Novedades sobre las MIPYMES, cooperativas no agropecuarias y el trabajo por cuenta propia (+Video)

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El pasado 6 de agosto, el Consejo de Estado aprobó los decretos-leyes relacionados con las micro, pequeñas y medianas empresas, las cooperativas no agropecuarias y el ejercicio del trabajo por cuenta propia, como parte del perfeccionamiento de los actores de la economía cubana.

Para detallar cómo se implementarán las normas y el alcance de las mismas, comparecieron en la Mesa Redonda el vice primer ministro y titular de Economía y Planificación, Alejandro Gil Fernández; las ministras de Finanzas y Precios, y de Trabajo y Seguridad Social, Meisi Bolaños Weiss y Marta Elena Feitó Cabrera, respectivamente y la viceministra del MEP, Johana Odriozola Guitart.

 

Foto: @radiorebeldecu

Gil Fernández: Tenemos un diseño para avanzar sostenidamente y que no haya paralización

El titular de Economía y Planificación, Alejandro Gil Fernández, comenzó su intervención en la Mesa Redonda refiriéndose a la importancia de la aprobación el pasado viernes por el Consejo de Estado de nuevos decretos leyes para el perfeccionamiento de los actores de la economía cubana.

El 26 de mayo, recordó, el Consejo de Ministros aprobó el diseño del perfeccionamiento de los actores económicos, luego prosiguió aceleradamente la elaboración, circulación y consenso de las normas jurídicas.

En esa reunión, argumentó, se acordó que en agosto se estaría en capacidad de presentar para su aprobación el compendio legislativo y a partir de ese mes y el siguiente impulsar este proceso.

El ministro aseguró que es totalmente incorrecto relacionar la reciente aprobación de los decretos leyes con los sucesos del 11 de julio, pues desconoce los pasos dados desde los dos últimos congresos del Partido.

“Cuando iniciamos la Tarea Ordenamiento explicamos que esta nos ponía en mejores condiciones para avanzar en el perfeccionamiento económico, porque igualaba el tipo de cambio del sector estatal y el no estatal. Eso era una distorsión tremenda que teníamos antes del primero de enero de este año para poder avanzar con más rapidez y eficacia en todo el proceso del trabajo por cuenta propia, las MIPYMES y las cooperativas”.

Gil Fernández calificó a los Lineamientos del Partido como la “hoja de ruta”. “No nos hemos desviado y estamos en cumplimiento del cronograma”, dijo y destacó que las recientes decisiones son totalmente soberanas del país, ajustadas a su modelo económico y refrendadas por la Constitución.

Sobre la importancia de la aprobación de las nuevas normas y el momento en que ocurre, puntualizó que la economía cubana —al igual que la del mundo— enfrenta una situación excepcional, debido a la pandemia de la covid-19, con un gran impacto a los ingresos en divisas.

“Más de 2 mil 400 millones de dólares perdió la economía el pasado año y ya tenemos 480 millones menos de ingresos en divisas en el primer semestre respecto a igual periodo de 2020”.

Además, subrayó el recrudecimiento del bloqueo con las 243 medidas impuestas por la administración Trump, que se mantienen vigentes, inamovibles, “con una tremenda presión sobre la economía, para tratar de que no hagamos nada y prácticamente ahogarnos y crear un situación de desorden interno”.

En cuanto al perfeccionamiento de los actores económicos, el cual ya está “prácticamente en su punto de concreción”, el ministro comentó que tiene que ver también “con prepararnos para aprovechar todas las potencialidades internas del país, todo el talento formado por la Revolución durante tantos años, las reservas que podemos explotar en función de respaldar una diversificación de la producción nacional y un crecimiento económico con el mínimo de componente importado”.

Reiteró la necesidad de buscar el crecimiento económico sobre la base del incremento de la producción nacional, que no esté sustentada en un crecimiento de las importaciones sino en aprovechar más las reservas internas.

Gil Fernández puntualizó que el perfeccionamiento de los actores económicos no se limita a las MIPYMES, al trabajo por cuenta propia y a las cooperativas, sino que impacta también en la empresa estatal, “el principal actor económico”.

Abundó que este diseño de encadenamiento productivo del sector no estatal con el estatal tributará a la eficiencia de la empresa estatal socialista y a que esta se convierta en el motor impulsor de la economía.

Recordó la aprobación de un grupo de medidas para dotar de mayor autonomía a la empresa estatal, incluyendo la reciente decisión que tiene que ver con eliminar la obligación de aplicar la escala salarial. “Tenemos ya 100 empresas para iniciar en el transcurso de este año”.

