Sobre medidas salariales y de seguridad social en la fase de transmisión comunitaria

Sobre medidas salariales y de seguridad social en la fase de transmisión comunitaria

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Los trabajadores que por disposición de la autoridad sanitaria estatal se decrete su aislamiento preventivo en un centro de salud u otro destinado a tales fines, reciben durante ese período, una garantía salarial equivalente al 50 por ciento del salario promedio de los 12 meses inmediatos anteriores a la fecha del ingreso en dichos centros.

Así aclara la ministra de Trabajo y Seguridad Social Marta Elena Feitó Cabrera en una comunicación publicada en el sitio web del MTSS, a propósito de los cambios en el escenario laboral, salarial y de seguridad social al establecerse la fase de transmisión comunitaria del nuevo coronavirus SARS-CoV-2 causante de la enfermedad pulmonar COVID-19.

 

 

Las precisiones están dirigidas a los jefes de órganos, organismos de la Administración del Estado, organizaciones superiores de Dirección Empresarial, de entidades nacionales, gobernadores e Intendente del Municipio Especial Isla de la Juventud.

El documento rubricado por la ministra también dice que los interruptos por las medidas para enfrentar a la COVID-19, se les paga en el primer mes el 100 % del salario básico y el 60 % a partir del segundo.

El mismo tratamiento anterior reciben la madre, padre o familiar que, en su condición de trabajador, esté encargado del cuidado del menor al que se le suspenda la escuela en la educación primaria o especial, y no puedan asistir al trabajo.

Si ese 60 por ciento fuera inferior a mil 528 pesos (costo definido de la canasta de bienes y servicios de referencia), entonces se pagará ese monto (mil 528) al trabajador, aunque sea un porcentaje superior al 60 por ciento.

Igual tratamiento se aplica a:

  • Las madres, padres o familiares, que en su condición de trabajador, adopte la decisión de no utilizar el servicio de círculo infantil, o del Asistente para la atención educativa y de cuidado de niños
  • Las madres que al vencimiento de la prestación social por maternidad deciden no acogerse a la licencia complementaria por maternidad no retribuida o renuncie a ella durante su disfrute, por resultar imposible su incorporación y no tener otro familiar que pueda cuidar de su hijo.

Otra de las aclaraciones es que se mantiene la protección mediante el subsidio por enfermedad de origen común a los trabajadores que se enferman con la COVID-19.

Consulte aquí: Aclaraciones de medidas laborales y de seguridad social (3542 descargas)

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29 comentarios en Sobre medidas salariales y de seguridad social en la fase de transmisión comunitaria

  1. Un trabajador de oficina a 5 días de cumplir 57 años con 35 años de servicio fue declarado interrupto,esto la va ha perjudicar desde luego para la jubilación, en cuanto a salario y bien se sabe que sino resuelven en un mes es para la calle,hay que tener en cuenta estos procesos y la edad, en este caso la empresa actuó así ,necesitaron disminuir trabajadores, fueron varios, pero dos de de ellos están en esta situación que les cuento.entonces que amparo o que derechos tiene el trabajador como proteçcion,sino es su culpa porque no puede procesarse por jubilación como se realizaba en el artículo 71 del decreto 326 reglamento a aplicar de trabajadores disponibles o interruptos próximos al retiro con más de 30 años de servicio caso único que se omite la edad, ,me pudieran aclarar esta duda.o por lo menos estas personas que ya se encuentran vulnerables faltando le de 3 a cinco años, no debían ser eliminados así. Por favor responder

  2. La dirección de comunicación social del ministerio de trabajo y seguridad social da siempre la misma respuesta a las medidas implantadas para los trabajadores que Por autoridades sanitarias se le decrete aislamiento en un centro de salud u otro destinado para ésos finés se les pague el 50 por ciento ,,pero nunca aclaran cuál es el salario de los trabajadores que están en ingreso domiciliar. Por favor si a alguien le Han respondido ayuden con las respuestas

  3. Quisiera que alguien del ministerio de trabajo y seguridad social me aclaren algo que no me queda claro en la resolución de la OM 166. Yo vivo en Trinidad y en estos momentos estamos en la fase III. trasmisión autóctona comunitaria, fui positiva al Covid el día 22 de septiembre con aislamiento domiciliario, me informan del RRHH de mi trabajo que mi pago, según, está resolución es al 60 %. No entiendo si yo no incurrí cen ningún gasto por concepto de ingreso, los medicamentos los tuve que adquirir con mi dinero, además de estar en casa en la modalidad de trabajo a distancia. Espero recibir respuesta aclarandome, lo que no me queda claro en dicha R/M. Saludos Sandra Guerra . Delegación del MINTUR en la provincia de Santi Spiritus.

