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Trabajadores por cuenta propia Derechos laborales y de Seguridad Social

Foto: Agustín Borrego Torres
Foto: Agustín Borrego Torres

 

El espirituano Yonelki Macías Santos, quien se desempeña como tenedor de libros, escribió preocupado a esta sección pues afirma que los trabajadores por cuenta propia (TPCP) no poseen los mismos derechos que los estatales en cuanto al disfrute de las vacaciones anuales pagadas y al subsidio por incapacidad temporal (certificados médicos).

Sus dudas, que como él mismo reconoce pueden ser las de muchas personas acogidas a esa forma de gestión, fueron respondidas desde el Instituto Nacional de Seguridad Social, adscripto al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) por Haydée Franco Leal, directora de Políticas y Proyecciones, y Sonia Sordo Luis, especialista.

Entre las primeras razones exponen que los TPCP no están sujetos a un régimen laboral, disciplina y obligaciones emanadas de la concertación de un contrato como el asalariado, cuyo salario depende de la cantidad y calidad del trabajo y del tiempo real que invierte en ello. Asimismo sus vacaciones pagadas se corresponden con el tiempo de trabajo efectivo, aspectos que no son posibles de medir, exigir y controlar en las múltiples actividades que realizan los TPCP.

Con respecto a la protección que ellos reciben de la Seguridad Social, añaden, que por las mismas consideraciones señaladas anteriormente y además, por constituir dicha protección un régimen especial contributivo, es decir, que sus prestaciones monetarias se financian con el aporte de los afiliados, requiere de un tratamiento diferenciado en específico respecto al subsidio, por lo cual se les paga cuando la incapacidad supera los seis meses.

Las especialistas señalan que cuando el lector hace referencia al trabajador estatal abarca categorías de asalariados que no tienen esa condición, como las de los sectores mixtos, cooperativo y privado, incluidas otras que no son precisamente estatales y se encuentran comprendidas en el régimen general de Seguridad Social.

Agregan que para financiar el costo de la seguridad social y otros beneficios gratuitos que recibe toda la población como educación, salud, cultura y deporte, tanto las entidades como los contratados contribuyen al Presupuesto del Estado (PE).

Los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución, puntualizan las expertas del MTSS, están encaminados a disminuir la participación relativa del PE en el financiamiento de la Seguridad Social, por lo que se considera necesario seguir extendiendo el aporte de los trabajadores del sector estatal que aún no lo hacen, y la aplicación de regímenes especiales de contribución en el área no estatal, cuya tendencia es aumentar, de acuerdo con las medidas que se adoptan con vistas a perfeccionar el modelo económico cubano.

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