Flexibilizar los indicadores directivos y la distribución de utilidades por la vía de ingreso al trabajador, son otras de las medidas puesta en práctica para fortalecer la autonomía de las empresas estatales.

El ministro explicó que las nuevas normas le otorgan una visión diferente al cuentapropismo, reinician el trabajo de las cooperativas no agropecuarias, en tanto significan una novedad al introducir las MIPYMES, sobre lo cual “hay mucha expectativa”.

“Es un actor económico que nos debe dotar de una mayor flexibilidad, que puede aprovechar los recursos endógenos de los territorios; que puede ajustarse a un entorno más flexible, y que va a nacer dotado de una mayor autonomía para la toma de decisiones en cuanto a los precios”.

El ministro especificó que este tipo de empresas tendrá hasta 100 trabajadores y se ha diseñado tanto en el sector no estatal como el estatal, por tanto son transformaciones que dinamizarán la empresa estatal, que tiene ahora la posibilidad de convertirse en empresa filial o formar una “MIPYME”, a partir de la separación entre la propiedad y la gestión.

“Esto es un diseño que se ajusta a las características de nuestra economía, a tono con el momento en que estamos trabajando para sobreponernos a la actual condición excepcional, que nos va a permitir avanzar en el contexto actual y que nos va a poner en mejores condiciones para la recuperación gradual de la economía, cuando avancemos en el control de la pandemia, podamos abrir más el turismo, la actividad en el sector no estatal y la actividad económica en sentido general”.

Ratificó que es una medida que para nada está asociada a los eventos del 11 de julio. “Estaríamos explicando esta información hoy aunque no hubiese pasado los sucesos del 11 de julio. Estaba en nuestra hoja de ruta y ya nos habíamos comprometido a hacerlo cuando estuvimos en la anterior Mesa Redonda, el 18 de junio”.

El ministro informó que se trabaja “en los últimos toques de las normas jurídicas”, las cuales se publicarán en los próximos días en la Gaceta Oficial, teniendo en cuenta que las personas necesitan un tiempo para poder leer, aprender y comprender los nuevos decretos.

El viernes pasado se aprobaron seis decretos leyes, además de un decreto y más de 15 resoluciones. “Tenemos un diseño para avanzar sostenidamente y que no haya paralización ni retroceso”.

Sobre el sector estatal, explicó que hoy se evalúa en el sistema empresarial, a partir de las estructuras existentes, qué se crea como empresa filial o como micro, pequeña y mediana empresa. “Esto lleva un rediseño de la estructura más tradicional que hemos tenido en el sistema empresarial en los últimos años (OSDE, empresa y UEB), teniendo en cuenta que aparecen los dos nuevos actores (la empresa filial y las MIPYMES)”.

Gil Fernández argumentó que desde hace algunos años se ha ido avanzando en el vínculo de las empresas con los ministerios de Finanzas y Precios y de Economía y Planificación, con el objetivo de que sea menos administrativo. “Eso lo hemos llevado al diseño del plan de la economía y del presupuesto del Estado, para variar esa visión de que el vínculo con el plan es asignativo, hacia un mecanismo más financiero”.

“Muchas de las ideas que hemos tenido se nos han aguantado en el tiempo, por la situación excepcional que estamos enfrentando desde hace más de año y medio. Pero, ese vínculo del sector empresarial con los organismos globales de la economía, los hemos ido flexibilizando, ya que se emiten menos indicadores directivos, encargos estatales, o sea, hay una mayor autonomía en el sector empresarial y vamos a seguir por ese camino”.

El titular argumentó que se está creando una dirección en el Ministerio de Economía y Planificación para el proceso de regulación de actores económicos, que no será de asignación sino para la regulación, fomento y diseño de políticas públicas.

Además, dijo, está prevista la constitución de un Consejo Nacional de Actores Económicos como órgano de consulta. “No es una personalidad jurídica, sino un espacio de concertación, donde hay organismos de la Administración Central del Estado, y participa el sector académico, que busca el desarrollo, el diseño, la elaboración y la asesoría del Gobierno en materia de elaboración de políticas públicas para lograr un mayor armonía en el encadenamiento”.

“Estamos pensando también en cómo organizamos un instituto para la atención a la parte cooperativa. Todo este desarrollo nos lleva a que el diseño no sea solo en la microeconomía, sino también en lo que tiene que ver con el funcionamiento del Gobierno y los órganos centrales del país, que nos conduce a que tengamos que hacer reestructuraciones, sobre todo en los ministerios de carácter global para que podamos acompañar este proceso, desde las políticas públicas, fomentando, apoyando y creando los marcos de actuación con transparencia”.

