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La otra historia de una maestra

Sin razón para sus exigencias fue la conclusión de quienes integraron la comisión para investigar la queja de Yedcenia Vega Pelegrino, publicada en la última edición de febrero bajo el título Historia de una maestra.

Sin razón para sus exigencias fue la conclusión de quienes integraron la comisión para investigar la queja de Yedcenia Vega Pelegrino, publicada en la última edición de febrero bajo el título Historia de una maestra. Foto: Otoniel Márquez

 

 

La máster Dania López Gulbone, directora de Educación en Santiago de Cuba, antes de enviar la respuesta a esta sección, también contactó por teléfono a fin de aportar datos esclarecedores sobre los planteamientos de la reclamante, entre ellos, que esperaba porque le pagaran los cuatro meses que estuvo sin trabajar al ser enviada para su casa luego de la separación del puesto por evaluaciones de regular.

Para llegar a las conclusiones, señala el texto, los funcionarios del nivel provincial entrevistaron a dirigentes de la institución, de la Dirección Municipal de Educación (DME), al representante del sindicato y a la promovente, de quien revisaron su expediente laboral.

“Como resultado de los análisis y las verificaciones realizadas se pudo constatar que el director de la escuela sí le comunicó a la trabajadora que debía dirigirse al Departamento de Recursos Humanos (RR.HH.) de la DME para su ubicación, y no la envió para su casa como ella expresa en la misiva, por lo que no le corresponde devengar un salario por los cuatro meses que no laboró, sin justificación”, refiere la carta en la cual especifica que ello fue reconocido por Yedcenia.

A continuación expone que fue correcto el procedimiento aplicado a la trabajadora por los resultados de su desempeño docente, y en correspondencia con el artículo 23 de la Resolución Ministerial (RM) 160/14. Esta recoge que en los casos de reiteradas evaluaciones de R o M se procede de acuerdo con lo dispuesto en la RM No. 46 del 2013, contentiva de lo establecido salarialmente para el sistema de la educación general y media, tanto para los docentes como no docentes.

Esa última norma legal, en su resuelvo octavo, expone que a los trabajadores docentes con calificación de R o M en la evaluación de los resultados del trabajo, por segunda vez y de manera consecutiva, pueden aplicárseles una de las siguientes variantes: cambio a un cargo de menor complejidad perteneciente o no a esta categoría ocupacional o dar por terminada la relación laboral.

De emplearse la segunda posibilidad, debe evaluarse la idoneidad del desempeño y, como establece la disposición legal, si los resultados no satisfacen al docente, este puede manifestar su inconformidad al evaluador, acción que nunca realizó Yedcenia Vega Pelegrino, se subraya en la respuesta.

Se reconoce que un funcionario de RR.HH. le indicó un procedimiento inadecuado a la reclamante, lo cual conllevó análisis y adopción de la medida disciplinaria correspondiente para el compañero.

Igualmente precisa que a Yedcenia le orientaron dirigirse al Órgano de Justicia Laboral de su centro y la presidenta había renunciado, por lo que acudió al jurídico de la DME, quien le indicó presentarse en el sindicato municipal, donde no encontró a la persona; pero tampoco se preocupó por definir su situación con otra instancia competente, lo cual ella también reconoció.

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