Jubilarse con el 90 %

Jubilarse con el 90 %

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Desde el Instituto Nacional de Seguridad Social (Inass) responden a las dudas de la holguinera Elizabet Expósito Jorge, trabajadora de la Empresa Geocuba Oriente Norte.

En su carta la lectora cuestionaba lo recogido en la legislación relacionado con la exigencia de 45 años de servicios para alcanzar el 90 % del salario promedio, en la cuantía de la pensión por edad en el caso de las mujeres, si se jubilan con cinco años menos de edad, en comparación con los hombres.

Sobre este particular Haydée M. Franco Leal, subdirectora general del Inass y Sonia Sordo Luis, especialista en esa dirección, aclaran que tanto la ley anterior de Seguridad Social, como la actual conservan el máximo del 90 % del salario promedio en la cuantía de las pensiones y, para ello se tiene que acumular una cantidad de años de trabajo; independientemente de otros incrementos establecidos, que se suman a los porcentajes, como el referido a los méritos excepcionales dispuestos en el artículo 89 de dicho cuerpo legal.

Además, señalan que se mantuvo la diferencia de cinco años menos de edad, para el derecho a obtener la jubilación en el caso de la mujer respecto al hombre.

Sin embargo, en lo concerniente a los porcentajes a aplicar, resulta necesario que permanezca la igualdad de condiciones, ya que para determinar la cuantía de las pensiones tiene que corresponderse dicho porcentaje con el número de años laborados, lo cual representa el aporte de cada trabajador al desarrollo socio económico del país, del cual dependen los beneficios de la seguridad social en el régimen general que comprende a los asalariados.

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14 comentarios en Jubilarse con el 90 %

  1. Necesito saber que requisitos necesita el trabajador para jubilarse con el 90% cuanto tiempo de trabajo ahí que tener

  2. necesito saber como se halla el incremento de la pension cuando te incorporas a trabajar despues de haberse pensionado por edad y decides jubilarte totalmente , necesito que hagan un ejercicio de como se halla.

  3. Me gustaría saber si una persona con una vida laboral de 23 años en Cuba y 68 años de edad, retornado del extranjero, tiene derecho a algún tipo de pensión de jubilación.
    Por favor enviar respuesta a mí correo electrónico. Saludos.

  4. Lo considero injusto y discriminatorio hacia las mujeres que se jubilan 5 años antes que los hombres en edad y hacia los graduaduados en cursos regulares diurnos en la universidad que inician su vida laboral alrededor de los 23 años de edad ya sean hombres o mujeres , por lo tanto solo lograran tener 37 años de servicio las mujeres y 42 los hombres al cumplir la edad limite para la jubilación , no logrando obtener el 90% lo cual es muy necesario dado el costo de la vida en nuestro pais y las enfermedades asociadas a esas edades con el respectivo gasto en medicamentos .

  5. Soy jubilado de 79 años, me nombro es Miguel Puente Bejerano, CI 39092900322. Vivo en 2da. Avenida número 4316 entre 43 y 44. Varadero. Municipio Cárdenas, provincia Matanzas. me jubile con 61 años de edad y 41 años de servicios. Recibí 251 pesos mensuales.Posteriormente renucie a mi pension y continue activamente mi vida laboral…En octubre del 2008, decido acogerme a la jubilación y al amparo de la Resolución Modificativa No. 336 de fecha 5 de febrero del 2010, me mantengo beneficiado por 345 pesos mensuales.Pero En noviembre del 2009 me incorporo activamente a laboral, en la Unidad de Servicios Comunales del Poder Popular de Cárdenas, hasta diciembre del 2017, en el cargo de Operario de Mantenimiento de Áreas Verdes, con un salario básico de 250 pesos más pagos adicionales. En enero del 2018, formalizo la solicitud para la correspondiente tramitación de incidente, pues había laborado poco más de ocho años ininterrumpidos en Unidad de Servicios Comunales del Poder Popular de Cárdenas, los cuales me deberían aportar un beneficio económico personal de acuerdo a la actual legislación.Finalmente, intento obtener una respuesta en relación a los más de 8 años de servicios post jubilatorios y los beneficios económicos o no que en este sentido confieren la actual legislación, y sobretodo el impacto del factor tiempo de respuesta.

  6. Muchos esperando a alcanzar los 60 y ni llegan; pués es tanto el desgaste que se quedan por el camino. deberían reanalizar la edad de jubilación en el próximo evento sindical.

    Vivimos tan extresados actualmente que la meta nos queda bien lejos. No podemos disfrutar de la familia cuando se llega a los 60; más bien les limitamos su espacio.