Esta transformación, subrayó, constituye un reto, “porque pasamos de una función más de regulación, de asignación de recursos, a una función un poco más global, de cómo se busca una armonía para sacar el máximo provecho del diseño que tiene el país para el funcionamiento de su sistema empresarial”.

“Es un diseño mucho más integral en el que hemos depositado toda la confianza. Estamos optimistas. Para nosotros no es fácil en este contexto de limitaciones desarrollarnos y crecer económicamente en el sector estatal y no estatal, pero, este no es un diseño para el mes de agosto o para estos meses, es un diseño que va en camino de sobreponerse a la situación que enfrenta el país”.

Aseguró que desde el 1 de enero de este año que se tomó la decisión del Ordenamiento Monetario, se crearon las condiciones favorables para poder avanzar con celeridad en el reordenamiento del sector empresarial y en el encadenamiento del sector estatal con el no estatal.

Reiteró que están creadas las condiciones para avanzar en este proceso y que el pueblo tiene una expectativa favorable. “Confiamos en que realmente medidas de este tipo puedan impulsar el crecimiento económico del país, sin desconocer las limitaciones que tenemos.

“Defendemos que no hay que esperar más, y que debemos entrar en este proceso y que están creadas las condiciones más propicias, que nos permiten avanzar en esa dirección y que nos va a ayudar a un desempeño económico más favorable en el país”.

 

¿En qué se diferencia una MIPYME y una cooperativa no agropecuaria?

En su comparecencia en el programa televisivo, la viceministra de Economía y Planificación, Johana Odriozola Guitart, señaló que el próximo paso es la publicación de las normas, las cuales entrarán en vigor 30 días después a su aparición en la Gaceta.

 

Foto: @MEP_Johana

Destacó que existe una diferencia importante entre las cooperativas no agropecuarias y las MIPYMES, y puntualizó que cada actor se corresponderá con la actividad y el diseño que tenga.

“Eso quiere decir que el trabajo por cuenta propia quedará, esencialmente, para una actividad de hasta tres empleados, por tanto, todos aquellos negocios preexistentes hoy que excedan esa cantidad de contratados, tendrán que optar por MIPYMES o por cooperativas no agropecuarias”.

La viceministra explicó que las CNA demandan como mínimo tres personas asociadas y recordó que son “una asociación voluntaria de personas que tienen en común la voluntad de cumplir un interés social y satisfacer necesidades económicas y sociales”.

Odriozola Guitart comentó que las nuevas normas jurídicas eliminan limitaciones existentes: “La característica fundamental es que asumen las formas jurídicas de cooperativa, que es una forma de propiedad social, es decir, todos los socios son propietarios”.

En ese sentido, destacó que en las cooperativas no agropecuarias la distribución de las ganancias se realiza a partir del aporte, del trabajo de los socios que son los dueños, y amplió que debido a su carácter más social tendrán un régimen tributario más beneficioso.

Al referirse a las MIPYMES, la viceministra de Economía y Planificación puntualizó que existirán las privadas, estatales y más adelante las mixtas (la fusión de las primeras), las cuales tendrán regulaciones propias. Asimismo, señaló que tanto las privadas como las estatales están concebidas con formas de gestión similares.

De acuerdo con Odriozola Guitart, el elemento que las distingue es ¿quién es el dueño?: “En el caso de la MIPYMES privada el dueño es una o varias personas naturales, mientras que en la estatal el dueño o los socios es el Estado”.

En ese sentido, subrayó que no es lo mismo ser un dueño persona natural que un dueño Estado. “Es por ello, que se ha tenido que concebir un diseño para las MIPYMES estatal que tiene que ver con una transformación en el sistema empresarial estatal y la estructura actual”.

Entre las novedades, enfatizó en que las MIPYMES en Cuba pueden tener un único socio, ya sea una persona natural o el Estado, lo cual rompe con el concepto que plantea que, como mínimo, debían asociarse dos personas.

La viceministra destacó, además, que las MIPYMES se diferencian de las cooperativas en cuanto adoptan una forma jurídica diferente, “una sociedad de responsabilidad limitada, que tiene componentes propios en su funcionamiento a partir de las aportaciones de los socios”.

En el caso de la MIPYMES estatal —dijo— se ha diseñado un socio estatal que puede ser una empresa estatal, una OSDE, o una “unidad presupuestada instrumental”, “que es una estructura cuya única función es ser dueño en aquellas MIPYMES estatales que sean de tipo locales”.