  4. Hola buenas tardes mi consulta es la siguiente, somos una entidad estatal de 12 trabajadores, nuestro trabajo es prestacion de servicios por impresión donde atendemos al cliente, si tengo 2 casos con sintomas severos sospechosos al covid, y se envía a su consultorios respectivos, y uno de ellos es positivo e ingresado de inmediato y el otro con muchos síntomas pero sin ingreso y resultado por 2 ocasiones test negativo, como procede su pago salarial, además quiero que me digan si por razones de prevención el Centro debió cerrar por 14 días como esta establecido. Saludos en espera de su respuesta.

  5. Trabajo en la ENIA provincia de Villa Clara, trabaje la primera quincena del mes de agosto del presente año en las investigaciones ingeniero geológicas para obras del turismo en Trinidad (Aplicación Iberostar Trinidad), la J’ de recursos humanos decidió pagarme unos días al 100% por el trabajo desempeñado y completarme el salario cogiendo 5 días de mis vacaciones, sin consultarme, esta maniobra acostumbra hacerlo. Mi preguntas son: 1- Esto esta consevido por la ley, acaso no se establece que en caso de interrupción el 1er mes es al 100%. 2- Para el mes próximo no debe pagarme al 100% y pasado este si persiste la interrupción mantenerme al 60%,como platea las indicaciones dadas por el ministerio de trabajo por las afectaciones de la covid 19 o acaso cada J’ de recursos humano puede interpretar las leyes como estime, esta situación esta sucediendo con otros de mis compañeros, por favor necesito respuesta para que los que son responsables de cumplir lo establecido lo hagan y no ocacionen más incomodidad a los que también trabajan, estamos en tiempos de consultas no de totalitarismos, saludos y gracias.

  6. Hola yo fui positivo a la covid por antígeno el 5 de agosto y por PCR el día 8, el 12 soy remitido a un centro de aislamiento y soy dado de alta el 20. Seguidamente me dan un certificado por 15 días de post covid ea decir del 20-3 de septiembre y por no estar recuperado me dan otro certificado médico de 15 días. Cómo sería la forma de pago?

  7. Tengo una trabajadora que por la Covid-19 estuvo aislada todo el mes de agosto.
    Primero 9 días en espera del resultado del PCR, después 5 días en un Centro de Aislamiento y finalmente 16 días en recuperación (Post-Covid).
    La misma no se ha recuperado y le emiten un Certificado Médico por 15 días en septiembre.
    La duda es la siguiente: ¿Para realizar el cálculo del salario promedio puedo tomarle lo pagado del mes de agosto por Garantía Salarial? Si o No.

  8. Por qué a un trabajador que estuvo aislado en su casa por ser contacto de caso positivo a la Covid-19, se le paga el 50% del salario, si en la casa no recibe alimentos ni medicamentos de ningún Centro hospitalario o de aislamiento?

  9. Se aplica el mismo tratamiento salarial durante la fase de transmisión comunitaria, a los trabajadores que se encuentran aislados por disposición de la autoridad sanitaria, residentes en una zona o manzana en Cuarentena.

  10. Cuál es el tratamiento para el pago salarial que se aplica a un aislado en casa por ser contacto directo de positivos a la COVID?

  11. Con la necesidad que tiene un convaleciente de la covid por qué pagarle un 60% ante una pandemia. El aislado que no está enfermo cobra el 100%. Yo no dejé de trabajar porq quería si no porq me enfermé. No entiendo estas decisiones.

  12. Tengo una duda estuve hospitalizada positiva a la covid 5 días esos son al 50% pero los 14 restantes q tengo q estar en mi casa como me lo pagan

  13. Estuve ingresada 5 días en centro de aislamiento cuando resulté positiva 5 días más en otro centro, luego 14 días en casa hasta el alta por el médico de la familia, total 10 de ingreso y 14 reposo, (24) recibí salario completo, en este mes se me comunica que van a descontar a todos los que estuvimos en esa situación, es retroactivo en descuento o se aplica a partir de la fecha que salió la nota, saludos

  14. Buenos días. Necesito me esclarescan ¿porque se aplica la misma medida salarial a los trabajadores que se aislan en «un centro de salud u otro destinado a tales fines» y los que se aislan en sus CASAS?. Al final los que tienen aislamiento domiciliar estan consumiendo alimentos, corriente, agua y medicamentos de sus propios ingresos y no subsidiados o surfragados por el Estado.

