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Reconoce Código de Trabajo lista de enfermedades profesionales

La Ley No. 116, Código de Trabajo, establece en su artículo 132 la lista de enfermedades profesionales reconocidas nacionalmente, así como el procedimiento para su análisis, prevención y control por el sistema nacional de Salud.

Estas enfermedades —35 en total— se corresponden con los agentes etiológicos (físicos, químicos, biológicos y ergonómicos) que se relacionan en los distintos rangos del medio laboral, y todos los trabajadores tienen derechos sobre su prevención y los chequeos médicos periódicos para valorar su estado de salud.

Esta ley que, establece también el procedimiento para dictaminar el diagnóstico de una enfermedad profesional y para su prevención, se convierte además en herramienta de trabajo para los dirigentes sindicales y administrativos.

Para la certeza de alguna de las dolencias mencionadas es necesario que se cumplan los criterios ocupacional, higiénico, epidemiológico, clínico, de laboratorio y legal; y el único facultado para determinarlas es el médico especialista a cargo de la salud ocupacional, según el nivel de asistencia que corresponda.

Lista de las enfermedades

• Saturnismo: causada por plomo o sus compuestos tóxicos.

• Hidrargirismo: ocasionada por mercurio o sus compuestos tóxicos.

• Intoxicaciones producidas por berilio, flúor, cromo, zinc, níquel, cadmio, vanadio y todos sus componentes tóxicos.

• Benzolismo: a causa del benceno o sus homólogos tóxicos.

• Enfermedad producida por el fósforo o sus compuestos tóxicos.

• Las que provocan la nitroglicerina u otros ésteres del ácido nítrico.

• Las ocasionadas por el arsénico o sus compuestos tóxicos.

• Intoxicaciones producidas por los ácidos sulfúrico, nítrico, crómico, cromatos y dicromatos alcalinos, álcalis cáusticos, cales y cementos.

• Dolencias causadas por los derivados halogenados tóxicos de los hidrocarburos alifáticos o aromáticos.

• Intoxicaciones originadas por los alcoholes, glicoles o las cetonas.

• Sulfocarbonismo: causadas por el bisulfuro de carbono.

• Manganesismo: por el manganeso o sus componentes tóxicos.

• Epitelioma primitivo de la piel.

• Dermatosis: afecciones de la piel producidas por agentes físicos, químicos y biológicos.

• Intoxicaciones por plaguicidas.

• Silicosis con o sin tuberculosis.

• Neumoconiosis por inhalación de otros polvos inorgánicos.

• Asbestosis: alteraciones pulmonares por la exposición al asbesto o amianto.

• Bisinosis: enfermedad broncopulmonar originada por algodón, lino de cáñamo o de sisal.

• Bagazosis: alveolitis alérgica por la inhalación de polvo de bagazo de caña seco.

• Laringitis nodular.

• Enfermedades causadas por radiaciones de cualquier tipo de fuente de radiaciones ionizantes o no.

• Hipoacusia profesional: pérdida auditiva causada por ruido.

• Enfermedades inducidas por las vibraciones de músculos, tendones, huesos, articulaciones, vasos sanguíneos y nervios periféricos.

• Las originadas por presiones superiores o inferiores a la atmósfera.

• Trastornos por el trabajo en cámara donde se inyecte aire comprimido.

• Carbunco o Ántrax: por agentes biológicos.

• Brucelosis: por agentes biológicos.

• Leptospirosis: por agentes biológicos.

• Histoplasmosis: por agentes biológicos.

• Hepatitis B y C: por agentes biológicos.

• Enfermedades causadas por el virus de inmunodeficiencia humana VIH/sida: exposición al riesgo.

• Síndrome del Túnel Carpiano.

• Epicondilitis.

• Tenosinovitis crónica de la mano y de la muñeca.

Quienes trabajan con animales sus carnes o restos, pueden contraer alguna enfermedad
profesional. Foto: Roberto Carlos Medina
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