Odriozola Guitart acotó que estas transformaciones llevan una capacitación a los diferentes actores, y puntualizó que el representante del socio estatal no tiene que ser necesariamente un empleado en una empresa estatal o en el gobierno, sino que puede ser un experto, un profesor o un jubilado, quienes se encargarán, esencialmente de las inversiones fundamentales y de qué hacer con las ganancias, por ejemplo.

Este paso, prosiguió, permitirá seguir separando la propiedad de la gestión. “La función de las OSDE es más administrativa, un aparato que cumple funciones de regulación y control, y no de dueño”.

Por otra parte, ejemplificó que podrá haber una MYPIMES estatal cuyo socio sea un ente presupuestado nacional, como universidades y centros de investigación.

¿Qué tienen que hacer las personas interesadas en constituir una MYPIMES o una cooperativa no agropecuaria?
La viceministra afirmó que el Ministerio de Economía y Planificación tiene la misión de conducir el proceso, y en ese sentido —destacó— le corresponde a este Ministerio aprobar y autorizar la creación de las MIPYMES y las cooperativas no agropecuarias.

“Hemos concebido un proceso flexible, lo más expedito posible y digital. Flexible en el sentido de que hemos evaluado sólo los trámites mínimos posibles, hemos diseñado una plataforma digital en la que las personas se podrán inscribir y llenar todos los datos que se están pidiendo”, comentó.

Al referirse a los trámites, informó que las personas interesadas en constituir una MIPYMES o una cooperativa no agropecuaria deberán acceder a la plataforma para llenar los datos vía online mediante navegación .cu (no se requiere navegación por Internet).

Señaló que quien no tenga esta posibilidad, hay otras planillas diseñadas que las personas pueden llenar y enviarla al correo del Ministerio de Economía y Planificación.

Las planillas incluyen, por ejemplo, el nombre de la futura empresa y la cantidad de socios, además de dos documentos adicionales: los estatutos y una lista de los nombres de los socios.

El MEP está concibiendo un proyecto de estatuto que estará disponible en su página web.

Por otro lado, la viceministra dijo que está conciliado con el Ministerio de Justicia y la Organización Nacional de Bufetes Colectivos que haya un asesoramiento jurídico para la constitución de estos entes, aún cuando no haya todavía ninguna autorización hasta la publicación de las normas.

La revisión por el MEP será con celeridad, tomando en cuenta que su plataforma digital estará interconectada con la ficha única del ciudadano, lo que permitirá corroborar que la persona es mayor de edad y que es residente en Cuba, así como con la base de dato de la Oficina Nacional de la Administración Tributaria para verificar el número de contribuyentes.

Odriozola Guitart reiteró que se prevé que, en un primer momento, los nuevos actores surjan de negocios preexistentes, y en el caso de aquellos que nazcan desde “cero”, la revisión demorará un poco más.

Ahora, una vez que estén los estatutos y la documentación necesaria el próximo paso es ir al banco porque estos actores tienen que crearse con una cuenta de aportaciones iniciales.

“Las personas no tienen que acudir al banco, sino que el banco va a crear una cuenta cuando tenga la autorización del MEP, y lo único que tienen que hacer las personas es una transferencia del capital mínimo que han reconocido”, aclaró.

Los socios solo deberán ir a las notarías a firmar el expediente, documentación que se enviará digitalmente al Registro Mercantil, donde se recogerá luego la certificación.

Por otro lado, destacó que los negocios preexistentes no van a demandar licencias adicionales para el ejercicio de su actividad, aunque en el caso de los nuevos sí.

Al referirse a las MIPYMES privadas señaló que, para un primer momento, se han concebido un grupo de actividades priorizadas para realizar la solicitud:

“En este primer momento hemos concebido todo lo que tiene que ver con producción de alimentos, los proyectos de desarrollo local privados o estatales, los negocios de base tecnológica y los que han exportado a través de entidades empresariales estatales, y los negocios que tienen como concepto la economía circular, o sea, que usan recursos propios del país, que no llevan importación y lo que hacen es producciones a partir del reciclaje”.

En ese sentido, puntualizó que “todas las actividades podrán ir, lo único que estamos haciendo es una definición gradual de por dónde empezar, y en dependencia de las solicitudes iremos abriendo al resto de las actividades”.

 

¿Qué pasará con los trabajadores por cuenta propia?

La ministra de Trabajo y Seguridad Social, Marta Elena Feitó Cabrera, se refirió al perfeccionamiento de las políticas aprobadas, a partir de las sugerencias y opiniones de la población.

 

Foto: @radiorebeldecu

Decreto-ley sobre el ejercicio del trabajo por cuenta propia, que establece todas las particularidades; la actualización del decreto relacionado con las contravenciones en el ejercicio del TCP y un régimen especial de Seguridad Social que integra en una norma jurídica las disposiciones para el TCP, las cooperativas no agropecuarias y las MIPYME privadas.