  15. Teniendo en cuenta la situaciòn de la pandemia y que el ordenamiento salarial ha marcado una gran diferencia en los salarios de los trabajadores,me gustaria se revisara el porciento a ejecutar en los casos afectados por la covid que entran en la escala mìnima salarial,cual seria el porciento de un salario de 3000 en adelante y cual seria el porciento de un salario de 2200? Afectaria a todos de la misma manera, Alcanzaria para la canasca y para otros alimentos fuera de la canasta donde los precios son altìsimos? y en estos casos debemos alimentarnos lo mejorcito que podamos porque esta enfermedad deja secuelas y mucho desgaste en el organismo

  16. Buenos dias,fuì aislada en un centro por ser positiva a la covid19 antes de que se informara la resoluciòn el dìa 1 de julio,en estos momentos me encuentro en aislamiento de 14 dìas establecido por las autoridades y el dìa 12 de julio me informan en mi centro de trabajo de dicha resoluciòn,quisiera saber como se contemplarìa esto teniendo en cuenta la fecha de la resoluciòn? Y si en mi caso que entro en la escala salarial mìnima que son 2200 pesos,¿cual serìa el porciento a cobrar? Y como quedarìa en el caso de la hospitalizaciòn antes del 1 de julio,quisiera me acalararan,gracias…

  17. No soy interrupta, ni madre de un niño q va a la escuela , ni le comí a ningún centro de aislamiento la comida, simplemente el aislamiento fue por disposición de las autoridades sanitarias del municipio , y yo llegué de mi trabajo y lo supe , y ahora imponen el 50 % así como así , como si nosotros no quisiéramos trabajar. Q tipo de resolución es esta

  18. Quisiera saber por favor para entender bien la nueva ley. Por ejemplo soy de playa y ahora mismo estamos encerrado la cuadra por las autoridades no tengo covid. Pero me dice la directora de recursos humanos por estar cerrado es al 50 por ciento quisiera saber si es asi

  19. Quisiera me aclararan mi situación;soy madre de una niña de 16 meses ,es decir llevo 4 meses de licencia complementaria por maternidad no retribuida y al leer la Om 666 interpreto que me puedo acoger al pago del 60% de mi salario por el siguiente fragmento donde dice y cito textualmente:
    «Las madres que al vencimiento de la prestación social por maternidad deciden no acogerse a la licencia complementaria por maternidad no retribuida o renuncie a ella durante su disfrute, por resultar imposible su incorporación y no tener otro familiar que pueda cuidar de su hijo.»
    Quisiera saber si estoy en lo correcto y es posible acogerme a esta garantía salarial,pues no tengo círculo infantil ni quién me cuide a mi hija es decir,me es imposible la incorporación a mi centro laboral

    • Eila, me puede decir por favor si usted recibió respuesta a su pregunta sobre las madres que ya están en la licencia complementaria no retribuida por mas de tres meses. Tengo una trabajadora en igual situación. Muchas gracias.

  20. Me surge la duda. En el caso del tratamiento a los aislados tomar el 50% del salario promedio de lo últimos 12 meses, sabiendo que antes de diciembre de 2020 es salario es muy inferior al salario mínimo de la actualidad. Creo que debe revisarse o revisar la redacción.

    • Compañera, dicha medida fue puntualizada: Puntualización sobre la implementación de la OM-666:
      En la OM-666, de 1 de julio de 2021, de la Ministra de Trabajo y Seguridad Social, en el apartado primero, se estipula que los trabajadores que por disposición de la autoridad sanitaria estatal se les decrete su aislamiento preventivo en un centro de salud u otro destinado a tales fines, reciben durante ese periodo, una garantía salarial equivalente al 50 % del salario promedio de los 12 meses inmediatos anteriores al ingreso en dichos centros; en tal sentido, se aclara que para el cálculo del salario promedio, se tendrá en cuenta el salario mensual devengado por el trabajador a partir de la implementación de la Reforma General de Salarios y, en los casos de que el 50% sea inferior a 1528 pesos, no se elevará a dicha cuantía, ya que estas personas están hospitalizadas recibiendo, de forma gratuita, los alimentos y medicamentos necesarios por nuestro sistema de salud.

      Saludos,

      Dirección de Comunicación Social del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

      • En caso de un ingreso Domiciliario como se le paga a Los padres el tiempo q estuvo ingresada la hija en la casa después centro de aislamiento luego en casa. De ser posible necesito ka OM 666 para analizarla. Saludos

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