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Ley de la Inversión Extranjera: Respeto pleno a los derechos laborales

Foto: Agustín Borrego

Foto: Agustín Borrego

Toda nueva ley provoca interrogantes. La de la Inversión Extranjera, aprobada en la primera sesión extraordinaria de la VIII Legislatura de la Asamblea Nacional del Poder Popular (29 de marzo del 2014), no es la excepción.

En aras de propiciar un acercamiento al tratamiento laboral a los trabajadores, a partir de esa legislación, solicitamos las consideraciones de Déborah Rivas Saavedra, directora general de la Inversión Extranjera del Ministerio de Comercio Exterior y la Inversión Extranjera (MINCEX), quien aseguró que, ante todo, las entidades garantizarán el respeto a los derechos laborales de los empleados.

“Una de las normas complementarias a esta nueva Ley será el Reglamento que emitirá el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS). La propia Ley establece el obligatorio respeto de las entidades empleadoras a esas normas y por tanto, a los derechos laborales de los trabajadores cubanos, en la forma que nuestro Estado socialista lo dispone”, afirmó.

Y aseguró: “El Reglamento del MTSS explicará la forma de remuneración por el trabajo, que incluye los requisitos a considerar para la determinación y pago del salario, la indemnización a los trabajadores y las funciones de esas empresas empleadoras, entre otros aspectos”.

También subrayó que “se prevé hacer más eficiente el servicio que prestan las empleadoras actuales, incluyendo el proceso de selección del personal que trabajará en las entidades con capital extranjero. Su principal objeto será la facilitación de esos servicios a los negocios de esa naturaleza”.

Con anterioridad la especialista había explicado que ese tipo de agencia vinculada al empleo no es privativa de Cuba, y entre sus fortalezas esenciales tendrá la de presentar capital humano altamente calificado, pues muchos inversionistas no conocen el país y se les ofertarán trabajadores idóneos.

Especificó además que podrán ser contratados trabajadores no estatales, pues —reiteró— “la única distinción será su idoneidad”.

Particularmente sobre el tema salarial —aunque el asunto es competencia del MTSS—, la directora del MINCEX dio a conocer que en su formación se tendrán en cuenta elementos del estipulado en la región latinoamericana para cargos similares y el promedio del de Cuba. “A partir de ahí se establecerá un coeficiente más compatible entre lo que paga el inversionista y lo que percibe el trabajador”, acotó.

Explicó también que el pago se establece de manera directa entre la entidad inversionista y la empleadora, algo diferente a lo que instituía la Ley anterior. “Es un cambio importante y un reto para las entidades empleadoras; por eso hay que capacitar su personal. No podemos regalar nuestra fuerza de trabajo”, aseveró.

La nueva legislación cuenta con un capítulo completo referido al régimen laboral en las diferentes modalidades: empresas mixtas o con capital totalmente extranjero y contrato de asociación económica internacional.

Al leerlos resulta fácil inferir que en su espíritu está el respeto a los derechos de los trabajadores, sobre la base de la legislación y el régimen de seguridad social vigentes en el país.

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