“Las MIPYME estatales se rigen por el régimen general de Seguridad Social”.

Feitó Cabrera destacó que el primer decreto elimina la dispersión legislativa existente, al tiempo que actualiza las disposiciones generales del trabajo por cuenta propia, regula el procedimiento para tramitar las autorizaciones, adecúa la organización y el control y perfecciona las responsabilidades de los órganos locales del Poder Popular, los organismos y las entidades nacionales, así como la inspección de los órganos locales del Poder Popular.

En la norma se conceptualiza el trabajo por cuenta propia. “En el país nunca habíamos conceptualizado qué es el TCP: un trabajador autónomo que puede, a partir de sus propios recursos o no, contactar trabajadores”.

Hay tres formas: puede ser un trabajador autónomo que labore de manera independiente, o una persona natural autorizada a contratar hasta tres trabajadores.

“En la concepción inicial que teníamos era solamente el trabajador autónomo y a partir de la primera persona que contrataba ya debía convertir el negocio en una cooperativa no agropecuaria o en una micro, pequeña o mediana empresa. Estuvimos evaluando en un grupo de actividades que, por su propia naturaleza, no tendría sentido reconvertirlo en uno de estos dos actores económicos”.

Por ejemplo, ilustró, los albañiles generalmente trabajan con ayudantes. ¿Qué sentido tiene convertir a un albañil en una cooperativa o en una micro empresa?,

La ministra argumentó que los familiares de primer grado de consanguinidad y afinidad que trabajan con ese TCP en el desarrollo del proyecto (madres, abuelos, hermanos, cónyuge, hijos, nuera, suegros) no tienen la obligación de inscribirse como cuentapropistas, “porque es un proyecto que tiene un carácter familiar”.

“Si esa persona no tiene otro beneficio de Seguridad Social, por ejemplo si no tiene vínculo laboral o no está pensionada, pudiera beneficiarse con la afiliación al régimen de Seguridad Social para poder recibir las prestaciones monetarias a las que tiene derecho”.

La titular ratificó que el alcance de la actividad por cuenta propia lo pone el proyecto que la persona pretende ejercer.

“Se quita toda la obsolescencia dogmática de alcances limitados. No estamos asociando el TCP a una actividad, sino a proyectos de trabajo, el enmarcamiento de lo que puede hacer la persona es el diseño del proyecto en todas aquellas actividades que no estén expresamente prohibidas”.

El listado de actividades prohibidas estará en otra norma, que puede ser modificada y actualizada, e integrará a todos los actores económicos (TCP, CNA y las MIPYME).

¿Qué es la Oficina de Trámites? Las personas interesadas en ejercer actividades relacionadas con la transportación de cargas y de pasajeros y los servicios auxiliares y conexos del transporte, deben dirigirse a las oficinas creadas por el Ministerio del sector, encargadas de otorgar la licencia de operación de transporte.

Para el resto de las actividades, puntualizó, se crearán oficinas de trámites en las direcciones municipales de Trabajo.

Hay nueve municipios en Cuba que tienen, de manera independiente, las unidades de servicios y trámites del Gobierno, hacia donde en un futuro irán todos estos trámites de manera integral en el territorio. Por ejemplo, Güines y Santa Marta.

También se tiene previsto, amplió la ministra, que en caso de proyectos de trabajo mixtos (porque tienen actividades de transporte y de otro tipo) los trámites se realicen en las direcciones de Trabajo.

“Prevemos que las oficinas de trámites sean las que brinden la información y la asesoría a los trabajadores por cuenta propia, en tanto se incorporen nuevos actores a ese asesoramiento, como el Ministro de Justicia, la Organización Nacional de Bufetes Colectivos, las consultorías jurídicas y la Unión de Juristas de Cuba”.

La ministra resaltó que se capacitará a todos los actores, con el objetivo de que llegue la misma información hasta el último municipio del país y se pueda evacuar todas las dudas de la población.

Igualmente, en las Oficinas de Trámites el trabajador por cuenta propia podrá realizar cualquier modificación, suspensión o cambios en su actividad.

“Hoy cuando una persona quiere ejercer el TPC tiene que solicitar una licencia sanitaria a Higiene y Epidemiología, si quiere además ser transportista tiene que sacar una licencia de operación de transporte, así como obligatoriamente acudir a la ONAT e inscribirse, y hacer una cuenta bancaria. Tiene que hacer múltiples trámites y la ventaja que tiene la ventanilla única es que estos se van a centrar en un mismo lugar”.

