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El autocuidado de la salud

El Codigo de Trabajo establece como obligatorio el chequeo médico periódico en todos los centros laborales
El Codigo de Trabajo establece como obligatorio el chequeo médico periódico en todos los centros laborales / Foto: Agustín Borrego Torres

La salud y la seguridad laboral son, en primer lugar, responsabilidad de cada trabajador, que tiene en la legislación cubana el respaldo para exigir a las administraciones o empleadores que se cumplan las normas establecidas en cada puesto, y le dé facilidades para consultar al médico y hacerse los chequeos periódicos correspondientes.

En el accionar sindical también deberá haber una prédica: no claudicar con aquellos que se escudan en lo imprescindible que son en su puesto laboral, ni en las insuficiencias del sistema de salud, ni en la falta de tiempo para dedicarlo a atenderse.

Los médicos de la familia tienen establecido el llamado horario deslizante, el cual les permite programar (e informar debidamente a la población residente), una sesión para la atención a los trabajadores, la cual de preferencia podrá ser después de las cinco de la tarde; las administraciones deberán ser flexibles cuando el subordinado le pide tiempo para atender su salud.

Una persona sana rendirá mucho más en su labor, desplegará las habilidades adquiridas y estará más concentrada en su tarea, que otra con alguna indisposición, miedo a padecer una enfermedad o simplemente por el estrés que resulte de su propia actividad laboral.

No por gusto se ha renovado el Código de Trabajo, que atemperado a las transformaciones del modelo económico y social cubano, convierte en ley los postulados que se relacionan con la salud y la seguridad de los trabajadores.

Es triste saber, por ejemplo, que la mayoría de los accidentes laborales y hasta mortales, reportados durante el último año, se produjeron por causas imputables al ser humano, porque aun teniendo los medios de protección y sabiendo los riesgos a que se exponen, no se resguardan debidamente o no toman en cuenta los peligros a que están expuestos durante su jornada laboral.

El próximo 24 de abril dará inicio la jornada de salud y seguridad del trabajo, que concluye el último día de noviembre; durante esa etapa y de acuerdo a variadas fechas, habrá acciones específicas para la capacitación, el adiestramiento e información, pero lo más importante será siempre el cuidado de su propia salud en cada lugar de trabajo.

Este año, la jornada se enfocará en fomentar e incrementar la cultura preventiva, que se forja desde que los niños están en la enseñanza primaria (en los círculos de interés o en la formación vocacional), y adquiere su máxima dimensión cuando la persona entra en su etapa laboral.

Se requiere un esfuerzo intersectorial para el logro de estos objetivos, por eso varios organismos, desde Salud Pública, la CTC, el INDER, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y otros, ya están “conectados” en el interés de lograr mayor seguridad y mejor salud de los trabajadores.

Los medios de protección son una garantía de la salud de los trabajadores. / Foto: René Pérez Massola

Las acciones preventivas, contenidas en el Código de Trabajo, se incorporan a un programa anual en cuya elaboración el empleador tiene en cuenta los equipos de protección personal por puestos de trabajo que son de uso obligatorio, y el orden de prioridad de las acciones en correspondencia con la magnitud del riesgo y las posibilidades de la entidad.

Es obligación del empleador además, instruir a los trabajadores en los riesgos en el lugar de labor, y los procedimientos seguros; el uso, conservación y mantenimiento de los equipos de protección personal, colectivos y contra incendios; las señales de seguridad y salud en el trabajo, el enfrentamiento a situaciones de emergencias o averías, así como las medidas de primeros auxilios.

Los trabajadores cubanos tienen en la ley laboral una lista de 35 enfermedades profesionales en correspondencia con los agentes etiológicos (físicos, químicos, biológicos y ergonómicos), y el procedimiento para su análisis, prevención y control, otra garantía para velar por su salud y seguridad, y exigir por ellas.

Referido a las enfermedades profesionales, después que estas son detectadas por el médico de asistencia, este remite al trabajador a las consultas específicas, donde se realizan los exámenes necesarios y se determina la conducta a seguir con el paciente.

Con ese arsenal de información, cada trabajador está en condiciones de velar por su salud y seguridad.

Con las nuevas formas de empleo se crea una preocupación por el cómo hacer cumplir esto que está legislado, pero que en términos legales aún no funciona en las entidades de ese tipo.

Justamente allí es donde los trabajadores deben estar más alertas: cuidarse ellos mismos y exigir a los empleadores medios de protección y medidas de seguridad; una ventaja tienen quienes se han afiliado a algún sindicato, pues estos se convierten en su representante a la hora de reclamar por esas cuestiones.

A los trabajadores toca también coadyuvar a la realización de acciones en pro de crear entornos laborales saludables, donde no haya violencia ni discriminación y sí igualdad, higiene e iluminación adecuadas, y buenas prácticas en las relaciones interpersonales, todo lo cual favorece el rendimiento y la salud.

Los convenios colectivos de trabajo deben tener en cuenta estas aristas, porque después son la ley en cada lugar. Quizás algunos sectores, empresas o centros laborales todavía estén a tiempo para plasmar todos los detalles que luego han de cumplir.

Hacer las cosas bien es la clave para que trabajadores y administraciones- empleadores logren ese ambiente responsable y creador que demanda el ser humano en su realización laboral.

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