Fundamentos y actualidad

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El trabajo a distancia, y dentro de este el te­letrabajo, tiene como sustento legal la Ley 116 Código de Trabajo, en cuyo artículo 20 sobre Formalidades y capacidad para concertar con­tratos de trabajo, se señala: “La relación de tra­bajo se formaliza con el contrato del que son partes el trabajador y el empleador; mediante el cual, la persona contratada se compromete a ejecutar con eficiencia una labor, a observar las normas de disciplina y las demás que se acuerden, asimismo quien le emplea se obliga a pagarle una remuneración y a garantizarle las condiciones y derechos de trabajo y seguridad social que establece la legislación”.

En el artículo 24 Los contratos de trabajo contienen al menos, plantea en su inciso “e) lu­gar de trabajo acordado entre las partes (…)”, por lo cual puede ser a domicilio.

Si se trata de teletrabajo, es preciso contar con los medios informáticos que le permitan al traba­jador mantener el vínculo a distancia con su jefe.

Tanto si se determina que el trabajador labore a distancia o en teletrabajo es necesa­rio, como se establece en el artículo 42, que se suscriba un suplemento al contrato original de trabajo, en el que se plasme esta modificación en sus condiciones de labor.

Por otra parte, en el Decreto Ley no. 370 so­bre la informatización de la sociedad en Cuba, en el artículo 59, se explica que los ministerios de Comunicaciones; y de Trabajo y Seguridad Social, de acuerdo con sus funciones, desarro­llan acciones encaminadas a: inciso “c) desa­rrollar el teletrabajo en coordinación con los demás órganos y organismos de la Administra­ción Central del Estado”.

Según datos aportados por el Ministe­rio de Trabajo y Seguridad Social, al cierre del mes de marzo se reportaron 304 mil 79 trabajadores que laboran a distancia, lo que representa el 13 % del total de los informa­dos por los ministerios al MTSS. De ellos, los territorios que están por encima de la media son: Guantánamo (27 %), Pinar del Río (19 %), Sancti Spíritus (18 %), Las Tunas y Santiago de Cuba (17 %), Granma (16 %) y Villa Clara (15 por ciento).

Como principales actividades y cargos en los que se realiza el trabajo a distancia prevalecen: diseño y desarrollo de software, Soporte y mantenimiento de aplicaciones in­formáticas, auditoría y consultoría de servi­cios en las redes y de seguridad informática, proyecto y diseño, trabajos periodísticos, re­dacción y revisión de guiones, comunicación y marketing, relaciones públicas, edición, in­vestigación, asesoría jurídica, gestión docu­mental y traducción.

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