La ministra comentó que los trámites que llevan permisos adicionales tienen un término máximo de 25 días, “porque en la medida que se vayan informatizando los procesos de todos los organismo, se podrán ir integrando los trámites internos de consultas y de emisión de permisos”.

También en la propia oficina el solicitante podrá afiliarse a la Seguridad Social, y desde este lugar se tramitará la información a la ONAT para incluir al trabajador como contribuyente, así como realizar el inicio de creación de la cuenta bancaria.

Las solicitudes que no lleven ningún tipo de permiso adicional serán autorizadas en un término de hasta tres días, especificó.

Los trámites se podrán realizar de manera presencial y también digital, mientras se prevé que en una segunda fase se puedan hacer en línea, cuando se extienda en el país la firma digital de las personas naturales y jurídicas.

“Esto va a permitir que las personas puedan saber en qué lugar está su trámite y si se están cumpliendo los plazos establecidos por ley”.

A partir de las nuevas decisiones, la ministra aclaró que se realizará una reinscripción de oficio de los actuales trabajadores por cuenta propia en el transcurso de hasta un año.

En el caso de aquellos cuentapropistas que deseen ampliar su proyecto de trabajo, deberán acudir a las oficinas de trámites, proceso que será más expedito porque hay permisos que ya tienen.

La ministra aclaró que los negocios que se van a reconvertir, será de manera gradual, en dependencia de las convocatorias que se van a hacer según las actividades priorizadas.

¿Qué pasa con los actuales negocios que deberán reconvertirse por su cantidad de trabajadores? “Esas personas, hasta tanto no llegue el proceso de reconversión, van a seguir ejerciendo su labor sin problemas, porque no va a haber una ruptura. Será un proceso paulatino”.

La titular del MTSS reiteró que no hay cuestiones subjetivas para aprobar o no un proyecto. “Si cumple todo lo establecido, de oficio el trámite se aprueba. Pudiera ser, por determinadas causales, que no se aprobara el proyecto, entonces se le notifica al interesado quien tiene el derecho de reclamar ante el jefe de la Oficina de Trámite y también queda expedita la vía judicial para reclamar lo que resuelva esa autoridad administrativa”.

Feitó Cabrera destacó que se trata de un proceso novedoso, sin precedentes, y comentó la introducción de la posibilidad del traslado de municipios y provincias. “En un momento tuvimos las actividades suspendidas temporalmente como la de equipos de cómputo, y si usted se mudaba de municipio, no podía tramitar la baja en un lugar y el alta en el otro, porque la actividad estaba suspendida”.

Hay incluidas cinco nuevas causales de suspensión de la actividad (actualmente son 11).

Incapacidad para el trabajo por más de seis meses.
Movilización para procesos eleccionarios.
Situación excepcional o de desastre.
Reparación del medio para la pesca comercial.
Encontrarse en prisión provisional o en cumplimiento de una sanción penal que le impide ejercer el trabajo por cuenta propia.

En cuanto al sistema de control del ejercicio del TCP, además de las responsabilidades de los organismos de la Administración Central del Estado y las entidades nacionales, “hay una responsabilidad indelegable de los gobiernos provinciales y de los consejos de la Administración Municipal”.

Por otra parte, se clasifican las contravenciones en menos graves, graves y muy graves, y se disminuye la cuantía de las multas.

Se establecen las medidas accesorias como el comiso, así como la cancelación definitiva en contravenciones muy graves. “Aún así se le da la posibilidad al inspector para que pueda valorar, de acuerdo a la gravedad, si es primario en el incumplimiento y las circunstancias, se le retira o no la autorización”.

La ministra argumentó que hasta este momento había una vía administrativa de reclamación y ahora también existe la vía judicial.

Otro tema que incluye es la notificación preventiva. “Nosotros partimos de que ese es el empleo de la persona y lo que se debe es educar a los TCP. El objetivo no es que los trabajadores por cuenta propia que cometan una contravención cesen el ejercicio de su actividad, porque esto trae consecuencias para sus trabajadores y familiares. Esta es una medida que tenemos que aplicar con todos los beneficios y las prerrogativas”.

“En el perfeccionamiento de los órganos locales se ha puesto como uno de los principios la racionalidad, efectividad y justeza de las medidas que se apliquen. Este es uno de los cambios que se introdujo en esta política de perfeccionamiento”.

La próxima semana, anunció, se iniciará un recorrido a todas las provincias como parte de la preparación a los gobiernos locales y a las estructuras del Partido en los territorios.

¿Qué establece la nueva legislación para el régimen especial de Seguridad Social?

