatales,  de  lo que rige  para  los acogidos  a  labores no estatales —individuales y en  cooperativas—, y de lo contentivo en el Código de Trabajo.

Siempre recuerdo las muchas veces que el líder de la Revolución, Fidel Castro Ruz, reclamó que los trabajadores  tuvieran educación económica. Todo no  puede constreñirse a participar en la  producción y los servicios y quizás tener  cierta eficiencia. Cómo ser verdaderos  protagonistas de esos procesos, cómo  poder exigir sus derechos, cómo argumentar en debates y reuniones, pasa por  el estudio de lo legislado.

¿Recuerdan aquello de que el Código de Trabajo debe ser otro texto de  cabecera? Casi dos años han transcurrido desde su puesta en vigor y todavía  a la sección Buzón abierto llegan quejas  porque las administraciones incumplen  lo decretado, porque los ejecutivos de  las secciones sindicales no están “empapados” de lo que debe aplicarse y  porque los trabajadores tampoco saben  lo planteado al menos en el capítulo por  el cual fueron sancionados.

Resulta imperdonable que a estas alturas un trabajador nos escriba porque la administración le tiene retenido  el expediente laboral y se viole de manera reiterada el día estipulado para el  pago salarial.

Sin saber  lo que establece la denominada ley de leyes laborales en  Cuba en cuanto a las políticas sobre las relaciones de trabajo, su organización y retribución pone en desventaja a empleados y empleadores. En el contexto actual no es un lujo estar al día en  cuanto a la legislación en general.

Por eso a través de esta sección hemos querido hacer nuestra modesta  contribución, llevando un balance de  deberes y derechos, en tanto el éxito va  más allá de reclamar cuando hay violaciones.

Cuántos conocen que la Ley 118 de la Inversión Extranjera también está apegada al cumplimiento de importantes leyes como el Código de Trabajo y la de Seguridad Social, y que la creación de las  cooperativas no agropecuarias de primer  grado quedó refrendada  en un paquete de normas a fin de estimular esa forma socializada  de gestión de la economía.

Se sabe, pero todavía quedan muchas dudas en relación con las pautas  legales que amparan a los trabajadores  por cuenta propia y en cuanto a sus obligaciones de contribuir al presupuesto  de la Seguridad Social.

Son temas a los cuales daremos seguimiento en próximos números, al igual que a resoluciones muy controvertidas en su aplicación y por la gran  cantidad de correspondencia que siguen generando: la 17, del Ministerio de  Trabajo y Seguridad Social; así como la  100/2015 y la 267/2014, del Ministerio  de Finanzas y Precios.

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