    Reanalicen

  7. Respecto a la respeusta que da la Cra. Haydée M. Franco Leal al caso de la jubilación con el 90% del salario y en la que plantea y cito textualmente: «tanto la ley anterior de Seguridad Social, como la actual conservan el máximo del 90 % del salario promedio en la cuantía de las pensiones» He revisado la Ley en todos sus numerales y he revisado tambien el reglamente(283) y no ví en ambos textos nada que ratifique que el máximo a obtener del salario medio sea del 90%. Puede alguien mostrar en qué documento legal (Ley, Dectreto, Decreo-Ley, etc)esta legislado tal procedimiento?? Cuál es la Gaceta Oficial donde está publicada esa práctica? Todos coinciden en lo mismo, es el 90%, pero no he podido lograr ver el documento legal que lo respalda. Será Legal lo que se está haciendo? que alguién me saque de mi error, si es que estoy equivocado.

  8. jesús, lo que pasó fué que nos midierón a todos con la misma vara, sin darse que no todos los hombres no pueden yegar a cumplir con la jubilación alos 65, hay quien yegó a 60 y tiene fuersas para trabajar 20 años +, pero no todos los trabsjos permiten ni los hombres. tenemos 70 años posibles de vida, dolamente difrutaremos 5 de jubilación…

  9. Quiero aprovechar que haya salido este trabajo para hacer una consulta a travez del periodico trabajadores al LNASS sobre la juvilacion de mi esposa, ella se llama Mayra Elina Rodriguez Garces tiene 62 años de edad y laboro por mas de 30 años , cuando se hizo la revision de su expediente laboral en el organo municipal del Municipio Cardenas le dijeron que para juvilarse con el tiempo establecido le faltaba completar un mes de trabajo, en esa oportunidad consultamos sobre la posibilidad de buscar un trabajo por cuenta propia ya que su estado de salud con crisis de diabetes y presion arterial alta le es casi imposible y por ese tiempo buscar un trabajo con el estado y le dijeron que no porque debia laboral como minimo 5 años como cuentapropista , como su condicion de salud sigue deteriorada solicitamos se nos informe que faltando ese mes de trabajo puede acogerse a la juvilacion el porciento a devengar sera el que le corresponda al realizar el calculo final, le agradeceriamos infinitamente al LNASS nos de una respuesta al respecto, la direccion de mi esposa es Mayra Elina Rodriguez Garces Calle 8va Nro 316 entre 5ta y 7ma Rpto los Pinos Boca de Camarioca Municipio Cardenas Matanzas. Muchas Gracias

  10. comparto su critrio
    ‘de igual manera veo que todas las personas no tienen el mismo regimen de trabajo,porque medir a todos con la misma varita

  11. Creo que aunque la jubilación se establezca hasta un 100 % del salario es algo que no está bien… El problema de fondo es que la ley 105 del 2009 se fundamenta en las consecuencias y no en las causas del envejecimiento poblacional en Cuba. Si vemos el incremento de la expectativa o esperanza de vida al nacer en Cuba, la misma se mantiene casi igual entre los últimos 10 o 20 años, sin embargo la natalidad sí ha disminuido significativamente, al mismo tiempo se ha incrementado la emigración de personas jóvenes en busca de mejores condiciones… entonces ¿por qué se trata de solucionar el fenómeno con otro sacrificio de una generación que ha sufrido un doble período especial (al inicio de la revolución y después en los 90s? ?por qué no se va a las causas y no a las consecuencias?… además de que existe un doble racero para lograr la jubilación: más de 30 años de trabajo y 65 de edad… ¿por qué un hombre con 40 años de trabajo y 60 de edad no se puede jubilar?

    • Estoy totalmente de acuerdo con Jesús,en mi caso tengo 56 años,comencé a trabajar, ininterrmpidamente dede los 17 años, me incorporé a trabajar después de 4 meses de certificado médico,tengo una altrosis degenerativa,artritis en las mano y fibromialgia,trabajo en una computadora,me faltan 4 años para retirarme,vivo con una lucha interna muy grande,llegaré a retirarme,por otra parte los dolores son muy fuertes,pienso no es fácil perder 39 años de trabajo y llego a conclusiones si hubiese sido el retiro a los 55 hubiese sido distinto, estoy hecha leña,pero estuviese en mi casa con el deber cumplido, no todo estamos fuertes como para haber alargado la edad de retiro,nunca estuve de acuerdo con prolongar la edad dd retiro.Quisiera que me explicaran por qué es imposible volverla a modificar si se conocen tantos casos de trabajadores que tienen situaciones parecidas a las mías

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