Como novedad, se amplía la cobertura de riesgo. “No teníamos la enfermedad o accidente de origen común y profesional cubierto para los TCP, lo cual era una queja. También las normas que tienen que ver con la maternidad diferían entre un régimen y otro, inclusive con el sector estatal”.

“Los riesgos cubiertos tienen que ser los mismos para los trabajadores del sector estatal como para los del sector no estatal. Esto es un cambio de fondo que tiene esta norma, lo cual se va a complementar con las garantías ante la interrupción y la disponibilidad laboral, un tema que estamos trabajando”.

Las escalas se modificaron, en correspondencia con los cambios en las pensiones, al tiempo que hay un incremento por años de servicios trabajados, que también era una de las quejas y preocupaciones de los trabajadores del sector no estatal.

“También subimos los últimos tramos de la escala, porque la escala salarial de los trabajadores del sector estatal tiene mayores rangos que los que tenían estas personas, quienes con la escala existente en estos momentos estarían condenadas a tener una pensión con el 60% de 3 000 pesos”.

“Se hizo una disposición transitoria, porque hay personas que están próximas a la edad de jubilación y personas afiliadas a esos regímenes, para que tengan la posibilidad, en el transcurso de los próximos dos años, de mantenerse en su escala y no ser afectados desde el punto de vista de sus ingresos, o variarla.

“El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social recomienda que todas las personas que en su base de cálculo va a entrar esa nueva contribución de los últimos 5-10 años, la varíen para que su pensión pueda tener una cuantía mayor y tenga mejor capacidad de compra”.

A partir del tercer año de la entrada en vigor del presente Decreto-Ley, las contribuciones al régimen especial se realizarán en los términos y condiciones regulados por este y “no queremos que se afecten los trabajadores por cuenta propia o los miembros de las cooperativas no agropecuarias”.

 

¿Cuáles son las principales adecuaciones tributarias?

Al finalizar la Mesa Redonda de este miércoles, la ministra de Finanzas y Precios, Meisi Bolaños Weiss, explicó que se está adecuando el sistema tributario a este proceso de perfeccionamiento de los actores económicos.

Meisi Bolaños Weiss, titular de Finanzas y Precios. Foto: Roberto Garaycoa Martínez

 

La titular dijo que entre los principios y objetivos del MFP está ratificar las cargas tributarias ya diseñadas para los actores económicos preexistentes y diseñar las adecuaciones para las MIPYMES.

Asimismo, un objetivo fundamental es cumplir con el principio general de que quien más ingresos genere más aporte.

En función de las transformaciones, Bolaños Weiss se refirió a las adecuaciones del sistema de pago de impuestos para el trabajo por cuenta propia. Una de ellas es la generalización de la presentación de la declaración jurada a todos los trabajadores por cuenta propia.

En ese sentido —dijo— se elimina la exención de presentación de la declaración jurada para quienes tributan en el Régimen Simplificado. “Este es un proceso que nos ayuda a transparentar la disciplina fiscal”, comentó.

Bolaños Weiss informó que también se elimina “la aplicación de cuotas mensuales a cuenta del impuesto sobre ingresos personales que eran fijas”, debido a que ya no estamos hablando de ejercer una o dos actividades, sino el ejercicio de proyectos.

Por tanto, destacó que los pagos a cuenta se difinirán porcentualmente, o sea, “va a ver un por ciento que sobre los ingresos generados por los trabajadores por cuenta propia, aportarán mensualmente el Régimen Simplificado como cuota porcentual y el Régimen General un por ciento que adelantan de la declaración y liquidación del impuesto”.

Otra de las adecuaciones es que, en el caso del Régimen General, los familiares que acompañan al trabajador por cuenta propia en la realización de su negocio, contribuyen al afiliarse a la Seguridad Social.

“Los trabajadores por cuenta propia que van a tributar por este Régimen General deben saber que la cuota fija se sustituye porcentualmente por un 5%”, informó, y aclaró que se mantiene el pago de los impuestos sobre las ventas o los servicios con un tipo impositivo del 10%.

Por otro lado, la titular aclaró que para optar por el Régimen Simplificado la persona no debe contratar a trabajadores para el ejercicio de la actividad, al tiempo que debe generar en la actividad que está emprendiendo ingresos anuales inferiores a los 200 000 pesos. Quienes generen ingresos superiores deben estar en el Régimen General.

Al referirse al pago de tributos del Régimen Simplificado, señaló que los trabajadores por cuenta propia deben pagar un 20% del ingreso mensual, descontando el mínimo exento de 3 260 pesos. Además, el aporte es trimestral y no se realiza liquidación anual.

Bolaños Weiss acotó que, aun en el Régimen Simplificado, si los ingresos anuales superan los 200 000 pesos, corresponde realizar la liquidación y el pago anual del impuesto sobre los ingresos personales.

La ministra informó que se elimina el incremento de la base de cálculo del impuesto por la utilización de fuerza de trabajo, en la medida que se contrata más personal. Ello -explicó- aplica a todas las personas naturales que contratan fuerza de trabajo.

Ahora ese impuesto se calcula aplicando un 5% sobre el total de las remuneraciones pagadas a los trabajadores contratados, en tanto se define una base mínima mensual equivalente al salario medio mensual de la provincia.

“El trabajador por cuenta propia, la cooperativa no agropecuaria o el socio de la MIPYMES puede pagar mucha más remuneración a sus trabajadores contratados y sobre eso pagará ese 5%”, dijo.

La titular de Finanzas y Precios afirmó que el país se va acercando a un sistema tributario más homogéneo y ordenado en tanto el impuesto lo pagan así también las empresas estatales y todas las entidades que emplean personas para el ejercicio de su actividad.

Por otro lado, dijo que hay una flexibilización en el tratamiento a las cuentas bancarias fiscales.

En el caso de las cooperativas no agropecuarias se mantiene el diseño de su sistema tributario, por lo que no hay grandes transformaciones.

“Se adoptan un grupo de regulaciones financieras para ayudar al resultado en la gestión de las cooperativas, relacionadas con la reserva para pérdidas y contingencias, y para estimular que cuando se va al seguro esta reserva pueda disminuir en su constitución y ayude a tributar a más utilidades”.

En cuanto a las MIPYMES, Bolaños Weiss señaló que se faculta al Ministerio de Finanzas y Precios para regular la aplicación de los tributos establecidos en la Ley Tributaria.

En ese sentido, dijo que los trabajadores asociados a las MIPYMES realizan pagos a cuenta con un impuesto sobre utilidades del 35%. Pagan además el impuesto sobre las ventas minoristas o los servicios a la población, con un tipo impositivo del 10%.

La ministra informó que los aportes de las MIPYMES tributarán a los presupuestos municipales como lo hacen hoy las restantes formas de gestión no estatal.

Subrayó que a las MIPYMES se les otorgará un plazo de dos años donde no aportarán a la contribución territorial, con el objetivo de que en sus primeros años de operación, creen su base financiera para hacer luego esa tributación.

Bolaños Weiss señaló que los socios de las MIPYMES se inscriben en la ONAT, pagan el impuesto sobre ingresos personales y lo liquidan al cierre del año por los dividendos obtenidos, con una escala progresiva, con una tasa máxima del 20%. Además, habrá una exención del pago de impuestos por dividendos obtenidos en el primer año de operaciones.

“Algo que aplica común a todos los actores y también a las MIPYMES es la aplicación, en el pago del impuesto sobre ingresos personales, del mínimo exento, que es de 39 120 pesos anuales”.

Al referirse a los precios, la ministra señaló que se aplican regulaciones de precios únicas e inclusivas, que ubican a los actores económicos en iguales condiciones.

Los precios y tarifas de los productos y servicios que comercialicen se determinan según la oferta y demanda, excepto donde resulte necesario regular los precios fijos o máximos sobre los productos y servicios que prestan.

Asimismo, se elimina la regla establecida para las ventas mayoristas a las formas de gestión no estatales, de materias primas e insumos, de aplicar precios minoristas con un descuento de hasta un 20%.

La ministra destacó que, al constituirse estos actores, existen algunas exenciones tributarias. En el caso de los trabajadores por cuenta propia se ratifica la exención de pago por tres meses.

En cuanto a las cooperativas no agropecuarias y las MIPYMES -concluyó- tendrán seis meses como término general y un año para las de nueva creación.

 

(Tomado de Cubadebate)

 

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Un comentario en Novedades sobre las MIPYMES, cooperativas no agropecuarias y el trabajo por cuenta propia (+Video)

  1. «Novedades sobre las MIPYMES, cooperativas no agropecuarias y el trabajo por cuenta propia».
    11 agosto, 2021 • 22:39 por Redacción Digital

    Aforismo:
    En materias empresariales y de mercado, casi nada parece ser realmente nuevo, excepto en aquellas que acumulan méritos cuantitativos para dar el salto hacia una nueva cualidad, la socialista. O sea que prescinda de las mismas herramientas que pertenecen todavía a los ordenamientos socio-economicos que le precedieron por desarrolo histórico. De no ser así habrá que seguir añadiendo «novedades».
    Gracias.

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